Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2003 (21/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003

bros de la Comision Especial, doctor MORDAZA MORDAZA Coha y doctora MORDAZA Murguia Sanchez; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 126-2003EF/10 de fecha 4 de MORDAZA del 2003, se instauro MORDAZA Administrativo Disciplinario al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a los doctores MORDAZA MORDAZA Coha y MORDAZA Murguia MORDAZA, a quienes se le atribuye haber cometido actos de accion y omision en el desempeno de sus funciones, en agravio de la Comision Especial Administradora del Fondo Economico Especial; Que en merito a la citada Resolucion Ministerial, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en aplicacion del articulo 163º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, ha procedido a la realizacion de una serie de diligencias orientadas a establecer la verdad factica de los hechos materia del MORDAZA, brindandole a los procesados todas las facilidades para que ejerciten los medios de defensa que la ley y las normas administrativas le franquean; Que con fecha 7 de MORDAZA de 2003, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Ministerial Nº 1262003-EF/10 de Instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario en contra de los procesados, siendo notificada mediante el referido diario oficial el 09 de MORDAZA de 2003, para los fines de Ley; habiendose apersonado solamente la doctora MORDAZA Murguia MORDAZA, quien presento su descargo escrito y pruebas de su defensa y, a su solicitud, con fecha 12 de MORDAZA de 2003, rindio su Informe Oral ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que la citada Comision luego de revisar y analizar los actuados y pruebas de descargo presentadas y escuchar el Informe Oral, en lo que atane a la doctora MORDAZA Murguia MORDAZA ha recomendado excluirla del presente MORDAZA, por encontrarse exenta de responsabilidad administrativa; Que en relacion a los procesados, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de ex Presidente y el doctor MORDAZA MORDAZA Coha, en su condicion de ex Miembro de la Comision Especial Administradora del Fondo Economico Especial, pese a estar notificados, no se han apersonado a desvirtuar los cargos formulados; manteniendose; en consecuencia, las pruebas de cargo por ser plenas directas y concluyentes en relacion a la gestion operativa y administrativa de la Comision Especial Administradora del Fondo Economico Especial; Que dichos hechos constituyen faltas disciplinarias previstas en el articulo 28º, incisos a), d) y h) el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, dado la gravedad de las mismas, la Comision ha recomendado la destitucion de los infractores; Que sin embargo, mediante articulo unico de la Resolucion Ministerial Nº 129-2000-EF/10 de fecha 06 de setiembre de 2000, se acepta la renuncia al cargo de Presidente de la Comision Especial creada por el Decreto de Urgencia Nº 019-98, encargada de administrar el Fondo Economico Especial a que se contrae el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 111-97, formulada por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados al Estado; Que asimismo, mediante articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 038-2003-EF/10 de fecha 3 de febrero de 2003, se cesa al doctor MORDAZA MORDAZA Coha en el cargo de miembro de la Comision Especial Administradora del Fondo Economico Especial a que se refiere el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 019-98; De conformidad a lo dispuesto en los articulos 155º inciso d) y 170º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- IMPONER la Sancion de DESTITUCION a los senores, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA y doctor MORDAZA MORDAZA Coha, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Modificar el articulo unico de la Resolucion Ministerial Nº 129-2000-EF/10 de fecha 6 de setiembre de 2000, de "aceptacion de renuncia al cargo" por "destitucion en el cargo" de Presidente de la Comi-

MORDAZA Especial creada por el Decreto de Urgencia Nº 01998, encargada de administrar el Fondo Economico Especial a que se contrae el articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 111-97, formulada por el ingeniero MORDAZA MORDAZA Villanueva. Articulo Tercero.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 038-2003-EF/10 de fecha 3 de febrero de 2003, de "cesar" por "destitucion" al doctor MORDAZA MORDAZA Coha en el cargo de miembro de la Comision Especial Administradora del Fondo Economico Especial a que se refiere el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 019-98 por destitucion al doctor MORDAZA MORDAZA Coha. Articulo Cuarto.- EXCLUIR del presente MORDAZA a la doctora MORDAZA Murguia MORDAZA, por encontrarse exenta de responsabilidad administrativa. Articulo Quinto.- DISPONER que la Oficina de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, proceda a notificar a las personas a que se contrae en el articulo primero y MORDAZA, con la presente Resolucion, el Informe Final Nº 001-2003-COMISION ESPECIAL DE PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS, para el ejercicio de su derecho a la defensa, en la forma y modo que establece el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 09568

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI
DECRETO SUPREMO Nº 016-2003-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2000-EM, de fecha 10 de MORDAZA de 2000, se aprobo el Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/ VI, ubicado en la MORDAZA Talara, MORDAZA Noroeste del Peru, del departamento de MORDAZA, el mismo que fuera suscrito entre PERUPETRO S.A. y Sapet Development Peru Inc., Sucursal del Peru; Que, por Decreto Supremo Nº 021-2001-EM, de fecha 24 de MORDAZA de 2001, se agrego a la Primera Disposicion Final del Reglamento para la Aplicacion de la Regalia y Retribucion en los Contratos Petroleros, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-93-EM, el parrafo siguiente: "Tratandose de operaciones de explotacion de hidrocarburos en areas de produccion reducida o marcadamente declinante y que requieren de nuevas y significativas inversiones para incrementar la produccion a criterio de PERUPETRO S.A., se podra reducir la regalia o retribucion acordada en funcion al incremento de produccion que se obtenga"; Que, mediante Carta Nº VII/VI-125-2001, de fecha 7 de diciembre de 2001, Sapet Development Peru Inc., Sucursal del Peru, manifesto a PERUPETRO S.A. su intencion de efectuar un programa de inversiones para incrementar la produccion del Lote VII/VI y obtener modificaciones a la Regalia, acogiendose a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 021-2001-EM; Que, PERUPETRO S.A., mediante Carta Nº GGRLSUPC-1385-2001, de fecha 14 de diciembre de 2001, comunico a Sapet Development Peru Inc., Sucursal del Peru, su decision de iniciar la negociacion correspondien-

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