Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2003 (21/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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biernos Locales son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala en su articulo 79º, Inc. 3.6.6) que en materia de Organizacion del Espacio Fisico y Uso del suelo, las municipalidades distritales ejercen funciones especificas exclusivas de acuerdo a los planes y normas sobre la materia; Que, las competencias y funciones especificas municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, conforme lo establecido en el articulo VIII de la Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que la desafectacion o la reduccion de las Secciones Viales Normativas o de los Derechos de Via aprobados para las vias Expresas, Arteriales, Colectoras y Locales o de los Intercambios Viales de MORDAZA Metropolitana, corresponde en exclusividad al Concejo Metropolitano de MORDAZA mediante ordenanza, previa consulta y opinion de la respectiva Municipalidad Distrital; Que, el articulo 4º, Inc. 2), Politicas para el Desarrollo Local, de la Ordenanza Nº 011-MSJL que aprueba los Mecanismos de Participacion Vecinal para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; senala que la Gestion Municipal debera promover activamente la formalizacion de las actividades urbanas y concertar con la comunidad un ordenamiento territorial y de uso de suelo MORDAZA, a fin de proyectar adecuadamente el crecimiento y articulacion eficiente de las actividades y la movilidad urbana; Que, con fecha 10 de octubre del 2003, el area tecnica de la Division de Catastro, Planificacion y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, emitio el Informe Nº 020-03-LCGDCPHU/DDU/MSJL, en el cual se concluye en la conformidad del Estudio Tecnico de modificacion de la seccion vial de la avenida Lurigancho presentado con fecha 29 de agosto de 2003, precisando que es tecnicamente factible y que las nuevas componentes de la seccion vial propuesta se adecua a lo exigido para una via colectora; Que, con fecha 20 de octubre de 2003 la Jefatura de la Division de Catastro, Planificacion y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, emitio el Informe Nº 103-2003-DCPHU/DDU/MSJL en el que precisa que actualmente el sector donde se ubica la Av. Lurigancho esta conformada por una MORDAZA en MORDAZA de desarrollo y consolidacion representando un area potencial para el desarrollo industrial del distrito ademas de representar la columna vertebral para la ubicacion de las redes matrices de agua y desague para las nuevas habilitaciones urbanas residenciales y de las existentes en la MORDAZA, razon por lo que se hace necesario la aprobacion del citado estudio el mismo que encuentra conforme; Que, para un mejor ordenamiento y eficiencia de la administracion MORDAZA local, es necesario definir las secciones de las principales vias de la infraestructura MORDAZA vial del distrito, teniendo en cuenta los antecedentes mencionados y de conformidad con las competencias asignadas; Estando a lo expuesto, e informado por la Division de Catastro, Planificacion y Habilitacion MORDAZA, contando con el Visto MORDAZA de la Direccion de Desarrollo MORDAZA y el Visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica y a lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Estudio de Modificacion de la Seccion Vial de la Av. Lurigancho presentado con fecha 29 de agosto del 2003, y que forma parte de la presente resolucion, en el tramo Av. Proceres de la Independencia - Av. Santuario el mismo que contempla la modificacion de la seccion vial vigente de 44.00 ml para el tramo Av. Proceres de la Independencia - Av. Las MORDAZA a 30.00 ml. y la definicion de la seccion vial sujeta a estudio especifico para el tramo Av. Las MORDAZA - Av. Santuario a 18.00 ml., segun seccion vial que se adjunta como anexo a la presente Resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR la presente Resolucion a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su incorpo-

racion en el Plan Vial Metropolitano de acuerdo a lo senalado en la Ordenanza Nº 341 MML. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21610

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Exoneran del pago de derechos por concepto de expedicion de partidas de Registro Civil a las personas con discapacidad, debidamente inscritas en el registro de la municipalidad
ORDENANZA Nº 071-MDSMP San MORDAZA de Porres, 7 de noviembre de 2003 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 016-2003-CEPYP/MDSMP emitido por la Comision de Economia y Planificacion, atendiendo un pedido de la Regidora MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, para la expedicion gratuita de Partidas de Registro Civil a favor de las personas con discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de OMAPED con la finalidad que puedan el Documento Nacional de Identidad ante RENIEC; CONSIDERANDO: Que, mediante, Resolucion Jefatural Nº 333-2003-JEF/ RENIEC de fecha 17 de MORDAZA del 2003, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobo la MORDAZA de tramitacion y expedicion del Documento Nacional de Identidad para personas con discapacidad, adultos mayores que viven en hospicios, miembros de las comunidades nativas y menores de edad, en forma gratuita en numero de 67,500, a realizarse desde el 20 de MORDAZA hasta el 31 de diciembre del 2003; Que, segun lo dispuesto por el Art. 84º inciso 2.4 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, es funcion especifica exclusiva de los gobiernos locales organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, corresponde al Concejo Municipal, a tenor de lo dispuesto por el articulo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley, dispositivo que concuerda con el articulo 40º de la ley precitada que establece la aprobacion de dichos actos mediante Ordenanza; Estando al dictamen del visto, en uso de las atribuciones otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta; se aprobo la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- EXONERESE del pago de derechos por concepto de expedicion de partidas de Registro Civil, a las personas con Discapacidad debidamente empadronadas en la Oficina de Atencion a las Personas con Discapacidad (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres. Articulo Segundo.- Entiendase que el petitorio para acogerse a la presente Ordenanza es de caracter personal.

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