Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2003 (17/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 17 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 240945

OSITRAN
Confirman resolucion que sanciono con multa a la empresa Ferrocarril Transandino S.A.
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 002-2003-CD/OSITRAN
EXPEDIENTE Nº 07-2002-GS-OSITRAN PROCEDENCIA : GERENCIA DE SUPERVISION - GS DENUNCIA INICIADA DE OFICIO. DENUNCIADO : FERROCARRIL TRANSANDINO S.A. - FETRANSA. : PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR POR INCUMPLIMIENTO DE LOS NUMERALES 5.1, 5.2 Y 7.1 DEL CONTRATO DE CONCESION, Y DEL LITERAL A) DEL ARTICULO 14º DE LA LEY Nº 26917. : EXPLOTACION DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL FERROVIRIA.

rrespondiente al Ferrocarril del Sur y Sur Oriente, asi como el literal a) del articulo 14º de la Ley Nº 26917, Ley de Supervision de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico. MORDAZA, 7 de marzo de 2003 I. ANTECEDENTES: A. La Notificacion: 1. Mediante Oficio Nº 158-02-GS-V-OSITRAN de fecha 18 de setiembre de 2002, la Gerencia de Supervision de OSITRAN, al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 47º del Reglamento de Cobro y Aplicacion de Infracciones, Sanciones y Tasas, en lo sucesivo RIS, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 006-99-CD/ OSITRAN y modificado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 029-2001-CD/OSITRAN, notifica a FETRANSA los incumplimientos detectados con el proposito que efectue sus descargos. Se comunica que durante la visita de supervision especial llevada a cabo los dias 4 y 5 de MORDAZA de 2002, se verifico la existencia de trafico ferroviario que no fue considerado para efectuar las declaraciones a OSITRAN de acuerdo a los resultados de la auditoria de trafico realizada a FETRANSA sobre siete meses auditados del periodo 1999-2000. 2. Se informa que el impacto en los ingresos por el trafico no declarado para los siete meses auditados, significa que la declaracion de ingresos se ha visto disminuida en US$ 160,005 y en consecuencia, no se ha declarado oportunamente las retribuciones al Estado por un importe de US$ 60,988 ni se ha efectuado el aporte correspondiente a la tasa de regulacion al OSITRAN que asciende al 1% de los mencionados ingresos. 3. Asimismo, se indica que la referida omision en la declaracion de trafico implica los siguientes incumplimientos:

MATERIA

SECTOR

SUMILLA: Se confirma la Resolucion de Gerencia General Nº 034-2002-GG-OSITRAN que impuso a la empresa Ferrocarril Transandino S.A., una sancion equivalente al pago de una multa ascendente al 2% de los ingresos brutos del mes anterior, al haber incumplido los numerales 5.1, 5.2 y 7.1 del Contrato de Concesion co-

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - MORDAZA Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

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