Norma Legal Oficial del día 27 de Junio del año 2003 (27/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 27 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Otorgan autorizacion sanitaria a aditivos alimentarios y mezcla de aditivos de produccion nacional o extranjera y los destinados a exportacion permitidos por el Codex Alimentarius
DIRECCION GENERAL DE SALUD AMBIENTAL DIGESA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0684/2003/DIGESA/SA MORDAZA, 17 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado por Decreto Supremo Nº 007-98-SA dispone en su articulo 102º, que solo estan sujetos a Registro Sanitario, los alimentos y bebidas industrializados, entendiendose como tal al producto final destinado al consumo humano, obtenido por transformacion fisica, quimica o biologica de insumos de origen vegetal, animal o mineral y que contiene aditivos alimentarios; Que, habiendose expedido Registro Sanitario a diversos aditivos alimentarios, sin observarse las disposiciones senaladas en el considerando anterior, en tanto estas sustancias se agregan a los alimentos y bebidas para mejorar sus caracteres organolepticos y favorecer sus condiciones de conservacion, se tiene que estas no tienen la condicion de ser alimentos; Que, la industria nacional de aditivos alimentarios requiere de certificacion sanitaria oficial para exportar y certificado de libre comercializacion para sus productos, incluyendo el Registro Sanitario respectivo, por lo que se hace necesario establecer disposiciones sanitarias que garanticen la produccion e inocuidad de dichos productos y que faciliten su comercio internacional seguro, evitando barreras tecnicas, dentro del MORDAZA de la normativa vigente; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria y Final del citado Reglamento dispone que en tanto no se expida la MORDAZA pertinente, la fabricacion de alimentos y bebidas, que incluye a los aditivos alimentarios permitidos y los niveles maximos de concentracion, se rige por las normas del Codex Alimentarius aplicables al producto o productos objeto de fabricacion; Que, la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA es un organo tecnico normativo en los aspectos relacionados entre otros, a la higiene alimentaria y de normar y realizar las acciones de vigilancia de los alimentos y bebidas, tal como lo dispone el Art. 25º de la Ley del Ministerio de Salud - Ley Nº 27657 concordante con los Arts. 55º y 56º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2002-SA; Estando a lo propuesto por la Direccion Ejecutiva de Higiene Alimentaria y Zoonosis, y de conformidad a la Ley Nº 27657 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA; Ley Nº 26842 - Ley General de Salud y Decreto Supremo Nº 007-98-SA; SE RESUELVE: 1º.- Otorgar Autorizacion Sanitaria a solicitud de parte, a los aditivos alimentarios y mezcla de aditivos de produccion nacional o extranjera y los destinados a la exportacion que esten permitidos por el Codex Alimentarius con vigencia de 6 meses. 2º.- La fabricacion de los aditivos alimentarios debe realizarse en establecimientos que reunan las condiciones de ubicacion, instalacion y operacion sanitariamente adecuadas y cumplir con las exigencias y requisitos senalados en el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, en lo que corresponda. 3º.- CANCELAR los Registros Sanitarios otorgados a los aditivos o mezclas de aditivos que hayan sido otorgados por esta Direccion General. 4º.- Los aditivos alimentarios prohibidos por Ley expresa no estan considerados dentro de los alcances de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA Director General 11925

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan a procurador interponer acciones legales por supuestas irregularidades en el tramite de contratos de trabajador extranjero
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 148-2003-TR MORDAZA, 25 de junio de 2003 VISTOS: El Oficio Nº 318-2003-MTPE/PP de la Procuraduria Publica del Sector; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio de Vistos se establece que se han detectado supuestas irregularidades en el tramite de contratos de trabajador extranjero, por parte de CAO JIANG RONG y JIM WEN MORDAZA, al presumirse que habrian falsificado las firmas y sellos del Gerente General de la firma "Chifa San S.R.L.", Sr. LIN QUIS HENG, a fin de gestionar y obtener contratos de trabajo de extranjeros, lo cual se puso de manifiesto cuando el propio representante de la firma ha hecho de conocimiento del portafolio que, su representada no gestionaba tramite de contrato extranjero alguno, habiendose en tal sentido falsificado su firma; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el literal d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para que interponga las acciones legales correspondientes contra CAO JIANG RONG y JIM WEN MORDAZA y los que resulten responsables de los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitase la documentacion y demas antecedentes del caso, al Procurador Publico del Estado encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 11977

Designan delegadas titular y suplente de los vendedores de diarios, revistas y loterias de MORDAZA y Callao ante la Junta Directiva de la MORDAZA de Proteccion y Asistencia Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 150-2003-TR MORDAZA, 25 de junio de 2003 VISTO: El Oficio Nº 1912-2003-CEN-FENVENDRELP de la Federacion Nacional de Vendedores de Diarios, Re-

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