Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 2003 (14/11/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

Pag. 255064

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

CLAUSULA DECIMO SEXTA: Todos los tributos que se generen como consecuencia de la celebracion y ejecucion de este contrato seran de cargo de LA EMPRESA. COMPETENCIA TERRITORIAL: CLAUSULA DECIMO SETIMA: Las controversias que se generen con motivo de la celebracion y ejecucion de este contrato, se someten a decision arbitral. DOMICILIO: CLAUSULA DECIMO OCTAVA: Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecucion de este contrato, MORDAZA senalan como sus respectivos domicilios los indicados en la parte introductoria del presente documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtira efecto desde la fecha de comunicacion de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito. APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY: CLAUSULA DECIMO NOVENA: En lo no previsto por las partes en el presente contrato, MORDAZA se someten a lo establecido por las disposiciones del Codigo Civil y demas del sistema juridico que resulten aplicables. CLAUSULAS ADICIONALES CLAUSULA VIGESIMA: LA EMPRESA podra establecer Clausulas Adicionales a las establecidas en el presente Contrato, siempre y cuando estas no excedan ni contradigan las disposiciones establecidas en las Clausulas Generales del mismo. En senal de conformidad las partes suscriben este documento en la cuidad de MORDAZA, a los ...... dias del mes de ...... de 200... LA EMPRESA EL ARMADOR

a las condiciones establecidas en el articulo 1º y en los literales c), d) y g) del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE. CLAUSULA SEGUNDA: EL ARMADOR es propietario/poseedor de la embarcacion pesquera denominada "............" de matricula ............................, con permiso de pesca vigente otorgado mediante Resolucion ........................ . OBJETO DEL CONTRATO: CLAUSULA TERCERA: Por el presente contrato LA EMPRESA se obliga a suministrar al Ministerio de la Produccion y a EL ARMADOR los datos de localizacion y los valores de los demas parametros suministrados por el equipo satelital instalado a bordo de la embarcacion descrita en la Clausula MORDAZA, de acuerdo a las condiciones establecidas en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0312003-PRODUCE. Por su parte, EL ARMADOR se compromete a pagar puntualmente a LA EMPRESA por la prestacion del servicio y uso del equipo satelital, segun las condiciones que se establecen en las Clausulas Adicionales del presente Contrato. CARACTERES Y FORMA DE PRESTAR EL SERVICIO: CLAUSULA CUARTA: Los servicios de localizacion geografica y recoleccion de datos dentro del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, seran realizados por LA EMPRESA de acuerdo a las condiciones establecidas en el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE y las demas que las partes establezcan en las Clausulas Adicionales del presente Contrato. CLAUSULA QUINTA: Los servicios objeto de prestacion a cargo de LA EMPRESA tienen caracter exclusivo, salvo que por razones de caso fortuito o fuerza mayor lo autorice expresamente y por escrito el Ministerio de la Produccion. PLAZO DEL CONTRATO:

Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 447-2003-PRODUCE CONTRATO MORDAZA DE PRESTACION DE SERVICIOS DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO SATELITAL - (SISESAT) Conste por el presente documento el CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS que celebran, de una parte......................................................................., identificado con D.N.I. Nº................, en representacion de ................................................................ .................................................................................., con R.U.C. Nº..................., debidamente inscrita en ... .............................................., con domicilio legal en ...................................................................................... a quien en adelante se le denominara LA EMPRESA y de la otra parte ......................................................, en representacion de ............................................. ...................................................................................., con R.U.C. Nº..................., debidamente inscrita en ............................................., con domicilio legal en ..................................................................................... a quien en adelante se le denominara EL ARMADOR, en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULAS GENERALES ANTECEDENTES: CLAUSULA PRIMERA: LA EMPRESA ha sido calificada apta por el Ministerio de la Produccion para brindar servicios especializados de localizacion geografica y recoleccion de datos dentro del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, utilizando equipos satelitales instalados a bordo de las embarcaciones pesqueras, de acuerdo

CLAUSULA SEXTA: El presente Contrato tendra vigencia a partir de la fecha de instalacion y puesta en operacion del equipo satelital hasta que el Ministerio de la Produccion declare mediante Resolucion Ministerial la culminacion del MORDAZA Provisional para la implementacion del Sistema de Seguimiento Satelital, establecido mediante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRODUCE. RESOLUCION: CLAUSULA SETIMA: Cualquiera de las partes podra resolver unilateralmente el presente Contrato, con la sola comunicacion por escrito a la otra parte, en un plazo no menor de cuarentiocho (48) horas. De ser EL ARMADOR quien comunica la voluntad de resolucion del presente Contrato, debera contar con la previa autorizacion de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, de conformidad con lo establecido en los literales a) y b) del articulo 5º del Decreto Supremo Nº 0312003-PRODUCE. De ser LA EMPRESA quien comunica la voluntad de resolucion del presente Contrato, debera adjuntar a la comunicacion de resolucion remitida a EL ARMADOR, la propuesta para la suscripcion del Contrato MORDAZA establecido en la MORDAZA de las Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: CLAUSULA OCTAVA: EL ARMADOR esta obligado a pagar la retribucion objeto de la prestacion a su cargo, en

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.