Norma Legal Oficial del día 20 de Octubre del año 2003 (20/10/2003)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 20 de octubre de 2003

Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energia y Minas para el Ejercicio Fiscal 2003, por las razones expuestas en la parte considerativa, de acuerdo al documento adjunto que en tres (3) fojas forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Notificar al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energia y Minas para el Ejercicio Fiscal 2003, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Oficina de Informatica incluya en la pagina WEB del Ministerio de Energia y Minas la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energia y Minas para el ano 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. FLURY Ministro de Energia y Minas 19049

Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion de "Concurso Publico" para contratar por "Situacion de Urgencia", la inspeccion y reparacion de categoria mayor denominada Inspeccion Check "C" paquete de ocho (8) anos y los trabajos especiales detallados en el Anexo del Informe Tecnico Nº 004-2003 del 8 de setiembre del 2003 necesarios para mantener la condicion de aeronavegabilidad y de seguridad de vuelo en las operaciones aereas de la aeronave Boeing 737- 528 matricula FAP Nº 356 por un valor referencial de US$ 440,000.00 con cargo al presupuesto Recursos Ordinarios AF-2003 en la cadena programatica de gasto 5.3.11.39. Articulo 2º.- Autorizar al Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru a nombrar al Comite Especial que llevara a cabo el respectivo MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia y al Comando de Material, a aprobar las Bases y suscribir el contrato correspondiente de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion Ministerial en conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion para los fines de control posterior que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 19122

INTERIOR
Declaran infundadas, fundada e en parte inadmisibles apelaciones interpuestas contra resoluciones relativas a multas impuestas a diversas empresas de vigilancia privada
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1902-2003-IN-1701 MORDAZA, 13 de octubre del 2003 Visto, el Recurso de Apelacion interpuesto por la EVP. SERVICIO INTEGRAL INTERAMERICANO S.R.L., presentada por su Representante Legal, Sr. MORDAZA Stanly MORDAZA MORDAZA, contra la R.D. Nº 1885-2003-IN1704/1 del 21.JUL.2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1885-2003-IN1704/1 del 21.JUL.2003, se declara Improcedente el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la EVP. SERVICIO INTEGRAL INTERAMERICANO S.R.L., contra la R.D. Nº 1166-2003-IN-1704/1 del 19.MAY.2003, que le impone multa de una y media (1.5) UIT, por haber infringido el Art. 90º inciso f) y Art. 91º incisos j) y h) del Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, al permitir que el vigilante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, preste servicios de seguridad privada en el local del Banco Financiero ubicado en la Av. San MORDAZA Nº 999 - San MORDAZA de Miraflores, portando el revolver MORDAZA Taurus, Cal. 38, Serie Nº QL599549, con la licencia de posesion y uso vencida desde el 26.FEB.2003 y el carne de identidad vencido el 5.OCT.2002; asimismo el vigilante MORDAZA MORDAZA CHIJJE, preste servicios de seguridad en el local de la Comunidad MORDAZA, ubicado en la Av. Paseo de la Republica Nº 3895 - San MORDAZA, sin contar con el carne de identidad expedido por la DICSCAMEC y no haber comunicado la celebracion del correspondiente contrato con dicho cliente; Que, con fecha 13.AGO.2003, la EVP. SERVICIO INTEGRAL INTERAMERICANO S.R.L., interpone Recurso de Apelacion contra la R.D. Nº 1885-2003-IN-1704/1 del 21.JUL.2003, argumentando que dicha Resolucion no la encuentra arreglada a Ley ni a los hechos, el mismo que se MORDAZA en que el acto administrativo impugnado ha sido dictado violandose el derecho al debido MORDAZA y por ende la MORDAZA proporcionalidad y racionalidad que encierra el derecho de defensa; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General en su Art. 209º establece que el recurso

ENERGIA Y MINAS
Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ministerio para el ejercicio fiscal 2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 489-2003-MEM/DM MORDAZA, 16 de octubre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 057-2003-EM/OGA-ABA de fecha 25 de agosto de 2003, de la Oficina de Abastecimiento sobre modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energia y Minas para el ano 2003; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 038-2003-EM/DM, de fecha 29 de enero de 2003 y Resoluciones Ministeriales Nºs. 125 y 285-2003-EM/DM de fechas 25 de marzo y 30 de junio de 2003, respectivamente, se aprobo y modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energia y Minas para el Ejercicio Fiscal 2003; Que, se han reprogramado las metas consideradas en el PTI con respecto a las acciones administrativas que desarrollan cada una de las dependencias de la Unidad Ejecutora 001-MEM Central, reprogramaciones que han sido informadas para efectuar las correspondientes programaciones trimestrales; Que, mediante el Informe Nº 057-2003-EM/OGA-ABA la Oficina de Abastecimiento ha planteado la necesidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Energia y Minas, ya que el contenido del Plan modificado debe concordar con los requerimientos de los diferentes organos de la entidad y las programaciones trimestrales a las que se hace referencia precedentemente; De conformidad con lo establecido en los articulos 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado fuera aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; el articulo 6º de la Directiva que precisa la informacion que debe contener el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de las entidades del Sector Publico sujetas a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobada por Resolucion Nº 022-2001-CONSUCODE/PRES, y el Reglamento de

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