Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La empresa HELINKA S.A.C. requiere para realizar sus actividades aereas el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion, y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11º.- La empresa HELINKA S.A.C., dada la naturaleza de sus operaciones, podra realizar actividades aereas en zonas de operacion conforme a lo establecido en el Articulo 16º de la Ley de Aeronautica Civil, siempre que cuente con la autorizacion de dichas operaciones ante la Direccion de Seguridad Aerea y la Direccion de Circulacion Aerea, conforme al articulo precedente. Articulo 12º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de HELINKA S.A.C., de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 13º.- La empresa HELINKA S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 14º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 19927

Que, la empresa TRANSPORTES FRATERNIDAD EIRL, se encuentra debidamente inscrita en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20451011261; Que, mediante Informe Nº 279-2003-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 357-2003-MTC/13.al, del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada por la recurrente, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de operacion solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legislativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 0412002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de la empresa TRANSPORTES FRATERNIDAD EIRL., para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en toda la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: : Nacional o cabotaje : Irregular; en toda la hoya amazonica TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros) Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con la embarcacion de su propiedad denominada M/F "Fraternidad" con matricula IQ-8562-MF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el Articulo 1º, tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. La renovacion debera ser solicitada por la empresa recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte de sus Titulares, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, lo dispuesto por la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a las Capitanias de Puerto de Iquitos, Pucallpa y Yurimaguas y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, para su conocimiento y fines. Articulo 7º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General Direccion General de Transporte Acuatico 20993 TRAFICO SERVICIO

Otorgan permiso de operacion a favor de empresa para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto en trafico nacional o cabotaje
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 351-2003-MTC/13 MORDAZA, 10 de noviembre de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 014991-2003, presentada por la empresa TRANSPORTES FRATERNIDAD EIRL., mediante la cual solicita Permiso de Operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en toda la Hoya Amazonica, en trafico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o juridicas, que lo soliciten; Que, la empresa TRANSPORTES FRATERNIDAD EIRL, ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en toda la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje;

VIVIENDA
Aprueban Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional - BFH
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 247-2003-VIVIENDA MORDAZA, 13 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declaro de interes nacional la creacion y desarrollo del Proyecto Techo Propio, en el ambito del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y bajo la

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