Norma Legal Oficial del día 21 de Mayo del año 2003 (21/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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te, a efectos de proceder a la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, conforme al Decreto Supremo Nº 021-2001EM; Que, el articulo 12º de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 27377, Ley de Actualizacion en Hidrocarburos, dispone que los Contratos, una vez aprobados y suscritos solo podran ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y, que las modificaciones seran aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 023-2003, de fecha 25 de marzo de 2003, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI; De conformidad con los incisos 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, modificada por Ley Nº 27377, Ley de Actualizacion en Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000EM, para los fines a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y Sapet Development Peru Inc., Sucursal del Peru. Articulo 2º.- Autoricese a PERUPETRO S.A. a suscribir con Sapet Development Peru Inc., Sucursal del Peru, la Modificacion del Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en el Lote VII/VI, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 09567

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003 y Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Nacional de Turismo, del Viceministerio de Turismo, a la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, Republica de Colombia, del 22 al 25 de MORDAZA de 2003, para que asista a la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 280,00 US$ 800,00 US$ 28,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el funcionario autorizado mediante el Articulo 1º, presentara al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en la reunion a la que asistira y la correspondiente rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09395

INTERIOR
Sancionan con amonestacion escrita y cese temporal a ex funcionarios de la DICSCAMEC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0824-2003-IN/0102
MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2003

MINCETUR
Autorizan viaje de funcionario a Colombia para que asista a la "XVII Reunion del Comite MORDAZA de Autoridades de Turismo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 185-2003-MINCETUR/DM
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2003 Visto el Memorandum Nº 359-2003-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo; CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de MORDAZA Fe de Bogota, Republica de Colombia, se llevara a cabo entre los dias 22 al 24 de MORDAZA de 2003, la "XVII Reunion del Comite MORDAZA de Autoridades de Turismo - CAATUR"; Que, en dicha reunion se evaluara el Plan de Trabajo del Comite MORDAZA de Autoridades de Turismo - CAATUR para el periodo 2003-2004; asimismo se evaluaran los avances de los proyectos en curso en materia de turismo de los paises miembros de la Comunidad Andina; Que, los temas que se trataran en dicha reunion, son de interes para nuestro MORDAZA como integrante de la Comunidad MORDAZA de Naciones - CAN, por lo que es conveniente autorizar la participacion de un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Visto el Informe Nº 02-2003-IN-CEPAD-R.M. Nº 01522003-IN y Actas de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior conformada por Resolucion Ministerial Nº 1661-2002IN/0901 del 9 de setiembre del 2002 y modificada por la Resolucion Ministerial Nº 0152-2003-IN del 10 de febrero del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0436-2003-IN-0102 de fecha 4 de MORDAZA del 2003 se aperturo MORDAZA Administrativo Disciplinario a los funcionarios y ex funcionarios, de la Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC), siguientes: Gral. Brig. EP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA HIGUERAS, ex Director General de la DICSCAMEC; Gral. PNP ® MORDAZA MIJICHICH TABERA, ex Director General de la DICSCAMEC; Tnte. Crnl. EP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de Control de MORDAZA, Municion y Explosivos; CPC MORDAZA UGARTE MORDAZA, Director de la Oficina de Administracion de DICSCAMEC; abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la Oficina de Asesoria Legal de la DICSCAMEC; economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la DICSCAMEC; economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA NEGRON, Subdirectora de Explosivos y Artificios Pirotecnicos de la DICSCAMEC; Que, en la acotada Resolucion Ministerial Nº 04362003-IN-0102 se precisaron los cargos que se imputaban a cada uno de los funcionarios y ex funcionarios citados;

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