Norma Legal Oficial del día 20 de Noviembre del año 2003 (20/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 20 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA
Autorizan arrendar inmueble ubicado en la provincia de MORDAZA mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION Nº 037-2003-UIF MORDAZA, 19 de noviembre de 2003 EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA VISTO: El Informe Tecnico Nº UIF 011-UIF-DAF, de la Direccion del Area de Administracion, de fecha 18 de noviembre de 2003, y el Informe Legal Nº 005-UIF-DAL, de la Direccion del Area Legal, de fecha 18 de noviembre de 2003; y CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en sus articulos 1º y 2º establece sus alcances y ambito de aplicacion, senalando que se encuentran sujetas a la MORDAZA todas las Entidades del Sector Publico, con personeria juridica de derecho publico y las entidades reguladas por la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; Que, mediante Ley Nº 27693, se creo la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru - UIF, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia funcional, tecnica y administrativa, encargada del analisis, tratamiento y transmision de informacion para prevenir y detectar el MORDAZA de dinero o activos; encontrandose la UIF dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la misma que requiere contar con un local institucional apropiado, el cual debe contar con los requisitos y caracteristicas especiales adecuados a la naturaleza de sus funciones como aparece del Informe Tecnico Nº UIF 011-UIF-DAF; Que, mediante Resolucion Nº 024-2003-UIF de fecha 28 de octubre de 2003, se aprobo la exoneracion del MORDAZA de seleccion mediante Concurso Publico para el arrendamiento del inmueble ubicado en Av. Canaval Moreyra Nºs. 452-454, oficina 1601, piso 16, San MORDAZA, MORDAZA y sus bienes accesorios que son los cinco estacionamientos Nºs. 52, 71, 72, 73 y 74; Que, mediante Resolucion Nº 030-2003-UIF de fecha 12 de noviembre de 2003, se deja sin efecto la Resolucion Nº 024-2003-UIF, debido a que los propietarios del inmueble expresaron su decision de no celebrar un contrato de arrendamiento con la UIF por tratarse de una entidad estatal; Que, mediante Comunicacion de fecha 17 de noviembre de 2003, el Banco Standard Chartered expresa su voluntad de ofrecer en alquiler, el inmueble ubicado en Av. Canaval Moreyra Nºs. 452-454, piso 05, San MORDAZA, MORDAZA y sus bienes accesorios que son los estacionamientos Nºs. 25, 38, 39, 40 y 41 ubicados en la misma direccion. Ofrecimiento que rige a partir de la fecha de la comunicacion; Que, el edificio ubicado en Av. Canaval Moreyra Nºs. 452-454, San MORDAZA, MORDAZA, tiene la condicion de bien unico, segun los informes tecnico y legal que sustentaron la Resolucion Nº 024-2003-UIF de fecha 28 de octubre de 2003, oportunidad en la cual, la unica oficina que se identifico como ofertada en alquiler en dicho edificio con las caracteristicas requeridas por la UIF, era la oficina 1601, piso 16, y sus bienes accesorios que son los cinco estacionamientos Nºs. 52, 71, 72, 73 y 74; razon por la cual, se les confirio condicion de bien unico; Que, frente a la negativa de los propietarios de la oficina 1601, piso 16 y sus bienes accesorios que son los cinco estacionamientos Nºs. 52, 71, 72, 73 y 74, de alquilar la misma a entidad estatal, y que con posterioridad a la Resolucion Nº 030-2003-UIF de fecha 12 de noviembre de 2003, que dejo sin efecto la Resolucion Nº 024-2003-UIF que declaro bien unico la oficina MORDAZA citada, se ha recibido el ofrecimiento del Banco Standard Chartered de ofertar en alquiler la oficina detallada en el parrafo quinto;

Que, al ser el piso 05 del inmueble ubicado en Av. Canaval Moreyra Nº 452-454, San MORDAZA, MORDAZA y sus bienes accesorios que son los estacionamientos Nºs. 25, 38, 39, 40 y 41 ubicados en la misma direccion, el unico inmueble que reune las caracteristicas requeridas por la UIF dentro del edificio MORDAZA declarado como bien unico y ante la negativa del propietario de la oficina 1601 y sus accesorios de alquilar a entidad estatal el inmueble de su propiedad, el inmueble ofertado por el Banco Standard Chartered con posterioridad a la emision de la Resolucion Nº 030-2003UIF, ha adquirido la condicion de bien unico; Que, el Informe Tecnico Nº UIF 011-UIF-DAF emitido por la Direccion del Area de Administracion, sustenta tecnicamente que el inmueble ubicado en Av. MORDAZA Canaval Moreyra Nºs. 452-454, piso 05, San MORDAZA, y sus bienes accesorios que son los cinco estacionamientos Nºs. 25, 38, 39, 40 y 41 ubicados en la misma direccion, constituyen bien unico por lo que ha recomendado su declaracion como tal, senalando que la UIF cuenta con disponibilidad presupuestal, con cargo a los recursos donaciones y transferencias; Que, el Informe Tecnico Nº UIF 011-UIF-DAF precisa que el plazo contractual sera de tres anos, lo que es compatible con el articulo 119º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, la Direccion del Area Legal mediante Informe Legal Nº 005-UIF-DAL, ha evaluado la recomendacion del Area de Administracion ya referida, opinando por la procedencia legal de la exoneracion de acuerdo a lo senalado por el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 012-2001-PCM, que estipula que se encuentran exonerados de realizar los procesos de seleccion de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, los bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las adquisiciones y contrataciones exoneradas, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º del referido cuerpo reglamentario; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo 012-2001-PCM, en concordancia con los articulos 105º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Nº 27693, modificada por Ley Nº 28009, y el Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, Reglamento de la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion mediante Concurso Publico para el arrendamiento del inmueble ubicado en Av. MORDAZA Canaval Moreyra Nºs. 452-454, piso 05, San MORDAZA, MORDAZA, y sus bienes accesorios que son los cinco estacionamientos Nºs. 25, 38, 39, 40 y 41 ubicados en la misma direccion, para el funcionamiento del local institucional de la UIF por la causal de bien que no admite sustituto, por el periodo de tres (03) anos, autorizando la contratacion respectiva mediante el MORDAZA de menor cuantia por un monto total de US$144,000.00 (Ciento cuarenta y cuatro mil y 00/100 dolares americanos), por la fuente de financiamiento de recursos donaciones y transferencias. Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion del Area de Administracion de la UIF, adopte las acciones correspondientes a la contratacion mencionada en el articulo anterior, a traves de un MORDAZA de seleccion de adjudicacion de menor cuantia. Articulo Tercero.- Disponer que la Direccion del Area de Administracion haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente Resolucion y los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de su emision, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley de Contrataciones y

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