Norma Legal Oficial del día 21 de Noviembre del año 2003 (21/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 21 de noviembre de 2003

Articulo 31º.- Inscripcion de la aprobacion de la habilitacion por silencio administrativo positivo Para inscribir la aprobacion de la habilitacion MORDAZA por haber operado el silencio administrativo positivo debe presentarse: a) MORDAZA certificada de la resolucion municipal que aprueba la habilitacion, salvo que la Municipalidad Provincial actue como primera y unica instancia; b) MORDAZA certificada del plano de lotizacion georeferenciado a la Red Geodesica Nacional, referida al datum y proyeccion de coordenadas oficiales, presentado a la Municipalidad; c) MORDAZA certificada del oficio con la MORDAZA de recepcion de la Municipalidad Provincial, que acredite la fecha de MORDAZA del expediente; d) MORDAZA emitida por la municipalidad distrital o provincial si fuera el caso, certificando la falta de pronunciamiento dentro del plazo legal previsto. Articulo 32º.- Contenido del asiento de aprobacion de habilitacion MORDAZA El asiento de inscripcion de la aprobacion de la habilitacion MORDAZA contendra, ademas de los requisitos establecidos en el articulo 11º, segun corresponda, los siguientes: a) La autorizacion de venta garantizada y la autorizacion de construccion simultanea cuando la resolucion asi lo disponga. b) El numero y la fecha del plano de la habilitacion y el nombre del profesional que lo autoriza. c) Un cuadro general de datos tecnicos en el que se precisen el area total del predio habilitado, numero, denominacion y area de cada una de las manzanas y lotes que la conforman, asi como el area total de las vias publicas y otros datos tecnicos relevantes. Articulo 33º.- Habilitaciones urbanas sobre parte de un predio o cuando aquella se refiera a un predio que abarque mas de un distrito Cuando la habilitacion MORDAZA comprenda solo una parte del terreno se procedera a independizar la MORDAZA habilitada o por habilitar, cumpliendose para este efecto con los requisitos establecidos por el presente Reglamento. En el caso que una habilitacion MORDAZA, se encuentre ubicada en mas de un distrito se procedera de la siguiente manera: a) Si la resolucion de la municipalidad provincial ratifica todas las resoluciones expedidas por las municipalidades distritales, abarcando la totalidad del predio inscrito, la habilitacion se inscribira en la partida del predio indicandose la ubicacion distrital de las manzanas o lotes. b) Si la resolucion de la municipalidad provincial solo ratifica algunas de las resoluciones expedidas por las municipalidades distritales, previamente se debera independizar el area habilitada o por habilitar, dejando en la partida matriz el area no involucrada en el MORDAZA de habilitacion. Articulo 34º.- Independizacion de areas que integran la habilitacion Al inscribir la aprobacion de la habilitacion, el Registrador procedera a independizar los lotes que integran el area util de la habilitacion, incluyendo los lotes aportados para servicios publicos complementarios, precisando en el asiento respectivo el destino asignado a los mismos. Asimismo se precisara en el asiento la etapa en la que se encuentra la habilitacion. Articulo 35º.- Inscripcion de transferencia de lotes que integran una habilitacion MORDAZA Para inscribir la transferencia de propiedad y demas actos de disposicion de los lotes que integran una habilitacion MORDAZA, previamente debe inscribirse la recepcion de obras, salvo que en la resolucion que aprueba dicha habilitacion o en disposicion distinta, se establezca la libre disponibilidad sin requerirse la recepcion de obras. En el caso de las urbanizaciones populares, una vez inscrita la aprobacion de la habilitacion MORDAZA, se podran inscribir la primera y las sucesivas transferencias, asi como los demas actos de disposicion en forma definitiva.

Articulo 36º.- Inscripcion de la recepcion de la habilitacion MORDAZA de MORDAZA progresivo Tratandose de habilitaciones urbanas de MORDAZA progresivo para uso de vivienda, procede inscribir la recepcion de obras minimas de la habilitacion y la autorizacion para la libre venta de los lotes. En las partidas correspondientes a cada uno de los lotes se consignara el caracter progresivo de la habilitacion, dejando MORDAZA de la existencia de obras pendientes, asi como de las cargas impuestas. La recepcion de las obras posteriores de la habilitacion se inscribira luego de su ejecucion, dejandose MORDAZA en la partida matriz y en las partidas independizadas. Articulo 37º.- Anotacion de la compraventa garantizada La compraventa garantizada, y en su caso la cesion de posicion contractual, se anotaran preventivamente en la partida individual del respectivo predio. Estando vigente la anotacion preventiva se pueden anotar los actos posteriores de disposicion, siempre que el unico defecto sea la falta de recepcion de obras. La anotacion preventiva a que se refiere este articulo es de duracion indeterminada. Las transferencias de propiedad contenidas en las compraventas garantizadas, se inscribiran en forma definitiva en las correspondientes partidas independizadas, simultaneamente con la inscripcion de la recepcion de obras. Articulo 38º.- Independizacion de lotes de habilitaciones urbanas que cuentan con aprobacion de estudios preliminares o proyectos definitivos En el supuesto del literal b) del articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26878, para la inscripcion de la etapa de la aprobacion de la habilitacion y la independizacion de los predios conformantes de la urbanizacion, en merito de estudios preliminares o de proyectos definitivos aprobados MORDAZA de la vigencia de dicha Ley, se acreditara que la resolucion se encuentra consentida a traves de la MORDAZA expedida por la entidad que conocio del tramite o por la Municipalidad correspondiente. Para la inscripcion a que se refiere el parrafo anterior, se adjuntara el plano de lotizacion, salvo que este se encuentre en el titulo archivado que dio merito a la inscripcion de los estudios preliminares o los proyectos definitivos, en su caso. Articulo 39º.- Suspension de la inscripcion de lotes en Urbanizaciones Populares La suspension de inscripcion a que se refiere el articulo 21º del D.S. Nº 031-99-MTC, solo procedera respecto de los lotes que forman parte del area que se encuentra parcialmente fuera del terreno de la urbanizacion popular, siempre que el presentante o habilitador exprese su conformidad. No procede cuando los lotes se encuentran totalmente fuera del terreno de la urbanizacion popular. El Registrador al inscribir la habilitacion, dejara MORDAZA en la partida matriz de esta la suspension a que se refiere el primer parrafo, precisando el lote cuya inscripcion ha sido suspendida, con indicacion de la manzana a la que pertenece. Lo dispuesto en los parrafos anteriores se aplica a la inscripcion de la aprobacion y, en su caso, de la recepcion de obras de las demas habilitaciones urbanas. Articulo 40º.- Compensacion de areas Cuando la resolucion municipal respectiva comprenda areas sujetas a futura compensacion, esta no constituye acto previo para la aprobacion o recepcion de obras. La inscripcion de la habilitacion de estas areas, se realizara simultaneamente a la inscripcion del acuerdo de compensacion de areas. Articulo 41º.- Recepcion de obras Cuando el proyecto aprobado no hubiera sufrido modificaciones, la recepcion de obras de la habilitacion MORDAZA se inscribira en merito a la respectiva resolucion de la municipalidad distrital. En caso contrario, la inscripcion de la recepcion de obras se MORDAZA en merito a la resolucion de la municipalidad provincial que ratifica la expedida por la municipalidad distrital. Para la inscripcion de la recepcion de obras no es requisito la inscripcion previa de la aprobacion de la habilitacion.

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