Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2003 (29/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 142-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2003

NORMAS LEGALES

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Visto el escrito de registro Nº CE-04395001 del 14 de MORDAZA del 2003, presentado por la empresa COMPANIA PESQUERA MORDAZA S.R.L. CONSIDERANDO: Que el articulo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que la construccion y adquisicion de embarcaciones pesqueras debera contar con la autorizacion previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), en funcion de la disponibilidad, preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos, y que las nuevas autorizaciones de incremento de flota solo se otorgaran a aquellos armadores pesqueros cuyas embarcaciones posean sistemas de preservacion a bordo, adecuados artes y aparejos de pesca, y su operacion se oriente a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados e inexplotados; Que el numeral 6.1 del articulo 6º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, establece que el acceso a la pesqueria del atun se obtiene mediante la expedicion, segun corresponda, de la autorizacion de incremento de flota y del permiso de pesca y, en su caso, de la licencia para la operacion de plantas de procesamiento; Que el inciso 4.2.1 del numeral 4.2 del articulo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, establece que la autorizacion de incremento de flota procedera para embarcaciones pesqueras arrastreras de media agua, cuyo sistema de preservacion a bordo garantice la buena calidad de la materia prima y tengan una capacidad de bodega no mayor de setecientos metros cubicos (700 m3). En la modalidad de arrastre de media agua se encuentran comprendidas las embarcaciones arrastrero congeladoras; Que mediante el escrito del visto, la empresa COMPANIA PESQUERA MORDAZA S.R.L., solicita autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA a denominarse "PIA I" de 120 m3 de capacidad de bodega totalmente insulada, con sistema de preservacion RSW y equipada con los artes y aparejos de pesca palangre o espinel y red de arrastre de media agua, para extraer los recursos hidrobiologicos atun y especies afines y jurel y caballa, con destino al consumo humano directo; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por la recurrente obrantes en el expediente administrativo, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 12 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; asi como los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad vigente, basicamente sobre el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE y Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2001-PE; por lo que es procedente otorgar la autorizacion de incremento de flota solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 077-2003-PRODUCE/DNEPP-Dch y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la COMPANIA PESQUERA MORDAZA S.R.L., autorizacion de incremento de flota para la

construccion de una embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA a denominarse "PIA I" de 120 m3 de capacidad de bodega totalmente insulada empleando como sistema de preservacion RSW y equipada con los artes y aparejos de pesca palangre o espinel, para extraer los recursos hidrobiologicos atun y especies afines y redes de arrastre de media agua para extraer los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo. Articulo 2º.- La autorizacion de incremento de flota otorgada en el articulo 1º de la presente resolucion, tendra un plazo de vigencia de dieciocho (18) meses. Vencido el plazo otorgado, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho de no haberse verificado la construccion total de la embarcacion. Articulo 3º.- Ejecutada la construccion total de la embarcacion pesquera dentro del plazo senalado en el articulo 2º de la presente resolucion, la empresa COMPANIA PESQUERA MORDAZA S.R.L., debera solicitar dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses, el permiso de pesca respectivo; bajo sancion de caducidad de pleno derecho de la autorizacion de incremento de flota, sin que sea necesario para ello pronunciamiento o notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 4º.- Incluir a la embarcacion pesquera "PIA I" y a la presente resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 12119

Otorgan permiso de pesca a empresa para operar embarcaciones pesqueras para la extraccion del recurso anchoveta
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 164-2003-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 26 de junio del 2003 Visto el escrito con registro Nº CE-06956002 del 12 de junio de 2003, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de PESQUERA DON MORDAZA S.R.LTDA. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Viceministerial Nº 016-2003PRODUCE/DVM-PE, se declaro la nulidad de oficio de la Resolucion Directoral Nº 079-99-PE/DNE y mediante Resolucion Ministerial Nº 202-2003-PRODUCE, se declaro la nulidad de la Resolucion Viceministerial Nº 038-99-PE; Que a traves de los escritos del visto y al MORDAZA de lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE, la empresa recurrente solicita permiso de pesca para operar tres (3) embarcaciones pesqueras de matriculas Nº CO15470-CM, con 175.68 m3 de capacidad de bodega, Nº CO-15469-PM, con 243.31 m3 de capacidad de bodega y Nº ZS-15741-PM, con 310.69 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto; Que de la revision de los documentos obrantes en el expediente, se desprende que la empresa recurrente ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; asimismo, ha acreditado los requisitos establecidos en la Resolucion Ministerial Nº 812-97-PE, conforme se aprecia de los escritos del visto y las instrumentales anexadas, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca para operar las embarcaciones MORDAZA mencionadas en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta, con destino al consumo humano indirecto;

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