Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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REQUISITOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS CALIFICACION

NORMAS LEGALES
DEPENDENCIA DEPENDENCIA DONDE SE QUE INICIA EL APRUEBA PROCEDIMIENTO EL TRAMITE RECURSO DE RECONSIDERACION

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003
RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION RECURSO DE APELACION RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

38. ACCESO A INFORMACION QUE POSEE O PRODUCE EL RENIEC: Acceso a informacion que posee o produce el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con excepcion de aquella informacion que afecte la intimidad personal y las excepciones previstas de la Ley Nº 27806 y su Reglamento o por razones de seguridad nacional, asi como por encontrarse el expediente administrativo en tramite o por carecer de la informacion solicitada. 1. Solicitud dirigida a la Jefatura Regional de la jurisdiccion correspondiente o a la Subjefatura Nacional si el pedido es presentado en MORDAZA, precisando lo siguiente: a) Nombres, apellidos completos, documento de identidad, domicilio. tratandose de menores de edad no sera necesaria la MORDAZA del documento de identidad. b) De ser el caso, numero de telefono y/o correo electronico; c) Firma del solicitante o huella digital, de no saber firmar o estar impedido de hacerlo; d) Expresion concreta y precisa del pedido de informacion; 2. Declaracion Jurada del solicitante comprometiendose a cancelar el costo incurrido por la reproduccion o MORDAZA de la informacion al momento de ponerse este a su conocimiento. Reproduccion: MORDAZA fotostatica por folio: 0.010 % UIT MORDAZA en unidad disquete o CD-ROM: 0.15 % UIT Evaluacion previa Agencias RENIEC opera el silencio o Tramite administrativo Documentario negativo, si transcurridos 7 dias utiles o cuando se MORDAZA comunicado la prorroga de 5 dias utiles, la entidad no emite pronunciamiento alguno Sub jefatura Nacional o Jefaturas Regionales Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que la denegatoria es puesta en conocimiento del solicitante o de haber quedado tacitamente denegado el pedido, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba. Es de tramite gratuito. Subjefatura Nacional o Jefaturas Regionales Dentro de los 15 Jefatura dias habiles Nacional posteriores a la fecha en que la denegatoria es puesta en conocimiento del solicitante o de haber quedado tacitamente denegado el pedido. Es de tramite gratuito

Articulo Tercero.- Queda vigente el contenido de la Resolucion Jefatural Nº 428-2003-JEF/RENIEC, que no hubiera sido modificado por la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 21136

Autorizan prorroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en la provincia de Ilo, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 546-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 12 de noviembre de 2003 VISTO: El Informe Nº 779-2003/GAJ/RENIEC, de fecha 6 de noviembre de 2003, y lo demas que contiene; CONSIDERANDO: Que, a traves del informe Nº 415-2003-GAD/DSG de la Division de Servicios Generales, se hace saber la necesidad de la prorroga del contrato de arrendamiento Nº 55492000-05-00-00, ubicado en las Galerias Fercast local Nº 110 de la MORDAZA MORDAZA Nºs. 408 y 412 del distrito de Ilo, provincia de Ilo y departamento de Moquegua; Que mediante Oficio Nº 890-2003-GPP/RENIEC, acompanado del informe Nº 989-2003-RENIEC/GPP-DP de la Division de Presupuesto de fecha 30 de octubre de 2003, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto informa que se han hecho las modificaciones presupuestales necesarias para que la prorroga del contrato de alquiler del local de la agencia del distrito de Ilo cuente con una cobertura presupuestal por el periodo de un ano por un monto de tres mil dolares americanos, contando asimismo con la comunicacion del propietario donde expresa su voluntad de renovar el contrato por un ano adicional bajo los terminos y condiciones vigentes; Que, de acuerdo con el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad debera definir con

precision la cantidad y caracteristicas de los bienes, servicios y obras que se van adquirir o contratar, para tal efecto MORDAZA de iniciar los procesos de seleccion que correspondan, coordinara con las dependencias de las cuales provienen los requerimientos y efectuara los estudios de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, de modo que se cuente con la informacion suficiente para la descripcion y especificaciones de los bienes, servicios u obras; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su articulo 19º inciso g) prescribe lo siguiente "...se exonera del MORDAZA de seleccion....para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor"; y el articulo 20º del mismo cuerpo legal agrega que en el caso referido, la adquisicion o contratacion se realizara mediante el MORDAZA de menor cuantia; Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, En uso de las facultades conferidas en el articulo 11º de la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y el articulo 11º, inciso g) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion para la prorroga del contrato de arrendamiento Nº 55492000-05-00-00, del local ubicado en las Galerias Fercast local Nº 110 de la MORDAZA MORDAZA Nºs. 408 y 412 del distrito y provincia de Ilo, del departamento de Moquegua. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia de Administracion la prorroga del contrato de arrendamiento Nº

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