Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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DE LA PERDIDA DEL BENEFICIO

DEL PROCEDIMIENTO - FUNCIONES DE LA COMISION TECNICA Articulo 10º.- La Comision Tecnica luego de recepcionado el expediente seguira el siguiente procedimiento: a.- Declarar la INADMISIBILIDAD de la solicitud por la falta de algun requisito de forma en el expediente, el mismo que luego de ser derivado y posteriormente notificado, por el Secretario Tecnico de la comision, tendra el recurrente cinco dias habiles para subsanar la observacion, debiendo presentar el o los documentos por mesa de partes, para que se adjunte al expediente principal, bajo sancion de perder la opcion a solicitar el mismo beneficio, debiendo pasar a su revision. b.- Admitido el expediente sera derivado a la asistente social de la Municipalidad, la misma que MORDAZA la visita al recurrente para la respectiva evaluacion, teniendo cinco dias habiles para MORDAZA, debiendo en el termino de dicho plazo emitir el respectivo informe, el mismo que servira a la Comision Tecnica para la calificacion y MORDAZA del pedido del recurrente. c.- El primer miercoles de cada mes, la Comision Tecnica se reunira en la oficina del Presidente de la Comision, teniendo un minimo de asistencia de tres miembros, donde evaluaran los informes de la Asistente Social, pudiendo esta hacer una breve exposicion del caso. DE LAS FUNCIONES DE LA OFICINA DE ASESORIA TECNICA Articulo 11º.- La Oficina de Asesoria Tecnica debera confeccionar una tabla con los valores comparativos monetarios de la mano de obra calificada y no calificada, tomando como referencia prioritariamente los valores de CONATA o aquellos de MORDAZA que nos esten comprendidos en la valorizacion de CONATA. El Director de la Oficina de Asesoria Tecnica debera presentarla en la fecha de la Instalacion de la Comision Tecnica. DEL PROCEDIMIENTO DE LA VOTACION Articulo 12º.- El Presidente de la comision llamara a que se realice la votacion luego de revisado y expuesto el caso, el minimo para la aprobacion de la solicitud es de tres votos debiendo constar en el acta, esta votacion debera sustentarse en criterios de moralidad, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economia y trato MORDAZA, ninguno de los miembros podra votar en MORDAZA o abstenerse a hacerlo, teniendo el Presidente en caso de empate el MORDAZA dirimente, realizando luego el informe respectivo. Los miembros de la comision que voten por la improcedencia del recurso, deberan realizar un informe sustentatorio de la decision adoptada, teniendo 24 horas para ello. Cuando la solicitud de canje de servicio sea de forma comunal, se calificara primero individualmente a cada persona y luego se evaluara el proyecto presentado por estos, debiendose remitir el mismo al area correspondiente, quien debera presentar un informe a la Comision Tecnica en el plazo de tres dias, de ser positivo el informe, la Comision Tecnica la aprobara y remitira el expediente a la Oficina de Asesoria Tecnica para su calificacion, el cual debe hacerse en el plazo de tres dias, para su entrega a la Oficina de Secretaria General y se elabore la Resolucion respectiva. Articulo 13º.- Si el informe de la comision fuera de IMPROCEDENTE, debera enviarse el expediente a la Oficina de Secretaria General para la elaboracion de la Resolucion respectiva y su inmediata notificacion; por el contrario si fuera PROCEDENTE, de acuerdo a la calificacion, se incluira en el informe, el area administrativa donde se le designara al deudor que, mediante la modalidad de pago con servicios extinguira su deuda. Articulo 14º.- Aprobada la solicitud, el expediente sera derivado inmediatamente a la Oficina de Asesoria Tecnica, para que en el plazo de tres dias calendario realice la cuantificacion de los dias en que se debera dar el servicio y las fechas, en base a la tabla de calificacion de mano de obra; realizado este ultimo paso se enviara finalmente el expediente a la Oficina de la Secretaria General, para la expedicion de la Resolucion respectiva, la misma que sera notificada al recurrente, en el plazo de cinco dias.

Articulo 15º.- Se perdera el beneficio de canje por no prestar los servicios dentro del plazo, terminos y forma que senale la Resolucion. Articulo 16º.- Al (los) deudor (es) que se le (s) penalice con el articulo once no podra (n) volver a solicitar nuevamente el pago por canje de servicio por la misma deuda, debiendo comunicarse a la Oficina de Ejecucion Coactiva el cobro del total de la misma, adicionandole los intereses generados durante la tramitacion de la solicitud. DE LAS LIMITACIONES DEL BENEFICIO Articulo 17º.- Seran regidos por el presente Reglamento aquellos contribuyentes que MORDAZA catalogados como CASO SOCIAL, las empresas y deudores mayores podran acceder al canje de la deuda por servicio normada en la Ordenanza Municipal Nº 007-2000. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La propuesta del servicio que presente el recurrente sera tomada en cuenta, pero no sera concluyente en la disposicion o el requerimiento del servicio. Segunda.- El presente beneficio no genera vinculo laboral alguno con la Municipalidad y el deudor, por lo que con este se esta dando cumplimiento al mandato legal del Codigo Tributario, en aceptar el pago de la deuda mediante el canje de servicios. Tercera.- Instalese en el plazo de cinco dias, luego de la publicacion del presente Reglamento la Comision Tecnica conformada mediante la presente Ordenanza. Cuarta.- Para los criterios de evaluacion, se debera considerar, que los servicios a canjear, deberan satisfacer las necesidades especificas de las areas de la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA, aun cuando no se encuentran dentro del plan de adquisiciones, por cuanto deberan servir como objetivo principal el satisfacer el pago de las deudas tributarias. Quinta.- Para los efectos de hacer uso de la Facultad de Contradiccion se actuara segun lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 27444 pudiendo presentar el Recurso de Reconsideracion de acuerdo al articulo 208º de la referida ley. Sexta.- El Recurso de Reconsideracion: Se interpondra ante el mismo organo que dicto el acto, materia de la impugnacion, y constituyendo unica instancia no se requerira nueva prueba. El plazo de interposicion del recurso es de quince dias, debiendose absolver el mismo, en la siguiente sesion de la Comision Tecnica. Este recurso sera presentado ante la Comision Tecnica en el caso de que la solicitud presentada hubiera sido declarada improcedente. Setima.- El computo de los plazos se regira por lo especificado en los articulos 183º y 184º del Codigo Civil y el articulo 134º de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 27444. Octava.- Los contribuyentes que realicen el canje de deuda por servicio, dependiendo de la naturaleza de este, estaran sujetos al Seguro Integral de Salud creado por Ley Nº 27657 publicada el 29.01.2002, debiendo cancelar anticipadamente el monto requerido por este Organismo Publico Descentralizado, el procedimiento para el acceso a este seguro se realizara de acuerdo a lo estipulado por la entidad descentralizada. Novena.- Encargar el cumplimiento de la presente disposicion a la Direccion de Rentas, Oficina de Administracion, Direccion de Desarrollo Humano, Oficina de Asesoria Juridica, con el apoyo de los demas Organos y Direcciones de esta Municipalidad. 21112

Autorizan MORDAZA de Declaraciones Juradas Masivas en el distrito hasta el 29 de noviembre de 2003
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 069-MVES MORDAZA El MORDAZA, 28 de octubre del 2003

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