Norma Legal Oficial del día 27 de Noviembre del año 2003 (27/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de noviembre de 2003

Articulo 2º.Modificacion del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15 2.1. Sustituyase el texto del numeral 2.4 del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15 por el siguiente texto: "2.4. Se traten de Proyectos de Inversion Publica que se enmarquen en las competencias de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, de acuerdo a Ley". 2.2. Adicionese al articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15, como parrafo final, el siguiente texto: "En los casos en que el Proyecto de Inversion Publica a ser evaluado y eventualmente declarado viable se enmarque en las competencias propias de un Gobierno Local, el ejercicio de la facultad delegada por el presente articulo, en respeto a las autonomias y competencias de los Gobiernos Locales, estara supeditado a la MORDAZA previa, de : - Para los Gobiernos Locales incorporados al ambito del Sistema Nacional de Inversion Publica, un Informe Tecnico favorable de la Oficina de Programacion e Inversiones, o quien haga sus veces, del Gobierno Local competente, segun lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; o - Para aquellos Gobiernos Locales no incorporados aun al ambito del Sistema Nacional de Inversion Publica o en aquellos en los que su Oficina de Programacion e Inversiones aun no MORDAZA sido constituida; la opinion favorable del Gobierno Local competente expresada a traves de un Acuerdo de Concejo Municipal, segun lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. En ambos casos la Oficina de Programacion e Inversiones del Gobierno Regional debera remitir al Gobierno Local el estudio aprobado con el fin de informarlo adecuadamente." 2.3. Sustituyase el texto del numeral 2.7 del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15 por el siguiente texto: "2.7. Se traten de Proyectos de Inversion Publica que se enmarquen en el Plan de Desarrollo Regional Concertado o Plan de Desarrollo Municipal Concertado, segun corresponda." Articulo 3º.Modificacion del articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15 Adicionese al numeral 7.1 del articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 458-2003-EF-15, como MORDAZA parrafo, el siguiente texto: "En los casos en que un Proyecto de Inversion Publica enmarcado en las competencias propias de un Gobierno Local MORDAZA sido declarado viable por el Gobierno Regional, este ultimo debera remitir, adicionalmente a lo senalado en el parrafo precedente, MORDAZA del documento que expresa la opinion favorable del Gobierno Local." Disposicion Complementaria Unica.Precisese que los Gobiernos Locales que estan incorporados al ambito de aplicacion del Sistema Nacional de Inversion Publica, deben designar a la unidad organica encargada de cumplir las funciones de Oficina de Programacion e Inversiones o encargar dichas funciones a otra Oficina de Programacion e Inversiones existente, mediante el mecanismo contemplado en la MORDAZA disposicion complementaria de la Directiva Nº 004-2003-EF/68.01 Directiva del Sistema Nacional de Inversion Publica para

Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobada por Resolucion Directoral Nº 007-2003-EF/68.01. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 22108

EDUCACION
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra personas naturales por posesion precaria de predio donde funciona el CEI "Jesus Maria", en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1034-2003-ED MORDAZA, 17 de noviembre de 2003 Vistos el Oficio Nº 2052-2003-PP-ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, el Expediente Nº 53499-2003 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 396-03-DREA-OAJ, de fecha 27 de agosto de 2003, el Director Regional de Educacion de MORDAZA, pone en conocimiento del Procurador Publico los hechos respecto a la posesion precaria que la Sra. MORDAZA MORDAZA Ninahuaman MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vigilantes del CEI "Jesus Maria", segun Informe 010 de la Directora de dicho Centro Educativo, ejercen sobre el predio donde funciona el CEI "Jesus Maria", con la finalidad que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra las indicadas personas para su restitucion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 462-93-DGDU, de fecha 1 de diciembre de 1993, la Direccion General de Desarrollo MORDAZA resuelve afectar en uso a favor del Ministerio de Educacion el area de 2,795.30 m², considerados como aporte para Educacion, ubicados en la MORDAZA "A" del Pueblo Joven "Jesus Maria", de la jurisdiccion del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. Por otro lado, la posesion legitima queda confirmada, con la entrega del terreno, bajo el concepto de "aporte reglamentario", que realiza la urbanizacion del - AA.HH. "Jesus Maria", a favor del Ministerio de Educacion mediante la Escritura Publica de fecha 3 de MORDAZA de 2001; Que, el Ministerio de Educacion tiene la posesion del indicado terreno donde funciona el Centro de Educacion Inicial "Jesus Maria", sin embargo, a su vez, una parte del mismo se encuentra bajo la figura de una posesion precaria por parte de la senora MORDAZA MORDAZA Ninahuaman MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes fungian como vigilantes del CEI MORDAZA Maria; Que, en este orden de ideas, siendo que el Ministerio de Educacion tiene el mejor derecho de posesion, es necesario iniciar las acciones judiciales pertinentes, a fin de recuperar en su totalidad la posesion afectada por la precariedad de las indicadas personas, de acuerdo con el articulo 586º del Codigo Procesal Civil; Estando con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 1627-2003-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que inicie las acciones judiciales correspondientes contra la senora MORDAZA MORDAZA Ninahuaman MORDAZA y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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