Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2003 (29/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Establecen disposiciones para la aprobacion de acciones de capacitacion dirigida a funcionarios y servidores publicos de los organos del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 761-2003-SA/DM MORDAZA, 26 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, es necesario actualizar las normas sobre las acciones de capacitacion que se llevan a cabo en el ambito funcional de los organos del Ministerio de Salud, a efecto de garantizar un desarrollo coherente de las referidas acciones con la Politica de Salud y el uso racional de los recursos correspondientes; Que, ademas, es pertinente dar celeridad en los niveles de aprobacion para el desarrollo de las acciones de capacitacion o actos similares; Que, de otro lado, de acuerdo a lo previsto en el Articulo 33º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2002SA, los Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio del Ramo mantienen autonomia administrativa y dependen funcionalmente del Ministro de Salud; Con las visaciones de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Ramo; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 8º, literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, concordante con el Articulo 6º, literal l) de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que toda accion de capacitacion dirigida a funcionarios y servidores publicos de los organos del Ministerio de Salud, consistente en seminarios, congresos, cursos, convenciones, talleres, forums, reuniones de coordinacion o actos similares que irroguen en su organizacion un costo mayor de cinco (5) unidades impositivas tributarias (UIT), con cargo a cualquier fuente de financiamiento, debera ser previamente aprobada por Resolucion Viceministerial. Para tal efecto, con anticipacion no menor de quince (15) dias calendario, se cursara al Despacho Viceministerial de Salud el correspondiente proyecto de resolucion, acompanando una exposicion de motivos en la que se indicara lo siguiente: a) Denominacion de la accion de capacitacion. b) Justificacion, objetivo y metas de la accion de capacitacion. c) Lugar y fecha de realizacion de la accion de capacitacion. d) Presupuesto programado por fuente de financiamiento y su distribucion por partidas especificas. e) Relacion de funcionarios, servidores publicos e invitados que habran de concurrir. f) Relacion de expositores y su tematica. Articulo 2º.- Establecer que las acciones de capacitacion, cualquiera sea su modalidad, cuyo desarrollo irrogue un costo menor de cinco (5) unidades impositivas tributarias (UIT), seran aprobadas por las maximas autoridades administrativas de cada entidad, a excepcion del Organismo Central, en donde se aprobara por resolucion de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos. Articulo 3º.- La presente resolucion sera aplicada, aun en el caso de que el evento sea financiado con recursos distintos a los del Tesoro Publico. Articulo 4º.- Precisar que previo a la aprobacion de la respectiva accion de capacitacion, el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH) emitira su opinion, la que no es vinculante, en un plazo no mayor de tres dias habiles contados desde la recepcion de la propuesta de dicha accion de capacitacion. Articulo 5º.- Disponer que dentro de los ocho dias habiles de concluida la accion de capacitacion, se remitira a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos lo siguiente: a) Un informe sobre el desarrollo de la accion de capacitacion, el que estara acompanado de las respecti-

vas conclusiones (porcentaje del logro de objetivos, metas) y recomendaciones, relacion de participantes (senalar profesion, cargo) y procedencia. b) Distribucion del presupuesto ejecutado por partidas especificas. c) Un juego de copias fedateadas sobre los gastos efectuados, con el correspondiente informe contable. Articulo 6º.- Establecer que anualmente, la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos emitira un Informe Memoria que consolide las acciones de capacitacion llevadas a cabo por los organos del Ministerio de Salud, asi como por sus Organismos Publicos Descentralizados, los cuales, para tal efecto remitiran oportunamente la informacion sobre sus acciones de capacitacion a la Oficina General mencionada. Articulo 7º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 048-99-SA/DM de fecha 8 de febrero de 1999. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 12207

Dan por concluida designacion de Directora Ejecutiva de Participacion Comunitaria de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 763-2003-SA/DM MORDAZA, 26 de junio del 2003 CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en el Articulo 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso "l" del Articulo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Articulo Unico .- Dar por concluida la designacion de la Lic. MORDAZA JESFEN RAZURI, al cargo de Directora Ejecutiva de Participacion Comunitaria, N F-4, de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 12208

Designan Directora Ejecutiva de Participacion Comunitaria de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 764-2003-SA/DM MORDAZA, 26 de junio del 2003 CONSIDERANDO: De conformidad con lo previsto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27594 y el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, en el cargo de Directora Ejecutiva de Participacion Comunitaria, Nivel F-4, de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte, a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE ROSSELL. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 12209

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