Norma Legal Oficial del día 23 de Octubre del año 2003 (23/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, jueves 23 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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obligaciones tributarias que se encuentren en procedimiento de Ejecucion Coactiva, en este caso solamente se abonara, por concepto de costas procesales para los procedimientos que se encuentren en tramite de ejecucion, el importe unico de S/.16.00 (Dieciseis Nuevos Soles y 00/100). Para los procedimientos que se encuentren en ejecucion se abonara la suma de S/.16.00 (Dieciseis Nuevos Soles y 00/100) mas gastos incurridos. Articulo Setimo.- Vencido el plazo de los beneficios de condonacion y de rebaja se procedera inmediatamente a ejecutar la cobranza total de la deuda pendiente, incluyendose las sanciones tributarias, los intereses moratorios y el integro de las multas adeudadas, utilizando en los casos necesarios el procedimiento de cobranza coactiva. Articulo Octavo.- En el caso de las deudas que se encuentren en procedimientos de reclamacion, reconsideracion o apelacion, el acogimiento al presente beneficio implicara un desistimiento automatico de los mismos. Tratandose de recursos o procesos seguidos ante organos distintos a la Municipalidad Distrital del MORDAZA, se debera presentar MORDAZA del escrito de desistimiento, segun los requisitos y condiciones de Ley. En cualquier caso, los interesados en acogerse a la presente Ordenanza podran solicitar en forma gratuita un "Formato de Desistimiento" en la Unidad de Tramite Documentario del Municipio. Articulo Noveno.- Deroguense todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Decimo.- Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas, Unidad de Informatica, Imagen Institucional y Unidad de Ejecutoria Coactiva, la implementacion y el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Decimo Primero.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, inclusive su prorroga. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinte dias del mes de octubre del dos mil tres. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19340

Presupuesto Municipal Participativo se determina por Decreto de Alcaldia; Que el Comite Electoral, conformado segun lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 068, del 15 de setiembre de 2003, en cumplimiento de sus funciones y competencias, aprobo el Calendario de Elecciones para el Consejo de Coordinacion Local de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; Estando a las facultades conferidas al MORDAZA en la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y las disposiciones de la Ordenanza Nº 011-SJL; DECRETA: Articulo 1º.- Convocar a elecciones de consejeros locales ante el Consejo de Coordinacion Local de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho para el dia MORDAZA 9 de noviembre de 2003. Articulo 2º.- Establecer que el lugar de votacion sera el Salon Consistorial del Palacio Municipal ubicado en la MORDAZA Los Amautas Nº 180, Urb. MORDAZA, San MORDAZA de Lurigancho, de 8 a.m. a 1.00 p.m. Articulo 3º.- Disponer que el Padron de Electores y los nombres de los candidatos a Consejero Local Distrital MORDAZA publicados en el Periodico Mural de la Municipalidad, a partir de la fecha que determine y MORDAZA autorizados por el Comite Electoral. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia Municipal prestar al Comite Electoral todas las facilidades logisticas y administrativas que resulten indispensables para el cumplimiento de su funciones. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19377

Declaran nulidad de acto administrativo que declaro desierto MORDAZA de seleccion respecto a determinados items de la Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-CE-MDSJL
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 555 San MORDAZA de Lurigancho, 21 de octubre de 2003 VISTOS, los recursos de apelacion interpuestos por las empresas: a) G&D Corporacion de Negocios Lacteos CORLAC S.A. y b) Alimentos Enriquecidos Diversos S.A.C. - ALENDI S.A.C. contra el acto administrativo que declara desierto el MORDAZA de seleccion de los Items I y II en el MORDAZA de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-CEMDSJL; CONSIDERANDO: Que, mediante Licitacion Publica Nacional Nº 00012003-CE/MDSJL, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho convoco a MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de San MORDAZA de Lurigancho, MORDAZA que fue convocado bajo la modalidad de Items, siendo el Item "Leche Evaporada Entera" y el Item II "Hojuela de Quinua Enriquecida" de conformidad a las especificaciones tecnicas indicadas en las Bases del referido proceso; Que, con fecha 30 de setiembre del 2003 se llevo a cabo el acto publico de MORDAZA de propuestas siendo el caso que para el Item I "Leche Evaporada Entera" se presentaron los siguientes postores: 1) Corlac S.A., 2) Procesadora de Alimentos Peruanos SAC y 3) Consorcio MORDAZA Corp S.A. - Negocios e Inversiones Internacionales S.A. , y para el Item II, los siguientes postores: 1) Alimentos Enriquecidos Diversos SAC, 2) Procesadora de Alimentos Peruanos SAC y 3) Consorcio Niza Corp S.A. -- Negocios e Inversiones Internacionales S.A.; Que, con fecha 3 de octubre del 2003, se llevo a cabo el acto publico de apertura de sobre de propuesta

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Convocan a elecciones de consejeros locales ante el Consejo de Coordinacion Local de la municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016 San MORDAZA de Lurigancho, 22 de octubre de 2003 Vista la resolucion del Comite Electoral Nº 001-2003CE/MDSJL, del Presupuesto Participativo Municipal de San MORDAZA de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 011-SJL, aprobada por el Concejo Municipal el 14 de agosto de 2003, publicada en el Diario Oficial el 29 de agosto de 2003, establece en su articulo 15º, que el Consejo de Coordinacion Local Distrital esta presidido por el MORDAZA, e integrado por los regidores y seis (6) representantes de las organizaciones de la jurisdiccion elegidas entre ellas, quienes asumiran los cargos de Consejero Local Distrital en representacion de las organizaciones empresariales, sociales, culturales, ambientales, religiosas y juveniles respectivamente; Que la citada Ordenanza Nº 011-SJL, en el Articulo 58º, establece que la fecha de la eleccion de cada una de las instancias de participacion ciudadana en el MORDAZA del

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