Norma Legal Oficial del día 02 de Noviembre del año 2003 (02/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 2 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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etapas siguientes del MORDAZA, retrotrayendose al momento anterior a aquel en que se produjo dicho incumplimiento, que segun el articulo 26º del mismo cuerpo normativo y 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando se prescinde de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, procedera la Nulidad de Oficio; De conformidad con el articulo 9º inciso i) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Suprema Nº 054-91-EM/VEM; Con la opinion Favorable del Director Ejecutivo, del Director General de Asesoria Juridica y del Director General de Administracion: SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad de Oficio de las etapas del MORDAZA de seleccion de la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 0643-2003/IPEN "Adquisiciones de Proyectores Multimedia", posteriores a la Convocatoria, retrotrayendose el mismo a esta etapa. Articulo Segundo.- Publiquese la presente Resolucion de acuerdo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 20059

Que las guias telefonicas elaboradas por la empresa TELEFONICA PUBLICIDAD E INFORMACION PERU S.A.C., constituyen un medio masivo a traves del cual se realiza la publicacion de direcciones y numeros telefonicos en el ambito nacional, contando con una cobertura de distribucion unica en el pais; Que a traves del Informe Legal Nº 031-2003-SUNAT2B2300, la Division Juridico Administrativa de esta Superintendencia opina que el referido servicio califica como servicio que no admite sustituto, encontrandose la contratacion comprendida en los alcances del supuesto establecido en el inciso f) del Articulo 19º del citado Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que lo expuesto en los citados Informes justifican tecnica y legalmente la contratacion de la referida empresa mediante la exoneracion del MORDAZA de seleccion MORDAZA senalado, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo establecido en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de publicacion de las direcciones y numeros telefonicos de las Oficinas de la SUNAT, en las Guias Telefonicas de paginas MORDAZA y amarillas para MORDAZA y de paginas MORDAZA para provincias (zonas norte, sur y centro), con la empresa TELEFONICA PUBLICIDAD E INFORMACION PERU S.A.C.; y consecuentemente, autorizar a la Intendencia Nacional de Administracion a contratar dichos servicios mediante Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 2º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a S/. 178,069.71 (Ciento setenta y ocho mil sesenta y nueve y 71/100 nuevos soles), incluido impuestos, importe que sera financiado con recursos propios. Articulo 3°.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 20021

SUNAT
Exoneran del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion del servicio de publicacion en guias telefonicas
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 202-2003/SUNAT MORDAZA, 30 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas, las contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20° de dicho texto legal; Que no existe en el MORDAZA una empresa que preste el servicio con caracteristicas similares, por lo que el servicio se cataloga como uno que no admite sustitutos; Que en los Articulos 105º y 116º del referido Reglamento se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que en la resolucion exoneratoria debera indicarse el organo que se encargara de Ilevar a cabo la contratacion y, que una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases; Que segun el Informe Tecnico remitido con Memorandum Nº 681-2003-1A1000 de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional de esta Superintendencia, la SUNAT como entidad del Estado debe poner a disposicion de los contribuyentes, responsables, operadores del comercio exterior y publico en general, los numeros telefonicos y las direcciones de sus oficinas ubicadas en el ambito nacional, para facilitar su ubicacion y comunicacion para la realizacion de diversos tramites y el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias; Que para tal efecto, se requiere contratar los servicios de publicacion de las direcciones y numeros telefonicos de las Oficinas de nuestra institucion, a traves de guias telefonicas para MORDAZA y provincias (zonas norte, sur y centro);

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2003-2011
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 068-2003-SO-GRL
Iquitos, 11 de octubre del 2003 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, en sesion ordinaria de Consejo de fecha 11 de octubre del 2003, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el inciso b) del articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR EL PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO 2003-2011. Articulo Segundo.- La Gerencia General, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y la Oficina Regional de Asesoria Juridi-

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