Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2003 (29/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, MORDAZA 29 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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(b) Debera conocer las regulaciones aplicables de las Partes 21,43, 65 y 91 de estas regulaciones. (c) Debera aprobar una prueba escrita que comprenda montaje, funcionamiento, inspeccion, asi como principios de construccion de las actividades que se indican: (1) (2) (3) (4) Aeronaves en su totalidad. Estructuras metalicas y afines. Sistemas motopropulsores y accesorios. Avionica.

dad de un operador aeronautico certificado o un TMA certificado por la DGAC y de este MORDAZA recibido previamente los cursos de familiarizacion con los equipos en los que ejercera sus funciones. 65.85 Habilitaciones de avion: Privilegios adicionales

(d) El solicitante debe aprobar cada seccion de la prueba con una nota minima de 80%, MORDAZA de solicitar las pruebas orales y practicas prescritas por la Seccion 65.79. 65.77 Requerimientos de experiencia

Un mecanico con licencia y habilitacion de avion puede aprobar y retornar al servicio una aeronave o cualquier dispositivo o parte relacionada con la misma, despues que se ha efectuado la inspeccion de cien (100) horas o anual para aeronaves al servicio de operadores particulares (Parte 91), en concordancia con la Parte 43 de las regulaciones, siempre que cumplan con el parrafo 65.81 (b). 65.86 Habilitaciones de motor: Privilegios adicionales

Cada solicitante para una licencia de mecanico y sus habilitaciones debe presentar cada uno de los certificados apropiados de graduacion o certificado de termino en una escuela tecnica de mantenimiento de aviacion certificada; o evidencia documentaria que satisfaga a la DGAC, de: (a) Por lo menos tres (3) anos de asistente de mecanico de aviones, motores y/o avionica. (b) Demostrar conocimiento basico de ingles tecnico. 65.79 Requerimientos de habilidades

Un mecanico con licencia habilitado en motores puede aprobar y retornar al servicio un motor o helice o cualquier parte relacionada o dispositivo, despues que se ha efectuado, la inspeccion de cien (100) horas o anual para aeronaves al servicio de operadores particulares (Parte 91), en concordancia con la Parte 43 de las regulaciones, siempre que cumplan con el parrafo 65.81 (b). 65.87 Habilitaciones de avionica: Privilegios adicionales

Cada solicitante de una licencia o habilitacion debe aprobar una prueba oral y practica sobre la habilitacion que solicita. La pruebas cubren las destrezas del solicitante en la ejecucion practica de los temas evaluados en la prueba escrita. 65.80 Estudiantes de escuelas tecnicas de mantenimiento de aviacion

Un mecanico con licencia y habilitacion de avionica podra aprobar y retornar para el servicio componentes y/o sistemas avionicos en aeronaves luego de haberse efectuado la inspeccion de cien (100) horas o anual para aeronaves al servicio de operadores particulares (Parte 91), en concordancia con la Parte 43 de las regulaciones, siempre que cumplan con el parrafo 65.81 (b). 65.88 Requerimiento de licencia para mecanicos que operan equipos radiograficos en ensayos no destructivos

Siempre que una escuela tecnica de mantenimiento de aviacion, certificada bajo los requerimientos de la Direccion General de Aeronautica Civil, demuestre que cualquiera de sus estudiantes han hecho progresos satisfactorios en la escuela y esta preparado para efectuar las pruebas orales y practicas prescritos en la Seccion 65.79, el estudiante puede realizar estas pruebas durante las materias finales de su entrenamiento en el curriculum aprobado, MORDAZA que el reuna los requerimientos de experiencia aplicables de la Seccion 65.77 y MORDAZA de que el apruebe cada seccion de las pruebas escritas senaladas por la Seccion 65.75. 65.81 Privilegios y limitaciones generales

(a) Un mecanico con licencia puede efectuar o supervisar el mantenimiento, mantenimiento preventivo de una aeronave o accesorio, o una parte de ello, para el cual esta habilitado, incluyendo sus reparaciones mayores, alteraciones mayores de helice y cualquier reparacion o alteracion de instrumento, y puede efectuar trabajos adicionales de acuerdo con las Secciones 65.85, 65.86 y 65.87. Sin embargo, no puede supervisar ningun mantenimiento o alteracion de cualquier aeronave o accesorio o parte de ello para el cual esta habilitado a menos que MORDAZA efectuado el trabajo concerniente con anterioridad. Si no ha efectuado este trabajo MORDAZA, puede mostrar su habilidad para hacerlo, ejecutandolo ante un Inspector DGAC, o bajo la directa supervision de un inspector con licencia y apropiadamente habilitado, o un reparador aeronautico debidamente calificado, el cual ha tenido experiencia previa en la operacion especifica a supervisar. (b) Un mecanico con licencia no puede ejercer los privilegios de esta licencia y sus habilitaciones, a menos que tenga la capacitacion correspondiente, conozca y comprenda las instrucciones tecnicas actualizadas del fabricante y los manuales para el mantenimiento o reparacion especifica a realizar. (c ) Un mecanico con licencia no puede ejercer los privilegios de esta licencia y sus habilitaciones si este no se encuentra empleado bajo el MORDAZA y responsabili-

Toda persona que opera equipos radiograficos en ensayos no destructivos, como son equipos de rayos X industriales o equipos de gammagrafia industrial, deben contar con una licencia individual especifica para poder hacerlo en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 111 del reglamento de seguridad radiologica (D.S. Nº 009-97-EM). Para obtener la licencia individual, las personas deben demostrar que poseen conocimientos del equipo y de su operacion; tienen una experiencia minima de seis (6) meses operando equipos o un equivalente a dos mil (2000) horas; deben aprobar un examen de licenciamiento aplicado por la Oficina Tecnica de la Autoridad Nacional; y cumplir con ciertos requisitos fisicos. Las licencias son expedidas por el Instituto Peruano de Energia Nuclear (IPEN), tienen una validez de dos (2) anos y son renovables. Para utilizar o contratar servicios de radiografia industrial debe asegurarse que tanto la instalacion y los equipos, asi como el personal operador posean las licencias del IPEN. 65.89 Exhibicion de la licencia

Toda persona que posea una licencia, mantendra este documento consigo o dentro del area inmediata donde el ejerce los privilegios de la licencia, y los presentara al requerimiento del Inspector o representante de la DGAC. SUBPARTE F: REPARADORES AERONAUTICOS 65.101 Requerimientos de aptitud para mecanico reparador aeronautico: Generalidades (a) Para ser aprobado para una licencia de mecanico reparador aeronautico una persona debe: (1) Tener no menos de veintiun (21) anos de edad. (2) Tener conocimiento de: (i) Los metodos y procedimientos de mantenimiento,

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