Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2003 (02/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 2 de marzo de 2003

ano de su fabricacion. Pueden ser evaluados tambien, aquellos vehiculos que MORDAZA repotenciados integralmente, aumentando su MORDAZA util hasta un MORDAZA de cinco anos adicionales. La operatividad del vehiculo, sera certificada por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA o por las instituciones y profesionales que esta designe; verificando basicamente las caracteristicas tecnicas y mecanicas del vehiculo de acuerdo al MORDAZA de residuos solidos que transportara; ademas de verificar tambien que no emiten ruidos y gases contaminantes que excedan los Limites Maximos Permisibles, establecidos por el organo competente. Articulo 38º.- MORDAZA de transporte segun el residuo.- El transporte de residuos solidos, puede ser: 1. Transporte de residuos de limpieza publica (domiciliarios, comerciales y aquellos de naturaleza similar). 2. Transporte de residuos de Parques y Jardines 3. Transporte de residuos de escombros y construccion. 4. Transporte de residuos de la Industria. 5. Transporte de residuos Hospitalarios. 6. Transporte de residuos biocontaminantes y/o peligrosos. 7. Transporte de residuos de restos de alimentos. 8. Transporte de residuos solidos inorganicos segregados. CAPITULO I: AUTORIZACION DE CIRCULACION DE VEHICULOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS Articulo 39º.- Autorizacion para la Circulacion.Todo vehiculo destinado a la recoleccion y transporte de residuos solidos, debera contar con la correspondiente Autorizacion para la Circulacion Vehicular, otorgada por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Requisitos: 1. Solicitud (Formato). 2. MORDAZA de RUC. 3. MORDAZA de Tarjeta de Propiedad. 4. Certificado de Operatividad. 5. Declaracion de los residuos solidos a transportar. 6. Poliza de seguros (copia). 7. Comprobante de pago por derecho de tramite. Excepto los vehiculos de propiedad municipal. La autorizacion sera automatica y tendra una vigencia de un ano. Para la renovacion de la autorizacion se presentaran los mismos requisitos. La Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, otorgara una calcomania con el mensaje siguiente: "VEHICULO AUTORIZADO PARA EL TRANSPORTE DE RESIDUOS SOLIDOS" (Anexo Nº 05) y sera colocada en el parabrisas delantero del vehiculo. Articulo 51º.- Objetivo.- Establecer las caracteristicas tecnicas de los servicios de aseo MORDAZA, comprendiendo barrido de calles, plazas y parques; MORDAZA de calles y la recoleccion de residuos solidos municipales. Articulo 52º.- Operador de Aseo Urbano.- Para prestar los servicios de aseo MORDAZA, se debera contar con Autorizacion de Operador de Residuos Solidos de Aseo MORDAZA, expedida por la Direccion de Ecologia de la Direccion Municipal de Servicios a la MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme lo establece el Articulo 181º del presente Reglamento. Articulo 79º.- De la Autorizacion.- Para la recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos biocontaminantes y/o peligrosos, los Operadores deben contar con Autorizacion de la Direccion de Ecologia de la Municipalidad Metropolitana de Lima; ademas en cada operacion, con el analisis fisico-quimico de los residuos a transportar; MORDAZA de los cuales debera entregar en la administracion del Relleno Sanitario para autorizar su confinamiento.

Articulo 89º.- Disposicion final de los residuos solidos segregados.- Los residuos solidos segregados deben ser transportados a los centros de operacion autorizados o a las industrias donde seran incorporados a sus procesos de produccion, luego del correspondiente tratamiento. Articulo 99º Objetivo.- Establecer las disposiciones tecnicas y operativas de los Centros de Operacion de Residuos Solidos, como Centros de Acopio, Plantas de Transferencia, Plantas de Tratamiento, Rellenos Sanitarios Mecanicos, Rellenos Sanitarios Manuales, lugares de Disposicion Final de Residuos Especiales, Maestranzas de Limpieza y Almacenes Perifericos. Articulo 100º.- Clasificacion de los Centros de Operacion de Residuos Solidos.Inciso b Centros de Operacion Final de Residuos Solidos: Planta de Transferencia, Planta de Tratamiento, Relleno Sanitario Mecanico, Relleno Sanitario Manual y Lugares de Disposicion Final de Residuos Especiales. Articulo 101º.- Caracteristica tecnica del lugar.Inciso 7 Registrar y pesar todos los vehiculos que transportan residuos solidos inorganicos selectivos. Articulo 109º.- Especificaciones tecnicas del lugar.Inciso 2 El area minima sera de 5,000 m2. Inciso 7 Sistema adecuado de drenaje en la MORDAZA de carga y descarga de los residuos solidos para el MORDAZA de embudos y servicios ligeros. Articulo 110º.- En la etapa de operacion.Inciso 4 Descripcion de los procedimientos y plan de contingencias durante el ciclo de operaciones. Articulo 112º.- De la Operacion de la Planta de Transferencia.Inciso 1 Los residuos solidos recepcionados en la Planta de Transferencia, deben ser trasladados dentro de las 12 horas de ingresados. Por ningun motivo se debe acumular residuos solidos en el piso. Inciso 12 Garantizar el numero suficiente de vehiculos para el transporte de los residuos solidos transferidos. Articulo 114º.- Especificaciones tecnicas del lugar.Inciso 6 Contar con balanza electronica, con capacidad minima de 60 Tm y sistema de impresion de pesaje automatico, identificacion del vehiculo y otros datos complementarios. Inciso 9 Contar con instalaciones minimas como servicios higienicos, vestuario, casilleros, caseta de vigilancia, comedor, oficinas administrativas, almacenes y otros ambientes necesarios. Articulo 115º.- Higiene y fumigacion.- Las areas de carga, descarga y almacenamiento, deben ser lavadas y desinfectadas, con insumos de reconocida eficacia y que contengan dentro de sus componentes amonio cuaternario, como minimo una vez a la semana y mensualmente, fumigar todas las instalaciones de la planta. Asi mismo, se debe implementar todas las medidas necesarias para el control de malos olores. Articulo 116º.- Los operadores de las plantas de tratamientos deben acreditar.Inciso 15 Drenajes de lixiviados y poza de tratamiento. Articulo 125º.- De la etapa de seleccion de sitios.Inciso b) numeral 13 Cursos de aguas superficiales y subterraneas. Inciso b) numeral 14 Escasa flora. Inciso b) numeral 15 No existan areas arqueologicas.

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