Norma Legal Oficial del día 17 de Septiembre del año 2003 (17/09/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 68

Pag. 251510

NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, miercoles 17 de setiembre de 2003

Articulo 8º.- El Precio Promedio de la Energia a nivel Generacion (PPEG) a que se refiere el Articulo 107º de la Ley de Concesiones Electricas15 sera el correspondiente al Precio de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta (PEMF) de las Barras Base siguientes: · Para el Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN), MORDAZA MORDAZA 220 kV. · Para los Sistemas Aislados, S.E.B. Tipico B. Articulo 9º.- Fijese el valor del Costo de Racionamiento en 87,03 centimos de S/./kWh para todos los sistemas electricos. Articulo 10º.- Fijese el Cargo por Garantia por Red Principal del Proyecto Camisea (PCGRP) en 6,96 S/./kW-mes. Este cargo reemplaza al Cargo por Garantia por Red Principal contenido en el Cuadro Nº 2 de la Resolucion OSINERG Nº 057-2003-OS/CD a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolucion. Articulo 11º.- El cargo a que se refiere el articulo anterior sera actualizado, durante el periodo senalado, segun lo siguiente: PCGRP = PCGRP0 * FTC

aplicara en las condiciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, de acuerdo con el procedimiento senalado en el numeral 2 del Articulo 2º de la Resolucion Nº 057-2003-OS/CD. Articulo 13º.- Las Condiciones de Aplicacion de las Tarifas en MORDAZA son las fijadas en la Resolucion Nº 01595 P/CTE y sus modificatorias, en tanto no se opongan a lo establecido en la presente Resolucion. Articulo 14º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2003. Articulo 15º.- Deroguese las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo 16º.- La presente Resolucion y el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 050-2003, como Anexo, deberan ser publicados en el Diario Oficial El Peruano y consignados en la pagina WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

PCGRP0 = Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision correspondiente a la GRP, fijado en el Articulo 10º en la presente Resolucion, en S/. / kW-mes. PCGRP = Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision correspondiente a la GRP, actualizado, en S/./kW-mes.

15 Articulo 107º.- Los concesionarios y empresas dedicadas a la actividad de generacion, con arreglo a las disposiciones de la presente Ley, que utilicen la energia y recursos naturales aprovechables de las MORDAZA hidraulicas y geotermicas del MORDAZA, estan afectas al pago de una retribucion unica al Estado por dicho uso, comprendiendo inclusive los pagos establecidos por el Decreto Ley Nº 17752 y sus disposiciones reglamentarias y complementarias. Las tarifas por dicha retribucion no podran ser superiores al 1% del precio promedio de energia a nivel generacion, calculado de acuerdo al procedimiento que senale el Reglamento de la presente Ley.

Articulo 12º.- La formula de actualizacion que se consigna en el Articulo 11º de la presente Resolucion, se

17146

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.