Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2003 (29/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003

Oficinas Desconcentradas SIS (ODSIS) Son Oficinas de Coordinacion de la Sede Central del SIS distribuidas a nivel nacional, conformadas por un equipo de profesionales que representan al SIS en cada una de la DISAS. Dependen estructural, funcional y organicamente de la Sede Central del SIS y mantienen estrecha relacion de coordinacion con la MORDAZA o DIRESA correspondiente. MORDAZA Referido Es el MORDAZA afiliado al SIS que requiere de una atencion de salud de mayor capacidad de resolucion y por lo tanto debe ser referido al establecimiento calificado para recibir dicha atencion. Pago por Prestacion Es el reconocimiento del pago a los establecimientos prestadores de servicios de salud, el mismo que considera los costos asumidos por la prestacion de los servicios de salud. Plan de Beneficios Es el grupo de prestaciones cubiertas por el SIS. Prestaciones de Salud Comprende a las atenciones y consultas otorgadas a los beneficiarios del SIS en los establecimientos prestadores de servicios de salud autorizados, de acuerdo al Plan de Beneficios. Prestador de Servicios de Salud Es el establecimiento de salud que oferta servicios de salud segun su nivel de complejidad y capacidad resolutiva. Puede ser publico (perteneciente al Ministerio de Salud, Seguro Social de Salud -EsSalud-, Sanidad de las Fuerzas Armadas y Policiales, Municipalidades) y no publico (perteneciente a Entidades Privadas, Parroquiales, ONGs, etc.). Prestacion de Servicios Tarifados Generales Es la prestacion de salud brindada en todos los niveles de establecimientos de salud hasta Hospital Regional, considerada en el Plan de Beneficios de acuerdo a las tarifas vigentes. Prestacion de Servicios Tarifados Especializados Es la prestacion de salud brindada en los Hospitales Nacionales e Institutos Especializados por la cual se reconoce el pago de tres conceptos: servicios, medicamentos y procedimientos, conforme a las condiciones previamente establecidas. Punto de Digitacion Es la Oficina donde se ingresa al sistema informatico toda la informacion contenida en los formatos utilizados por el SIS. Puesto de Salud Establecimiento de salud de primer nivel de atencion, de menor complejidad, que permite resolver las necesidades basicas y mas frecuentes de salud de una poblacion que no supera los 6,000 habitantes, incidiendo en los aspectos preventivo-promocionales. Rendicion de Cuentas Es la sustentacion de los gastos efectuados por las Unidades Ejecutoras. Reporte de Preliquidacion de Produccion Es el informe previo de las prestaciones validas elaborado por las ODSIS. SISMED Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Medico Quirurgicos (SISMED). Tarifario Lista de tarifas por cada MORDAZA de caso resuelto. Se aprueba por Resolucion Ministerial. Transferencia de Pago Es la transferencia de fondos para el pago de prestaciones realizadas en los establecimientos prestadores de servicios de salud. Transferencias y Donaciones Ingresos de los establecimientos prestadores de servicios de salud por otorgar prestaciones de salud a los bene-

ficiarios del SIS, cuya administracion la efectuala respectiva Unidad Ejecutora. Traslado Accion de transferir o trasladar a un beneficiario del SIS de un establecimiento de salud a otro debido a una referencia plenamente sustentada. Se encuentra incluido dentro de las prestaciones no asistenciales tarifadas. Unidad Ejecutora Es la dependencia organica que cuenta con un nivel significativo de desconcentracion administrativa para contraer compromisos, realizar gastos, ordenar pagos e informar sobre el avance y/o cumplimiento de metas, cuya identificacion presupuestaria requiere la autorizacion pertinente por parte de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. 6.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS: 6.1 CORTE ADMINISTRATIVO PARA LAS LIQUIDACIONES DE PAGO El SIS reconoce como fecha de corte administrativo para las liquidaciones de pago, el ultimo dia de cada mes. 6.2 MORDAZA DE PAGO 6.2.1 Concepto de Pago Para efecto de la aplicacion de la presente Directiva, el Pago es la retribucion economica que hace el SIS a los establecimientos prestadores de servicios de salud por las prestaciones que estos otorgan a los beneficiarios del SIS. 6.2.2 Naturaleza, Distribucion y Uso de los Pagos 6.2.2.1 Los pagos que realiza el SIS por las prestaciones de servicios tarifados generalesy por las prestaciones de servicios tarifados especializados, se transfieren a las Unidades Ejecutoras por la Generica 4: Otros Gastos Corrientes, de acuerdo al cuadro de distribucion elaborado por la Gerencia de Financiamiento del SIS.Las Unidades Ejecutoras realizaran el tramite para la incorporacion de los respectivos recursos dentro de su MORDAZA presupuestal, en la Fuente de Financiamiento 13: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS, 13.07: SEGURO INTEGRAL DE SALUD y solicitaran la aprobacion del calendario de compromisos a sus respectivos Pliegos, por montos iguales a los autorizados en la transferencia segun su programacion y, asimismo, con criterios de priorizacion establecidos en esta Directiva, orientados a mejorar y fortalecer los servicios prestacionales de salud que beneficie a los usuarios del SIS. 6.2.2.2 Los pagos por las prestaciones de salud del SIS ingresan a los establecimientos prestadores de servicios de salud por la partida 3.0.0: TRANSFERENCIAS, 3.1.2: INTERNAS DEL SECTOR PUBLICO, 3.1.2.027: SEGURO INTEGRAL DE SALUD y son tramitados por las Unidades Ejecutoras en el grupo generico de gasto 4: OTROS GASTOS CORRIENTES, de acuerdo al Instructivo Nº 001-2003-EF/76.01. 6.2.2.3 Las transferencias que realiza el SIS por el pago de las prestaciones de servicios tarifados generales y tarifados especializados cancelan la produccion liquidada. 6.2.2.4 Las Unidades Ejecutoras distribuiran los pagos del SIS entre los establecimientos de su jurisdiccion, segun la "Liquidacion de Pagos por Establecimiento" remitido como reporte anexo en las transferencias. Las Unidades Ejecutoras, dentro de 30 dias de recibida la transferencia, garantizaran la administracion de fondos para que los establecimientos prestadores de servicios de salud dispongan de los recursos oportunamente. 6.2.2.5 El 10% de los pagos a las Unidades Ejecutoras se asignara a los gastos administrativos de los establecimientos de salud que brindaron las prestaciones, asi como para el funcionamiento de la Oficina Local de Coordinacion con el SIS y otros gastos. El monto de esta asignacion, tendra como tope el 10% del promedio mensual de la produccion tarifada obtenida por cada establecimiento de salud durante el primer semestre de 2003. 6.2.2.6 El uso de los pagos estara destinado a garantizar la adecuada ejecucion de los Planes de Beneficios del SIS por parte de los establecimientos de salud; para este efecto, las Unidades Ejecutoras destinaran los fondos en el orden de prioridad siguiente:

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