Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2003 (30/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, jueves 30 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES
ANEXO RUC 20216502931 20334461875 20471786811 20501842771 20502560574 20504115080 20504986978 20505116772 20505700962 20506098476 20506228515 20506342563 20506395179 20506598878 19933

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Nombre o Razon Social ING. INTERNATIONAL PERU S.A. TELEDISTRIBUCION S.A. VIAJES FALABELLA S.A. LA FIDUCIARIA S.A. PRENSA POPULAR S.A.C. INTERNATIONAL LOTTO CORP.S.R.L. TRACTEBEL PERU S.A. TIENDA DEPARTAMENTAL LOS MORDAZA S.A. LIMATEX SOCIEDAD ANONIMA PLURAL TV S.A.C. COMPANIA CERVECERA AMBEV PERU S.A.C. PERU LNG S.R.L. MOLINOS DEL PERU S.A.C CONSORCIO GYM-SKANSKA

"A partir del 1 de enero de 2004 la obligacion de efectuar el deposito de la detraccion a que se refiere el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 917 modificado por la Ley Nº 27877, se aplicara a todo retiro de arroz o maiz MORDAZA duro de las instalaciones del proveedor, de acuerdo a las disposiciones establecidas por la SUNAT, aun cuando la operacion de venta correspondiente se hubiera efectuado hasta el 31 de diciembre de 2003." Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 19930

Incorporan contribuyentes al Directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 197-2003/SUNAT MORDAZA, 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que el articulo 88º del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias senala que la declaracion tributaria es la manifestacion de hechos comunicados a la Administracion Tributaria en la forma establecida por Ley, Reglamento, Resolucion de Superintendencia o MORDAZA de rango similar; Que por su parte, el articulo 29º del Codigo MORDAZA citado establece que el pago se efectuara en la forma que senala la Ley, o en su defecto, el Reglamento, y a falta de estos, la Resolucion de la Administracion Tributaria, especificando asimismo que al lugar fijado por la SUNAT para los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes no le sera oponible el domicilio fiscal; Que de otro lado, segun el articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 100-97/SUNAT y normas modificatorias, los deudores tributarios notificados como Principales Contribuyentes efectuaran la declaracion y el pago de la deuda tributaria en las oficinas bancarias ubicadas en la Unidad de Principales Contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales de la SUNAT, en efectivo o mediante cheque; Que es de interes fiscal incorporar nuevos contribuyentes al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales; En uso de las facultades conferidas por los articulos 29º y 88º del TUO del Codigo Tributario, los articulos 5º y 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporase al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales a los contribuyentes senalados en el anexo de la presente resolucion, los mismos que deberan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, iniciar procedimientos contenciosos y no contenciosos, asi como realizar todo MORDAZA de tramites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT, unicamente en la sede central de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, ubicada en la avenida Garcilaso de la MORDAZA Nº 1472, Cercado, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La SUNAT notificara el contenido de la presente resolucion a los contribuyentes senalados en el anexo. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional

Aprueban Relacion de Fedatarios de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 198-2003/SUNAT MORDAZA, 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que el Articulo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Regimen de Fedatarios de las entidades de la Administracion Publica, senalando en su numeral 1º que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus necesidades de atencion; Que el numeral 2 del mencionado articulo precisa que el fedatario tiene como labor personalisima, comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuacion administrativa sea exigida la agregacion de los documentos o el administrado desea agregados como prueba; Que mediante Resolucion de Intendencia Nº 188-2002/ SUNAT, se aprobo la relacion de Fedatarios de la entonces Gerencia de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Administracion; Que el Articulo 16º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM, establece la actual estructura organica de la institucion, dentro de la cual se encuentra como organo de soporte de la institucion la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; Que habiendose producido cambios en la estructura organizacional de la SUNAT y rotaciones de personal, es necesario dejar sin efecto la relacion de fedatarios de la Gerencia de Recursos Humanos y designar fedatarios administrativos en la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar como Fedatarios Titulares de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, por el periodo de dos (2) anos prorrogables, a los siguientes trabajadores: Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sra. MORDAZA Chappell MORDAZA Sra. MORDAZA Vyannei MORDAZA MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA Talavera MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo 2º.- Dejar sin efecto la relacion de Fedatarios aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 188-2002/SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 19934

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