Norma Legal Oficial del día 07 de Marzo del año 2003 (07/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 7 de marzo de 2003

conformidad con el articulo 57º del TUO y el articulo 26º del Reglamento del TUO, el Titular del Pliego declaro la nulidad del MORDAZA segun Resolucion Nº 060-2003SUNARP/SN, de fecha 6 de febrero del 2003, retrotrayendose el MORDAZA de seleccion al momento de autorizar su realizacion; Que, de lo senalado anteriormente, se verifica la existencia de dos elementos que permiten configurar la situacion de urgencia, a saber: la interrupcion de un servicio que viene siendo prestado; y, la presencia de un hecho imprevisible y extraordinario que origina tal interrupcion; Que, tal como se advierte, el riesgo de no contar con el acotado servicio es consecuencia de hechos extraordinarios e imprevistos, habida cuenta que la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica Nº 00012003-Z.R.VII-CEP/ADP, declarada conforme a ley por el Titular del Pliego, era un evento desconocido e inesperado para la entidad; razon por la cual se ha originado el peligro que la proteccion y el normal funcionamiento de la gestion administrativa y los servicios que prestan las Oficinas Registrales de la MORDAZA Registral Nº VII se vean interrumpidas; por lo que resulta procedente contratar dicho servicio, del modo mas expeditivo posible y de acuerdo a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del articulo 108º del Reglamento del TUO, la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones respectivas; Que, el requerimiento de seguridad y vigilancia durante el ano fiscal 2003, para las Oficinas Registrales de la MORDAZA Registral Nº VII, asciende a un valor referencial total de S/. 180,000.00 (ciento ochenta mil y 00/100 nuevos soles); Que mediante Informe Nº 099-2003-SUNARP-GLLAS, la Gerencia Legal de la SUNARP, opina por la procedencia de la exoneracion de acuerdo a lo senalado por el inciso c) del articulo 19º del TUO, toda vez que se cumple con los requisitos para la aplicacion de la causal de exoneracion por situacion de urgencia; Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la SUNARP, mediante Oficio Nº 093-2003-SUNARP-GPD, informa que en el presupuesto de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA, aprobado para el ejercicio fiscal 2003, existen recursos presupuestales disponibles para la atencion del gasto planteado; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y el Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia en las Oficinas Registrales de MORDAZA, Casma y Chimbote, de la MORDAZA Registral Nº VII por los meses de febrero y marzo del 2003. Articulo Segundo.- El valor referencial del servicio de seguridad y vigilancia a contratar asciende a S/. 14,000.00 (catorce mil y 00/100 nuevos soles) mensuales; fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA a contratar los servicios mencionados en el Articulo Primero de la presente resolucion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo dispone el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General de la SUNARP haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias calendario a su aprobacion segun lo dispone el articulo

20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 04395

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2003-GRAREQUIPA Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 0042003-GRAREQUIPA, publicada en nuestra edicion del 2 de marzo de 2003, en la pagina 240070. En el Tercer Considerando: DICE: "Que, en Sesion de fecha 30.10.03, se ha acordado..." DEBE DECIR: "Que, en Sesion de fecha 30.01.03, se ha acordado... 04389

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de semilla, fertilizante, pesticidas y agroquimicos para el inicio de MORDAZA de cultivo de algodon
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0142-2003.GOB.REG.PIURA-P MORDAZA, 19 de febrero de 2003 VISTOS, las Hojas de Registro y Control Nº 01631; Nº 01987; Nº 02025; el 5 y 13 de febrero del 2003, respectivamente; con la carta s/n -2003.GOB.REG-PROGRAMA PIMA-DIRECTORIO-P, del 5 de febrero del 2003, Informe Nº 032-2003.GOB.REG.PIURA-GRA-GR-SGA del 13 de febrero; y carta Nº 034-2003.GOB.REG-PROGRAMA PIMA-P; que contiene el Informe Tecnico; y, el Informe Legal Nº 121 de fecha 18 de febrero del 2003, concernientes a la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica para las adquisiciones de insumos; relacionada con la MORDAZA MORDAZA 2002-2003 de la Actividad Productiva Pima; y, CONSIDERANDO: Que, el PIMA es una Actividad Productiva, dependiente jerarquicamente del Gobierno Regional MORDAZA, tiene como finalidad apoyar el financiamiento y asistencia tecnica del cultivo del algodon variedad PIMA, a fin de mejorar los niveles promedio de la productividad y crecimiento de la produccion con tecnologia adecuada para atender la demanda textil nacional, promover la exportacion e incrementar los subproductos para la ganaderia e industria aceitera nacional y ampliar la frontera MORDAZA incrementando la generacion de empleo;

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