Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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nomia y Finanzas y entrara en vigencia el dia de su publicacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 21222

cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera el 15 de enero de 2012 y la MORDAZA el 15 de MORDAZA de 2017. La operacion de Endeudamiento Externo devengara una tasa de interes LIBOR a seis (6) meses mas un margen fijo a ser determinado por el BIRF, de acuerdo con su politica de operaciones. El referido Endeudamiento Externo estara sujeto a una comision de compromiso respecto de los saldos no desembolsados del prestamo del 0,85% anual hasta el MORDAZA ano y 0,75% anual en lo sucesivo, asi como a una comision de financiamiento de 1% sobre el monto del prestamo. Articulo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora del "Prestamo Programatico de Reforma Social III" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - UCPS. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el Contrato de Prestamo de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda

Aprueban operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada con el BIRF , denominada "Prestamo Programatico de Reforma Social III"
DECRETO SUPREMO Nº 166-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 17º de la Ley Nº 27881, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, modificado por la Ley Nº 28045, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 200 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de Endeudamiento Externo con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento -BIRF-, hasta por un monto de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Prestamo Programatico de Reforma Social III", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al literal d) del articulo 17º de la Ley Nº 27881, modificada por la Ley Nº 28045, subprograma "Apoyo a la Balanza de Pagos"; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 6º de la Ley Nº 27881, modificada por la Ley Nº 28045; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de Endeudamiento Externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 5 y en la Ley Nº 27881, modificada por la Ley Nº 28045; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento -BIRF- hasta por la suma de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Prestamo Programatico de Reforma Social III". La cancelacion de la operacion de dicho Endeudamiento Externo se efectuara en catorce (14) anos, mediante

El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la presente operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de noviembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 21223

INTERIOR
Conceden nacionalidad peruana a ciudadanos pakistani y palestino
RESOLUCION SUPREMA Nº 0594-2003-IN-1606 MORDAZA, 3 de noviembre del 2003 Visto, la solicitud y documentos presentados por don MORDAZA MORDAZA RAMZAN de nacionalidad pakistani, sobre otorgamiento de la nacionalidad peruana por naturalizacion que obran en el Expediente administrativo Nº 25220 del 25 de setiembre del 2002. CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente administrativo Nº 25220 del 25.SET.2002 el ciudadano MORDAZA MORDAZA RAM-

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