Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2003 (29/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003

ros acceso directo entre las aeronaves y los edificios o vehiculos. (49) Permiso. Tarjeta u otro documento expedido a las personas empleadas en los aeropuertos o a quienes por otras razones necesiten autorizacion para tener acceso a los aeropuertos o a cualquier otra(s) parte(s) restringida(s) de los mismos, a fin de facilitar dicho acceso e identificar al individuo. Incluye los documentos de vehiculos expedidos para fines similares. Algunas veces, los permisos son llamados tarjeta de identificacion o pase de aeropuerto. (50) Persona no admisible. Persona a quien le es o le sera rehusada la admision a un Estado por las autoridades correspondientes. (51) Plataforma. Area definida, en un aerodromo terrestre, destinada a dar cabida a las aeronaves, para los fines de embarque o desembarque de pasajeros, correo o carga, abastecimiento de combustible, estacionamiento o mantenimiento. (52) MORDAZA . El tramite de presentarse a un explotador de aeronaves para ser aceptado en un determinado vuelo. (53) Programa de seguridad. Medidas adoptadas para proteger a la aviacion civil nacional e internacional contra los actos de interferencia ilicita. (54) Puesto de estacionamiento de aeronave. Area designada en una plataforma, destinada al estacionamiento de una aeronave. (55) Puesto de Inspeccion. Lugar donde se aplica los medios tecnicos o de otro MORDAZA destinados a identificar o detectar MORDAZA, explosivos u otros artefactos peligrosos que pueden utilizarse para cometer actos de interferencia ilicita (56) Puesto de presentacion. Lugar donde se encuentra el mostrador en el que se realiza la presentacion. (57) Punto vulnerable. Toda instalacion en un aeropuerto o conectada con el mismo que, en caso de ser danada o destruida, perjudicaria seriamente el funcionamiento normal de un aeropuerto. (58) Sabotaje. Todo acto u omision deliberada destinado a destruir maliciosa o injustificadamente un bien, que ponga en peligro la aviacion civil internacional y sus instalaciones y servicios o que resulte en un acto de interferencia ilicita. (59) Sala de espera a la salida. El espacio comprendido entre los puestos de MORDAZA y la sala de espera en la parte aeronautica. (60) Sala de espera en la parte aeronautica. El espacio comprendido entre la sala de espera a la salida y las salidas en la parte aeronautica del edificio de pasajeros. (61) Seguridad. Se entiende como la combinacion de medidas y recursos humanos y materiales destinados a proteger a la aviacion civil contra los actos de interferencia ilicita. (62) Servicio de mensajeria. Actividad en la cual los envios a cargo de uno o mas expedidores son transportados a bordo de un servicio aereo regular como equipaje de un mensajero que viaja como pasajero, acompanados por la documentacion ordinaria correspondiente al equipaje facturado del pasajero. (63) Servicio Especializado Aeroportuario. Todo operador certificado por la DGAC que brinde servicios de acuerdo a la Parte 111 (64) Suministros. Articulos de naturaleza fungible que son utilizados o vendidos a bordo de las aeronaves durante el vuelo, incluso las provisiones de boca y otros articulos afines. (65) Tarjetas de identificacion. Vease "Permisos". (66) Titular de certificado significa una persona titular de un certificado de explotador DGAC si dicha persona realiza operaciones regulares y no regulares de pasajeros o de fletamento publico de pasajeros o ambas. (67) Vehiculo de pasajeros a plataforma. Todo vehiculo utilizado para transportar pasajeros entre las aeronaves y los edificios de pasajeros. (68) Verificacion de antecedentes. Verificacion de identidad, y la experiencia de una persona, incluyendo cualquier antecedente penal, como parte de la evaluacion de la idoneidad de un individuo para tener acceso sin escolta a una MORDAZA de seguridad restringida. (69) Verificacion de seguridad de la aeronave. Inspeccion del interior de una aeronave a la que los pasaje-

ros puedan haber tenido acceso, asi como de la bodega con objeto de descubrir objetos sospechosos, MORDAZA, explosivos u otros artefactos peligrosos. (70) MORDAZA de clasificacion de equipajes. Espacio en el que se separa los equipajes de salida para agruparlos con arreglo a los vuelos. (71) MORDAZA de mantenimiento de aeronaves. Todo el espacio y las instalaciones en tierra proporcionados para el mantenimiento de aeronaves. Incluye las plataformas, los hangares, los edificios y talleres, los estacionamientos de vehiculos y los caminos relacionados con estos fines. (72) MORDAZA de mercancias . Todo el espacio y las instalaciones en tierra proporcionados para la manipulacion de mercancias. Incluye las plataformas, los edificios y almacenes de mercancias, los estacionamientos de vehiculos y los caminos relacionados con estos fines. (73) MORDAZA de pasajeros. Todo el espacio y las instalaciones en tierra proporcionados para el despacho de pasajeros. Incluye plataformas, edificios de pasajeros, estacionamientos de vehiculos y caminos. (74) MORDAZA de seguridad restringida . Zonas de la parte aeronautica de un aeropuerto/helipuerto cuyo acceso esta controlado para garantizar la seguridad de la aviacion civil. Dichas zonas normalmente incluiran, entre otras cosas, todas las zonas de salida de pasajeros entre el punto de inspeccion y la aeronave, los locales de preparacion de embarque de equipaje, los depositos de carga, los centros de correo, los servicios de provision de alimentos en la parte aeronautica y los locales de limpieza de aeronaves. (75) MORDAZA esteril. Espacio que media entre un puesto de inspeccion de personas y pertenencias, de conformidad con un programa de seguridad aprobado o de acuerdo a un programa de seguridad segun lo senalado por la parte 129, y las aeronaves, y cuyo acceso se encuentra estrictamente controlado. (76) MORDAZA sin restricciones. MORDAZA de un aeropuerto/helipuerto a la que tiene acceso el publico o a la cual el acceso no esta restringido. 108.5 Falsificacion.

Ninguna persona puede efectuar u ordenar que se realice cualquiera de las siguientes acciones: (a) Cualquier declaracion fraudulenta o intencionalmente falsa en cualquier solicitud de cualquier MORDAZA de programas de seguridad, medio de acceso o medio de identificacion, o cualquier modificacion a los mismos, en virtud a la presente parte. (b) Cualquier anotacion fraudulenta o intencionalmente falsa en cualquier registro o informe que se conserve, realice o use para mostrar el cumplimiento de la presente parte o para ejercer cualquier MORDAZA de atribuciones en virtud a la presente parte. (c) Cualquier reproduccion o alteracion, para propositos fraudulentos, de cualquier informe, registro, programa de seguridad, medio de acceso o medio de identificacion expedido en virtud a la presente parte y otros que emita la DGAC. 108.7 Programa de Seguridad: Forma, contenido y disponibilidad.

(a) Todo explotador aereo debera adaptar y llevar a cabo un programa de seguridad el cual debera: (1) De comprender las medidas para proteger la seguridad de las personas y pertenencias (equipaje facturado, carga y correo) que viajan por transporte aereo contra actos de violencia criminal y actos de interferencia ilicita. (2) Este por escrito y firmado por la MORDAZA autoridad o funcionario del explotador aereo. (3) Incluir los elementos consignados en el literal (b) de la presente seccion, (4) Ser aprobado por la DGAC, el plazo de entrega a la DGAC para su aprobacion, sera hasta el 30 de noviembre del 2003. (b) Todo programa de seguridad exigido en virtud a la seccion 108.5 debe incluir lo siguiente:

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