Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2003 (02/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2003

de a S/. 6,213.47 (Seis Mil Doscientos Trece y 47/100 Nuevos Soles) mas IGV. 2º.- Aprobar las Bases Administrativas que regularan la venta en Subasta Publica de los Bienes dados de Baja por la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA que a fojas cuatro (04) forma parte de la presente Resolucion. 3º.- Aprobar la Convocatoria para la venta en Subasta Publica para el dia 14 de marzo del 2003 a horas 11.00 am. en el local de la Facultad de Medicina Veterinaria de la UNMSM, ubicado en Av. Circunvalacion cdra. 8 s/n San Borja. 4º.- Aprobar la designacion del Martillero Publico don MORDAZA Weinberger Mollrich y la suscripcion del Contrato de Locacion de Servicio que en fojas cuatro (04) forma parte de la presente Resolucion. 5º.- Transcribir la presente Resolucion al Martillero Publico designado y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. 6º.- Autorizar la publicacion de la Convocatoria a Subasta Publica en el Diario Oficial El Peruano y un diario de mayor circulacion. 7º.- Encargar al Vicerrectorado Administrativo y al Comite de Altas, Bajas y Enajenaciones de la Universidad el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 04021

Que, el Informe Legal contenido en el Memorandum Nº 046-2003-OAJ, de fecha 21 de febrero de 2003, indica que la mencionada Gerencia ha sustentado la causal de exoneracion del MORDAZA de adquisicion prevista en el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; De conformidad con los articulos 19º y 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 111º y 116º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo; En uso de sus facultades conferidas; SE RESUELVE: 1º.- Autorizar la contratacion de los servicios de publicidad en medios de comunicacion radial y televisiva, exonerandolos del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios. b. Descripcion del servicio: publicidad en medios de comunicacion radial y televisiva para difundir los alcances, caracteristicas, requisitos y demas condiciones del Proyecto Techo Propio. c. Monto referencial total: US$ 22,246.01 (Veintidos Mil Doscientos Cuarenta y Seis 01/100 dolares americanos), incluido IGV. d. Fuente de financiamiento: recursos propios. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: del 24 al 28 de febrero del 2003. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto. g. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Promocion, de conformidad con el articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de contratar el servicio indicado en el numeral precedente segun el procedimiento de menor cuantia. 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como en la pagina Web institucional. 4º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes sustentatorios respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Secretario Ejecutivo 04026

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratacion de servicios de publicidad en medios de comunicacion mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 012-SE-2003 MORDAZA, 21 de febrero del 2003 CONSIDERANDO: Que, el literal h) del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realizan para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, las contrataciones exoneradas de conformidad con el articulo citado en el considerando precedente, se efectuan mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia; Que, segun el articulo 111º del mencionado Reglamento, son considerados servicios personalisimos y por tanto se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Tecnico Nº 006-2003/GP de la Gerencia de Promocion, de fecha 21 de febrero del 2003 es necesaria la contratacion de publicidad en medios de comunicacion radial y televisiva, del 24 al 28 de febrero del presente, para difundir los alcances, caracteristicas, requisitos y demas condiciones a nivel nacional del Proyecto Techo Propio; Que, asimismo el valor referencial total de la citada contratacion asciende a US$ 22,246.00 (Veintidos Mil Doscientos Cuarenta y Seis 01/100 dolares americanos) incluido el IGV;

OSIPTEL
Aprueban Acuerdo de liquidacion, facturacion y pagos entre redes de telefonia fija, movil y otros de Bellsouth Peru S.A. con la red de servicio movil troncalizado de Nextel del Peru S.A.
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 072-2003-GG/OSIPTEL MORDAZA, 25 de febrero de 2003 VISTOS: (i) el "Acuerdo de liquidacion, facturacion y pagos entre las redes de telefonia fija, movil, larga distancia y terminales de uso publico de BellSouth Peru S.A. con la red del servicio movil troncalizado de Nextel del Peru S.A.", de fecha 18 de setiembre de 2002, suscrito entre las empresas concesionarias BellSouth Peru S.A.

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