Norma Legal Oficial del día 15 de Abril del año 2004 (15/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de representante del ministerio ante la Comision Especial encargada de la MORDAZA del Peru en la XVII .eria Internacional del Libro de Bogota
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0258-2004-RE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 0157/RE, de 9 de marzo de 2004, se designa al Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezaga MORDAZA, funcionario de la Subsecretaria de Politica Cultural Exterior, como Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comision Especial encargada de organizar la MORDAZA del Peru en la XVII Feria Internacional del Libro de Bogota, Republica de Colombia, a realizarse del 17 de MORDAZA al 3 de MORDAZA de 2004; Que el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura, doctor MORDAZA MORDAZA Lumbreras MORDAZA, mediante carta de fecha 23 de marzo de 2004, solicita la designacion de un funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores para que viaje a Bogota a ultimar los detalles de la organizacion del mencionado evento; Que es necesario contar con la presencia de un funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores en los dias previos y posteriores a la inauguracion de la mencionada feria para ultimar los detalles de la participacion peruana en dicho evento; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 1444, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 1 de MORDAZA de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; los articulos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Amezaga MORDAZA, funcionario de la Subsecretaria de Politica Cultural Exterior y Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Comision Especial encargada de organizar la MORDAZA del Peru en la XVII Feria Internacional del Libro de Bogota, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 14 al 21 de MORDAZA de 2004, para ultimar los detalles de la participacion del Peru en el mencionado evento. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes US$ 373,55, viaticos US$ 1 800,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo el citado funcionario diplomatico rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada comision, el mencionado funcionario diplomatico debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 07234

Oficializan la Primera Reunion Hemisferica de Ministros y Altas Autoridades de Ciencia y Tecnologia en el ambito del CIDI, a realizarse en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0259-2004-RE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 Visto el Oficio Nº 132-2004-CONCYTEC-P, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia, de 12 de febrero de 2004, mediante el cual informa que el Director de la OEAPeru ha confirmado la aprobacion oficial de la Primera Reunion Hemisferica de Ministros y Altas Autoridades de Ciencia y Tecnologia en el ambito del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), a celebrarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 11 y 12 de noviembre de 2004; CONSIDERANDO: Que mediante el citado oficio, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia ha solicitado la oficializacion del mencionado evento e invitado al senor Ministro de Relaciones Exteriores a los actos de inauguracion o cierre de la referida Reunion Hemisferica; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 790, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 2 de marzo de 2004; De conformidad con los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001; y el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar la Primera Reunion Hemisferica de Ministros y Altas Autoridades de Ciencia y Tecnologia en el ambito del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), a celebrarse en la MORDAZA de MORDAZA, el 11 y 12 de noviembre de 2004. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 07235

SALUD
Modifican el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos .armaceuticos y Afines
DECRETO SUPREMO Nº 005-2004-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 50º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud dispone que los productos farmaceuticos y afines requieren de Registro Sanitario para su fabricacion, importacion, distribucion o expendio; Que, el articulo 60º del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmaceuticos y Afines, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-SA, establece que por razones de interes sanitario debidamente calificado por el organo competente del Ministerio de Salud, encargado del control de enfermedades transmisibles, se podra otorgar Registro Sanitario, sin el requisito de la MORDAZA del Certificado de Libre Comercializacion y del Certificado de Consumo a productos farmaceuticos fabricados en el extranjero, para ser destinados a la prevencion y/o tratamiento de enfermedades endemicas en el Peru, precisandose que en este caso el interesado de-

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