Norma Legal Oficial del día 06 de Marzo del año 2003 (06/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de marzo de 2003

Designan representante del Ministerio de Salud ante la Comision Multisectorial de Fomento de la educacion de Ninas y Adolescentes Rurales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 228-2003-SA/DM
MORDAZA, 3 de marzo del 2003 Que mediante Decreto Supremo Nº 001-2003-ED, se crea la Comision Multisectorial de Fomento de la educacion de las Ninas y Adolescentes Rurales; De conformidad con el articulo 2º del citado Decreto Supremo la Comision Multisectorial de Fomento de la educacion de las Ninas y Adolescentes Rurales, esta presidida por un representante del Ministerio de Educacion e integrada por representantes de otros ministerios, entre ellos el Ministerio de Salud; Por lo que estando a lo acordado, en cumplimiento del articulo 2º del citado Decreto Supremo Nº 001-2003-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Salud ante la Comision Multisectorial de Fomento de la educacion de las Ninas y Adolescentes Rurales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 04110

comprendidas en los alcances de los Decretos Supremos Nºs. 084 y 088-2002-PCM, tambien se encuentra facultada a distribuir los bienes adquiridos en el MORDAZA de tales exoneraciones, a los damnificados por fenomenos naturales imprevisibles, como es el caso del MORDAZA y apoyo inmediato que se presto en las provincias de Satipo y de Andahuaylas en el mes de noviembre del 2002; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Uso de bienes para la atencion de damnificados Precisar que los bienes adquiridos en el MORDAZA de los Decretos Supremos Nºs. 084-2002-PCM y 088-2002-PCM, por el Banco de Materiales S.A.C. cuya distribucion se encontrara pendiente, puede ser destinada a la atencion de los damnificados de las diversas zonas del MORDAZA, como consecuencia de fenomenos naturales como el "Fenomeno El Nino" y otros eventos naturales imprevisibles, incluyendose la atencion brindada a los damnificados de las localidades de Satipo y Andahuaylas a las que se hace referencia en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Los citados bienes, tambien pueden ser utilizados para la implementacion de los equipamientos de instituciones publicas que presten atencion a los damnificados, acorde con las solicitudes que prioritariamente formule la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres a traves de su Secretaria Tecnica, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Articulo 2º.- Refrendos El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de marzo del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 04348

VIVIENDA
Precisan que bienes adquiridos por el Banco de Materiales S.A.C. de acuerdo a los DD.SS. Nºs. 084 y 088-2002PCM, pueden ser destinados a damnificados de diversas zonas del MORDAZA como consecuencia de fenomenos naturales
DECRETO SUPREMO Nº 005-2003-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Banco de Materiales S.A.C. en virtud de los Decretos Supremos Nºs. 084-2002-PCM y 088-2002-PCM adquirio bienes para la atencion a los pobladores de menores recursos damnificados por el friaje; asi como, para las acciones de prevencion y mitigacion de danos que cause el "Fenomeno El Nino", con los recursos dispuestos por el Articulo 3º de la Ley Nº 27205 para acciones de apoyo social; Que, como consecuencia de dicho fenomeno y de otros eventos imprevisibles de la naturaleza, diversos departamentos del MORDAZA han sido afectados por las precipitaciones pluviales, deslizamientos de tierras y desbordes de MORDAZA, que han causado severos danos en las viviendas de la poblacion de menores recursos y en la infraestructura publica; Que, ante tal situacion, el Gobierno a traves de sus diferentes organismos y entidades viene adoptando las acciones necesarias para mitigar la magnitud de los danos ocasionados Que, el Banco de Materiales S.A.C. de conformidad con su Ley de Creacion Nº 23220 y las Leyes Complementarias Nºs. 26903 y 26963, tiene entre sus funciones proveer de recursos, bienes y servicios para la edificacion y mejoramiento de la vivienda basica minima a la poblacion, en especial, cuando ocurren situaciones imprevisibles y de emergencia, como las descritas en los considerandos precedentes; Que, en tal sentido, resulta necesario precisar que el Banco de Materiales S.A.C., entre otras entidades

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Destituyen magistrado por su actuacion como Juez Coordinador de los Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 009-2003-PCNM P.D. Nº 023-2002-CNM
San MORDAZA, 13 de febrero del 2003 VISTO: El MORDAZA disciplinario numero 023-2002-CNM, seguido contra los doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por sus actuaciones como Juez Coordinador de los Juzgados de Familia y Juez del Vigesimo Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, respectivamente, y el

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