Norma Legal Oficial del día 28 de Noviembre del año 2003 (28/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 28 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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2003; en el que se precisa la necesidad urgente de la contratacion de un ingeniero para realizar un servicio de Consultaria para la elaboracion del Perfil del Proyecto para la construccion del cuartel de bomberos de la Compania Canete Nº 49 en la MORDAZA de Canete-Lima, perteneciente al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, los Servicios Personalisimos; Que, el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, requiere de una Consultoria especialisima de un profesional competente en la elaboracion de un perfil para el proyecto de construccion del cuartel de bomberos de la Compania Canete Nº 49 de la MORDAZA de Canete Departamento de Lima; Que, mediante Informe Tecnico - Legal se ha determinado que el senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con DNI Nº 09594857, reune las caracteristicas necesarias para realizar la determinada labor, por lo que es recomendable su contratacion como servicios personalisimos contemplados en la normatividad vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la contratacion como Servicios Personalisimos del senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el periodo comprendido entre el 28 de noviembre de 2003 y el 28 de enero de 2004, por un Valor Unitario a todo costo de S/. 35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 2º.- Disponer que la Direccion General de Administracion del CGBVP se encargue de realizar la contratacion por servicios personalisimos conforme al Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios. Articulo 3º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y notifiquese a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos por la ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 22220 RESOLUCION JEFATURAL Nº 657-2003 CGBVP San MORDAZA, 27 de noviembre del 2003 VISTO: El Oficio Nº 176-2003 CGBVP/DIGA de la Direccion General de Administracion de fecha 26 de noviembre del 2003; en el que se precisa la necesidad urgente de la con-

tratacion de un ingeniero para realizar un servicio de Consultaria para la elaboracion del Perfil del Proyecto para la construccion del cuartel de bomberos de la Compania Nuestra Senora de las MORDAZA Nº 37 en la MORDAZA de Pisco- Ica, perteneciente al Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, los Servicios Personalisimos; Que, el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, requiere de una Consultoria especialisima de un profesional competente en la elaboracion de un perfil para el proyecto de construccion del cuartel de bomberos de la Compania Nuestra Senora de las MORDAZA Nº 37 en la MORDAZA de MORDAZA Departamento de Ica; Que, mediante Informe Tecnico - Legal se ha determinado que el senor ingeniero MORDAZA MORDAZA CRESPO identificado con DNI Nº 07227332, reune las caracteristicas necesarias para realizar la determinada labor, por lo que es recomendable su contratacion como servicios personalisimos contemplados en la normatividad vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27067, Ley del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la contratacion como Servicios Personalisimos del senor ingeniero MORDAZA MORDAZA CRESPO durante el periodo comprendido entre el 28 de noviembre de 2003 y el 28 de enero del 2004 por un Valor Unitario a todo costo de S/. 35,000.00 ( TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo 2º.- Disponer que la Direccion General de Administracion del CGBVP se encargue de realizar la contratacion por servicios personalisimos conforme al Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios. Articulo 3º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y notifiquese a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos establecidos por la ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA NICOLINI AYARZA Comandante General del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru 22221

CONASEV
Modifican Reglamento de Garantias de los Corredores de Productos y Operadores Especiales y el Reglamento de Agentes de Intermediacion
RESOLUCION CONASEV Nº 084-2003-EF/94.10 MORDAZA, 26 de noviembre de 2003

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