Norma Legal Oficial del día 28 de Noviembre del año 2003 (28/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 28 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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Regionales y de los Usuarios de Agua respectivos, encargada de estudiar y analizar dicha problematica y proponer alternativas de solucion; Que, en tanto la referida Comision proponga las medidas de solucion definitivas, con el objeto de atender la necesidad de agua para la presente MORDAZA MORDAZA del MORDAZA de Tambo, es necesario autorizar con caracter temporal el abastecimiento a dicho MORDAZA con recursos hidricos provenientes del embalse Pasto Grande; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision Tecnica encargada de analizar la problematica hidrica de los valles de MORDAZA y Tambo y presentar propuestas de solucion, con la finalidad de garantizar el adecuado abastecimiento del recurso hidrico en ambos valles, de manera definitiva. Dicha Comision estara conformada por: - Un representante de la Intendencia de Recursos Hidricos del Instituto Nacional de Recursos Naturales, quien la presidira. - Un representante del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE. - Un representante del Gobierno Regional de Moquegua. - Un representante del Gobierno Regional de Arequipa. - El Director de la Direccion Regional Agraria Moquegua. - El Director de la Direccion Regional Agraria Arequipa. - El Administrador Tecnico del Distrito de Riego Moquegua. - El Administrador Tecnico del Distrito de Riego TamboAlto Tambo. - Un representante de las Juntas de Usuarios de la MORDAZA del Rio Tambo en Arequipa. - Un representante de las Juntas de Usuarios de la MORDAZA del Rio Moquegua. Articulo 2º.- La Comision Tecnica presentara su informe, con las conclusiones y recomendaciones del caso, en un plazo de noventa (90) dias habiles. Mediante Resolucion Ministerial del Sector Agricultura se podra prorrogar el plazo de entrega del informe. Articulo 3º.- El Proyecto Especial Pasto Grande durante el estiaje, que se ha previsto culminara el 31 de diciembre de 2003, destinara a partir de la fecha cuatro millones doscientos mil (4'200,000) metros cubicos de recurso hidrico al MORDAZA del Tambo ubicado en el departamento de Arequipa. Articulo 4º.- El Gobierno Nacional garantizara, de acuerdo a la Ley General de Aguas, la adecuada distribucion de los recursos hidricos de las Cuencas de los MORDAZA Tambo y MORDAZA a los Valles del Tambo y de Moquegua. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura y el Ministro de Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 22276

Visto el Oficio P.500-2631 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 22 de octubre del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, articulo 4º inciso f), ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la implementacion de politicas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisferica; Que, la MORDAZA contemporanea de seguridad y defensa nacional tiene directa relacion con los temas de politica exterior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ambito regional y de seguridad cooperativa en el ambito hemisferico; Que, en tal sentido y en atencion al MORDAZA MORDAZA legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementacion de politicas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la Defensa Regional y la Seguridad Hemisferica; Que, estas variables plantean el desafio de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus actividades en el MORDAZA del accionar conjunto e interoperativo, en observancia de los estandares internacionales en la mision constitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atencion a los lineamientos que en materia militar han sido disenados por la Organizacion de las Naciones Unidas y la Organizacion de Estados Americanos, reviste importancia la interrelacion en el ambito MORDAZA, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisferica de la O.E.A.; Que, el Informe Final de la Comision de Reestructuracion Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Resolucion Suprema N° 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluye un Capitulo relacionado a "Aspectos de Politica Exterior en relacion a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, ha reducido al minimo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Subalterno para que presten servicios en las Agregadurias de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Mision y actuan como asesores de este, en toda negociacion y gestion que competa a su especializacion, debiendo cumplir ademas las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las senaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar en Mision Diplomatica al Tecnico 1ro. MORDAZA MORDAZA VELASCO Velaochaga, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Colombia, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SG de fecha 21 de junio del 2001 y la Resolucion Ministerial Nº 1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regulan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Mision Diplomatica; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina: SE RESUELVE:

DEFENSA
Nombran a tecnico de la MORDAZA de MORDAZA para prestar servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Colombia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1700-2003-DE/MGP MORDAZA, 17 de noviembre de 2003

Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Tecnico 1ro. MORDAZA MORDAZA VELASCO Velaochaga, CIP Nº 03710889, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Colombia, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 de enero del 2004. Articulo 2º.- El citado Tecnico pasara a revistar en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a la normatividad legal vigente.

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