Norma Legal Oficial del día 06 de Mayo del año 2003 (06/05/2003)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 6 de MORDAZA de 2003

ras, incurrio en ausencias injustificadas por mas de tres dias consecutivos en un periodo de 30 dias calendario, a partir del 16 de setiembre del 2002 hasta la actualidad, segun el record laboral del referido servidor, remitido por la Directora de Administracion de la Direccion Regional Nor Oriente San MORDAZA mediante Oficio Nº 471-2002-INPE/2305/RR-HH de fecha 4 de noviembre del 2002; en consecuencia, el citado servidor habria transgredido lo establecido en los articulos 10º y 39º (inciso b) del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para Trabajadores del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Resolucion de la Presidencia Nº 503-98-INPE-CR-P, asi como lo previsto en los incisos a) y c) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, incurriendo en faltas administrativas de caracter disciplinario establecidos en los incisos a) y k) del articulo 28º del acotado dispositivo legal, concordante con las faltas tipificadas en el literal k) numeral 6.2-k del Manual de Procedimientos para el Servicio de Seguridad en los Establecimientos Penitenciarios de la Republica, aprobado por Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario Nº 53095-INPE/CNP-P; Que, existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que el servidor del Establecimiento Penitenciario del Anexo de Iquitos de la Direccion Regional Nor Oriente San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, incurrio en las faltas administrativas de caracter disciplinario previstas en los incisos a) y k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con las faltas previstas en el literal k) numeral 6.2-k del Manual de Procedimientos para el Servicio de Seguridad en los Establecimientos Penitenciarios de la Republica, aprobado por Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario Nº 530-95-INPE/CNP-P; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y contandose con las visaciones de los Miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor del Establecimiento Penitenciario del Anexo de Iquitos de la Direccion Regional Nor Oriente San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente de Seguridad Penitenciario de Nivel Remunerativo SPF, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario y de ser necesario mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, a efectos de que el precitado servidor presente sus descargos ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el termino de ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 08433

Que, mediante Decreto Supremo Nº 020-2003-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano el 2 de marzo del 2003, se ha declarado feriados no laborables para el sector publico a nivel nacional los dias viernes 2 de MORDAZA, 29 de agosto y 26 de diciembre del 2003; Que el citado Decreto Supremo establece que las horas dejadas de laborar durante los mencionados feriados deberan ser compensadas en la semana posterior a los dias declarados feriados o en la oportunidad que establezca el Titular de la Entidad, en funcion a las necesidades propias de cada institucion; De conformidad con lo establecido en los incisos a) y l) del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer que las horas que dejen de laborar los trabajadores de la SUNARP y sus Organos Desconcentrados, el viernes 2 de MORDAZA, viernes 29 de agosto y viernes 26 de diciembre del ano 2003, se compensaran a razon de un hora diaria a partir de la hora de salida del centro laboral. Articulo 2º.- Dicha compensacion, se MORDAZA efectiva del 5 al 14 de MORDAZA, del 1 al 10 de setiembre del 2003 y del 5 al 14 de enero del 2004 respectivamente. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion a todas las Zonas Registrales de la SUNARP y al RPU, a fin que se difunda entre todos sus trabajadores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 08434

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente para el ejercicio presupuestal 2003
INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 018-2003-DE/IMA MORDAZA, 16 de MORDAZA del 2003 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE - IMA DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Visto, los Informes Nº 017-2003-DPE-IMA y Nº 0202003-RI-IMA/ERC; CONSIDERANDO:

SUNARP
Establecen compensacion de horas no laboradas por los trabajadores de la SUNARP y sus organos desconcentrados por los dias 2 de MORDAZA, 29 de agosto y 26 de diciembre de 2003
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 204-2003-SUNARP/SN MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2003

Que, el Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente ha programado para el ejercicio fiscal 2003 la ejecucion de actividades, proyectos y obras previstas en el POA 2003 en concordancia con el presupuesto institucional; Que, el Art. 7º del Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Art. 5º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecen que cada Entidad Publica debe elaborar un Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones que prevea el MORDAZA de bienes y servicios que se requieran durante el ejercicio presupuestal en los cuatro trimestres, el mismo que debe ser aprobado por la MORDAZA autoridad de la Institucion;

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