Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2003 (21/11/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 255599

Que, el Comite Especial en atencion al referido Oficio Nº 309-2003(GTN/ATN), procedio a implementar las observaciones efectuadas, remitiendo nuevamente el proyecto al CONSUCODE; en efecto, la Subgerencia de Analisis Tecnico Normativo a traves del Oficio Nº 361-2003(GTN/ATN), comunico que el valor referencial no fue obtenido de conformidad con lo senalado en el articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que correspondia que la Entidad considere dentro del valor referencial el costo del transporte de los residuos solidos hasta el relleno sanitario, lo que a su vez significaba que las empresas intervinientes en el estudio de MORDAZA realizado cumplan ademas con las autorizaciones que ha prescrito la Ley Nº 27314 - Ley de Residuos Solidos, lo cual no habia sido cumplido por la Entidad; Que, en este contexto, atendiendo a que la estructura de costos elaborada en base al estudio de MORDAZA realizado por el Poder Judicial ha consignado unicamente el concepto "recojo de basura" por operario, resulta necesario se proceda conforme al articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; asimismo, es necesario establecer que empresas estan en condiciones de cumplir con el requerimiento de la Entidad y en funcion a su numero definir el MORDAZA y su valor referencial; Que, teniendo en cuenta lo precedentemente expuesto, se desprende que se han configurado las causales de nulidad establecidas en el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, razon por la cual debe declararse de oficio la Nulidad del citado MORDAZA de seleccion; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 26º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Administrativa Nº 083-2001-P-PJ, del 08 de agosto del 2001, concordante con el inciso d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de Oficio la Nulidad del Concurso Publico Nº 003-2003-GG-PJ para la contratacion del "Servicio de Limpieza para los locales del Poder Judicial - MORDAZA Lima", retrotrayendo el MORDAZA de seleccion hasta la etapa de convocatoria, previa reformulacion de bases. Articulo Segundo.- Disponer que la Subgerencia de Logistica a traves del area correspondiente, proceda a efectuar el estudio de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de modo que se cuente con la informacion para la descripcion de las especificaciones tecnicas del servicio a contratar, asi como para definir el valor referencial el cual debera ser calculado con arreglo al articulo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion al Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de seleccion referido en el Articulo Primero, a fin que proceda con arreglo al Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y sus modificatorias, teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del presente resolutivo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General 21646

Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2003
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 939-2003-GG-PJ MORDAZA, 18 de noviembre de 2003 VISTOS: Los Memorandums Nºs. 1536 y 1549-2003-GAF-GG/ PJ, de la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Memorandum Nº 1287-2003-OI-GG/PJ, de la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Administrativa Nº 0732003-GG-PJ, de fecha 23 de enero del ano en curso, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Poder Judicial para el ejercicio presupuestal 2003; Que, posteriormente, el referido documento de gestion fue modificado mediante las Resoluciones Administrativas Nº 349-2003-GG-PJ, Nº 377-2003-GG-PJ, Nº 118-2003P-PJ, Nº 148-2003-P-PJ, Nº 634-2003-GG-PJ, Nº 7812003-GG-PJ y Nº 890-2003-GG-PJ, con la inclusion y exclusion de procesos de seleccion; Que, la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Oficina de Infraestructura de la Gerencia General, a traves de los Memorandums de Vistos, solicitan la modificacion del Plan Anual, con la exclusion e inclusion de procesos de seleccion para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras a fin de cumplir con las metas del presente ano, conforme se detalla en el Anexo Nº 01; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual, deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo; anadiendo que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion, seran comunicadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los 10 dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, el articulo 6º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, podra ser modificado en cualquier momento durante el transcurso del ejercicio presupuestal correspondiente, y que toda modificacion debera ser aprobada por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Resolucion Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ y en uso de las atribuciones conferidas a la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ejercicio fiscal 2003, con la inclusion y exclusion de los procesos de seleccion que se detallan en el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas remita MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion y cautele que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones se encuentre en las Oficinas de la Subgerencia de Logistica a disposicion de los interesados para su revision. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. SUERO MORDAZA Gerente General 21647

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.