Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2003 (21/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Res. Nº 462-2003-GG/OSIPTEL.- Aprueban "Contrato para el uso de telefonos publicos" suscrito entre LATPERU S.A.C. y Telefonica del Peru S.A.A. 255620 Res. Nº 463-2003-GG/OSIPTEL.- Aprueban "Acuerdo Comercial para el uso de telefonos publicos" suscrito entre Nortek Communications S.A.C. y Telefonica del Peru S.A.A. 255621

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Ordenanza Nº 141-MDMM.- Modifican Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado por la Ordenanza Nº 024-MDMM 255627 Acuerdo Nº 058-2003-AC-MDMM.- Disponen contratar servicios de asesoria en temas de recuperacion y ejecucion de cobranzas coactivas mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia 255627 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO R.A. Nº 576.- Aprueban Estudio de Modificacion de la Seccion Vial de la Av. Lurigancho 255628 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES Ordenanza Nº 071-MDSMP.- Exoneran del pago de derechos por concepto de expedicion de partidas de Registro Civil a las personas con discapacidad, debidamente inscritas en el registro de la municipalidad 255629

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Res. Nº 1229-2003-GRL-P.- Rectifican resolucion que aprobo inclusion de MORDAZA de seleccion para el servicio de fotocopiado, anillado y espiralado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios del ano 2003 255622 Res. Nº 1231-2003-GRL-P.- Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Bienes y Servicios para el ejercicio 2003 255622

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza Nº 041-MDA.- Establecen el Procedimiento para Apelaciones que se interpongan contra actos dictados en los Procesos de Seleccion 255623 Ordenanza Nº 042-MDA.-Establecen disposiciones para el otorgamiento de autorizacion temporal de funcionamiento con certificado de compatibilidad de uso temporal conforme 255624

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA Acuerdo Nº 135-2003-MDSA-CM.- Aprueban adquisicion de unidad vehicular para uso oficial de funcionarios y personal de la municipalidad 255630 Acuerdo Nº 147-2003-MDSA-CM.- Aclaran extremo del Acuerdo de Concejo Nº 112-2003-MDSA-CM 255630

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28103
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Articulo 2º.- Informacion materia de rotulado El rotulado de los productos industriales es el area visible en condiciones usuales de exposicion donde es impresa en forma relevante la siguiente informacion: a) Nombre, denominacion o identificacion del producto. b) El numero de Registro de Productos Industriales Nacionales - RPIN. c) Cuando se trate de productos de consumo final, la MORDAZA registrada del mismo, si es que la tiene. d) MORDAZA de fabricacion del producto. e) Fecha de fabricacion y vencimiento para los productos perecibles, condiciones de conservacion y observaciones. En el caso de los alimentos, medicinas y otros productos perecibles, la fecha de vencimiento se consignara con arreglo a lo dispuesto en el Codex Alimentarius y las normas sanitarias aplicables. f) En el caso de bebidas, productos alimenticios, medicinas, productos de higiene, de limpieza, de aseo personal, asi como de pinturas, debera consignarse los ingredientes y aditivos empleados en su elaboracion, el peso neto y el peso escurrido, de ser el caso, asi como cualquier otra informacion establecida de acuerdo a los reglamentos sanitarios aplicables. g) La materia prima y demas insumos empleados en el caso de productos industriales manufacturados no incluidos dentro del literal e) anterior, que individualmente representen el 5% o mas en peso o en valor, lo que sea mayor. h) Nombre y domicilio legal en el Peru del fabricante, importador, envasador o distribuidor responsable,

LEY QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE ROTULAR LOS PRODUCTOS INDUSTRIALES MANUFACTURADOS QUE SON COMERCIALIZADOS EN EL PERU
Articulo 1º.- Rotulado obligatorio Establecese de manera obligatoria el rotulado para todos los productos industriales manufacturados en el MORDAZA o en el extranjero que MORDAZA comercializados en el territorio nacional, salvo de aquellos producidos en el Peru y que MORDAZA destinados a la exportacion, debiendo inscribirse directamente en el producto, en el envase o en las etiquetas adheridas al producto, la informacion exigida en la presente Ley.

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