Norma Legal Oficial del día 20 de Noviembre del año 2003 (20/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2003

gastos generales y utilidad del contratista que corresponde a esos montos. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra. Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueban por la presente resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geograficas son los siguientes:

a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MATUK MORDAZA Jefe

ANEXO RESOLUCION JEFATURAL Nº 384-2003-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACION DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACION CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 AL 31 DE OCTUBRE DEL 2003 AREAS GEOGRAFICAS Nº 1 2 3 4 5 6 Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. Resto Total Elem. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0003 0.9993 1.0009 1.0010 1.0013 0.9997 1.0003 0.9993 1.0009 1.0010 1.0013 0.9997 OBRAS DE EDIFICACION Edificacion de 1 y 2 Pisos Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) (Terminada) M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 0.9999 0.9986 1.0005 1.0013 1.0022 0.9992 0.9999 0.9986 1.0005 1.0013 1.0022 0.9992 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0004 0.9995 1.0007 1.0010 1.0019 0.9999 1.0004 0.9995 1.0007 1.0010 1.0019 0.9999

Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) M.O. Resto Total Elem. 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 1.0000 0.9990 1.0005 1.0011 1.0020 0.9994 1.0000 0.9990 1.0005 1.0011 1.0020 0.9994

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INPE
Sancionan con destitucion a servidor de la Direccion Regional MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 717-2003-INPE/P MORDAZA, 27 de octubre de 2003 VISTO, el Informe Nº 087-2003-INPE-CPPAD de fecha 16 de octubre de 2003 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y el Informe Nº 0212003-INPE/03 del Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial del Instituto Nacional Penitenciario Nº 604-2003-INPE-P de fecha 12 de setiembre de 2003, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA Mautino MORDAZA MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario, en merito al contenido del escrito y copias certificadas de la sentencia judicial presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, padre de la menor agraviada, sobre los hechos ilicitos que fueron materia de condena penal por delito contra el pudor cometido por el precitado servidor el 14 de MORDAZA de 1999, evidenciandose que independientemente de la condena penal, incurrio en presuntas faltas administrativas de caracter disciplinario, al haber transgredido como servidor publico las reglas de conducta que impone la ley, al no conducirse con dignidad en su MORDAZA social, danando con su accionar ilicito la imagen de la institucion ante la opinion publica, cargo que fue debidamente especificado en el MORDAZA considerando de la resolucion de instauracion de MORDAZA administrativo disciplinario senalada precedentemente; Que, de la revision del expediente administrativo, se desprende que el servidor MORDAZA Mautino MORDAZA MORDAZA fue notificado el 12 de setiembre de 2003, con la

Resolucion Presidencial del Instituto Nacional Penitenciario Nº 604-2003-INPE-P de fecha 12 de setiembre de 2003, a traves de la Notificacion Nº 498-2003-INPE/OGA-ORH, presentando su descargo escrito el 26 de setiembre de 2003 e informe oral el 10 de octubre de 2003, al MORDAZA de lo previsto en los articulos 169º y 171º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, del estudio y analisis del descargo escrito e informe oral formulado por el servidor MORDAZA Mautino MORDAZA MORDAZA, asi como de las pruebas que adjunta, se ha establecido que la sentencia de condena condicional consentida y ejecutoriada recaida contra el citado servidor publico por la comision del delito contra la MORDAZA Sexual - Actos contra el Pudor de Menor, presentado por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, padre de la menor agraviada, a traves del escrito de fechas 13 de setiembre y 11 de octubre de 2002, respectivamente, no fue comunicado al titular del pliego del INPE debido a que la citada autoridad no era parte en dicho MORDAZA judicial, en razon de que el ilicito penal cometido por el mencionado servidor no estaba relacionado con las funciones asignadas en el Instituto Nacional Penitenciario, ademas, que dicha sentencia judicial de caracter condicional no contiene como pena accesoria la inhabilitacion para ejercer empleo, cargo o comision de caracter publico del servidor sentenciado MORDAZA Mautino MORDAZA MORDAZA, por lo que la queja administrativa planteada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el aludido servidor del Instituto Nacional Penitenciario, no guarda relacion alguna con el servicio de seguridad penitenciaria que viene prestando actualmente dentro de la Entidad, ya que los hechos ocurrieron fuera de las instalaciones del recinto penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, asi como fuera del horario laboral del referido servidor. Sin embargo, dicha conducta ilicita del servidor MORDAZA Mautino MORDAZA MORDAZA, evidenciada en la sentencia judicial de condena condicional emitida por la MORDAZA Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de fecha 9 de noviembre de 2000, causa repulsion en el consenso social; Que, asimismo, se ha determinado que la condena penal de caracter condicional en contra del servidor Abra-

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