Norma Legal Oficial del día 17 de Septiembre del año 2003 (17/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2003
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

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El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680 - la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783 - la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru de 1993, en su Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralizacion Nº 27680, establece en su articulo 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa; asimismo mediante los incisos 5. y 7. del Articulo 192º establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover el desarrollo socio economico de la region, promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, entre otros; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, en su Titulo VI, Capitulo IV sobre Competencias de los Gobiernos Regionales, en su articulo 35º inciso g) establece como facultad la de facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesania, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades, y en su Articulo 36º inciso c) senala que es competencia compartida del Gobierno Regional, la promocion, gestion y regulacion de actividades economicas y productivas en su ambito; Que, la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº 27902, en su Articulo 51º, inciso d) establece como funcion de los Gobiernos Regionales en materia agraria la promocion, exportacion y consumo de productos naturales y agroindustriales de la region, y en su Articulo 55º, inciso c), establece como funcion en materia de comercio la elaboracion y ejecucion de las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promocion de las exportaciones regionales; Que, es preocupacion del Gobierno Regional MORDAZA, dada la problematica actual de los agricultores /productores de fruta fresca de la region, quienes son estafados, por parte comerciantes y/o exportadores inescrupulosos, al vender su produccion, habiendose determinado que la deuda impaga es considerable y perjudica principalmente a los pequenos agricultores; asi, la deuda impaga por la venta de fruta fresca mango bordeo los US$ 500,000, en el ano 1,991 y, en otro caso mas reciente, el monto impagable e irrecuperable, es de aproximadamente US$ 100,000; y a fin de evitar nuevos casos, se requiere un mecanismo que controle y registre las transacciones, e identifique a los malos pagadores; Que, es necesario regular la situacion descrita, para lo cual se debe emitir o elaborar una Cedula que registre a los comerciantes de fruta fresca en la Region MORDAZA, y se establezcan pautas, procedimientos y metodos que permitan una eficiente y eficaz comercializacion de fruta fresca, entre productores y exportadores; Que, la Comision de Desarrollo Economico del Consejo Regional como resultado de reuniones de trabajo con los agricultores/productores y con representantes de los exportadores, mediante Dictamen Nº 001-2003, de fecha 2 de setiembre del 2003, proponen la creacion de la cedula regional de comercializacion de fruta fresca, como un instrumento que permita mejorar la comercializacion del producto fruta fresca; Estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria Nº 10 del Consejo Regional MORDAZA de fecha 3 de setiembre del 2003, y, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CEDULA REGIONAL DE COMERCIALIZACION DE FRUTA FRESCA - CERCOFF Articulo Primero.- Crease la cedula regional de comercializacion de fruta fresca - CERCOFF, la misma que

constituye una herramienta de gestion para el ordenamiento eficiente y eficaz para la comercializacion de fruta fresca entre productores y exportadores, en el ambito de la Region Piura. Articulo Segundo.- La cedula CERCOFF refuerza el cumplimiento de los compromisos contractuales de la operacion a realizar respecto a la compra - venta de fruta fresca, bajo los estandares de calidad del producto. Articulo Tercero.- El Gobierno Regional MORDAZA, a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, tendra a cargo la coordinacion entre las personas y entidades privadas y publicas involucradas en el comercio de fruta fresca para prevenir potenciales incumplimientos por parte del productor y/o del exportador/comprador. Articulo Cuarto.- El Gobierno Regional MORDAZA, a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, implementara el Registro-CERCOFF en el cual, facultativamente, podran inscribirse los productores y/o exportadores de fruta fresca. Solo se reconocera como beneficiarios de lo establecido en la presente MORDAZA a las personas, naturales o juridicas que hayan obtenido la Cedula CERCOFF. Articulo Quinto.- La cedula ofrece indicios razonables de la solvencia economica del comprador y/o exportador de fruta fresca. Ninguna persona natural o juridica podra obtener la Cedula CERCOFF si tiene compromisos y/o deudas pendientes de pago con algun agricultor o comprador, esta limitacion se extiende a personas naturales o juridicas, que MORDAZA o hayan sido socios, accionistas y/o miembros del directorio de otras personas juridicas. En caso de haber tenido obligaciones impagas, debe mostrar documento fehaciente que acredite el cumplimiento de las mismas. La Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional llevara un control, mediante un registro de caracter publico, de solicitantes que hayan incumplido con el pago oportuno de sus obligaciones. Articulo Sexto.- La Cedula CERCOFF sera emitida por la Gerencia Regional de Desarrollo Economico del Gobierno Regional MORDAZA, utilizando mecanismos de seguridad. Articulo Septimo.- Quienes MORDAZA mal uso de la Cedula CERCOFF seran pasibles de las responsabilidades administrativas, civiles y penales a que hubiere lugar. Articulo Octavo.- La Gerencia Regional de Desarrollo Economico publicara las Declaraciones Juradas de "NO ADEUDO", enviadas por las personas naturales o juridicas enunciadas en la presente norma. Articulo Noveno.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, para su promulgacion. En MORDAZA, a los tres dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los cuatro dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 17057

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Designan Director Agricultura Regional de

RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 367-2003-PR-GR-PUNO
MORDAZA, 25 de agosto de 2003 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA

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