Norma Legal Oficial del día 31 de Octubre del año 2003 (31/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 31 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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De conformidad con las Bases Integradas del Concurso Publico Nacional Nº 0016-2003-MTC/20, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar fundado el recurso de apelacion presentado por Lagesa Ingenieros Consultores S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion; en consecuencia nulo el otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nacional Nº 0016-2003-MTC/20, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de evaluacion de propuestas, procediendo el Comite Especial a efectuar la calificacion de las propuestas de acuerdo a los criterios establecidos en las respectivas Bases. Articulo 2°.- Transcribir a los miembros del Comite Especial la presente Resolucion. Articulo 3°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19920

Autorizan a procurador iniciar acciones legales para oponerse a medidas cautelares dispuestas por los jueces del 19º y 22º juzgados especializados en lo Laboral de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 897-2003 MTC/02 MORDAZA, 27 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de noviembre de 2002, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL suscribio el Contrato de Supervision Nº 1787-2002-MTC/20 con el Consorcio GMI - P y V INGENIEROS S.A. para la supervision de la obra de Rehabilitacion y Mejoramiento de la carretera: Ingenio - Chachapoyas, Sector Dv. Leymebamba - Chachapoyas, por el monto de su propuesta economica ascendente a S/. 1 339 302.06 , incluido IGV; Que, con fecha 29 de noviembre de 2002, se suscribio el Contrato de Obra Nº 1807-2002-MTC/20 entre el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL y la empresa Constructora UPACA S.A. para la ejecucion de la obra de Rehabilitacion y Mejoramiento de la carretera: Ingenio - Chachapoyas, Sector Dv. Leymebamba - Chachapoyas, por un monto de S/. 26 786 046.06, incluido IGV; Que, con fecha 1 de agosto de 2003 se notifico al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional PROVIAS NACIONAL la Resolucion Nº 15 expedida por el 22 Juzgado Especializado en lo Laboral de MORDAZA, disponiendo ampliar el embargo en forma de retencion ordenado hasta la suma de S/. 65 200.00 sobre los fondos y/o valores y/o creditos y/o recibos y/o cheques y cualquier otra acreencia sea en moneda nacional o extranjera que posea la ejecutada P y V INGENIEROS S.A. en el otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nacional Nº 0003-2002-MTC/15.02.PROVIAS NACIONAL; Que, asimismo con fecha 19 de agosto de 2003, se notifico la Resolucion Nº 8 expedida por el referido Juzgado, en la cual se dispone se trabe embargo en forma de retencion hasta por la suma de S/. 69 078.85 sobre los fondos y/o valores y/o creditos y /o recibos y/o cheques y cualquier otra acreencia sea en moneda nacional o extranjera

que posea la ejecutada P y V INGENIEROS S.A. en el otorgamiento de la Buena Pro del citado Concurso Publico Nacional; Que, igualmente, con fecha 2 de agosto se notifico la Resolucion N° 5 expedida por el 19 Juzgado Especializado en lo Laboral de MORDAZA, disponiendo se trabe embargo definitivo en forma de retencion hasta por la suma de S/. 39 808.00 sobre la liquidacion de todos los otorgamientos de la Buena Pro donde MORDAZA resultado ganadora la obligada P y V INGENIEROS S.A. en forma individual o conjunta con otras empresas privadas; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 0712003-MTC/20-GAL de la Gerencia de Asuntos Legales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, la empresa P y V INGENIEROS S.A. en forma individual no tiene relacion contractual alguna con el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional; sino que el referido Proyecto Especial tiene relacion contractual con el consorcio GMI - P y V INGENIEROS S.A., con el cual suscribio el Contrato de Supervision Nº 1787-2002-MTC/20 para la supervision de la obra Rehabilitacion y Mejoramiento de la carretera: Ingenio Chachapoyas, Sector Dv. Leymebamba - Chachapoyas, siendo la empresa que factura GMI; Que, asimismo mediante Informe Nº 189-2003-MTC/20/ GOB/MAG, el Especialista de Obras de la Gerencia de Obras del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, ha senalado que el cumplimiento inmediato de los embargos en forma de retencion dispuestos por los citados Juzgados, podria retrazar la ejecucion de la obra, lo que ocasionaria un perjuicio a la Entidad y a la poblacion que se beneficiaria con la mencionada obra; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procurador Publico Ad Hoc para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; Que, asimismo mediante Resolucion Suprema Nº 1262003-JUS se ampliaron las facultades conferidas al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que en su calidad de Procurador Publico Ad Hoc, asuma la representacion y defensa del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, en consecuencia teniendo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones un legitimo interes para que no se vea afectado el contrato celebrado con la empresa supervisora y en salvaguarda de los intereses del Estado, resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL para que inicie las acciones legales a que hubiere lugar; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Resolucion Suprema Nº 081-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º. - Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS Nacional para que en nombre y representacion del Estado, inicie y culmine las acciones legales que se requieran a fin de oponerse a las medidas cautelares dispuestas por los Jueces del 19º y 22° Juzgado Especializado en lo Laboral de Lima. Articulo 2º. - Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes de los casos mencionados, al Procurador Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 19922

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