Norma Legal Oficial del día 15 de Abril del año 2004 (15/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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tras, conforme a lo regulado en la Ley Nº 27671 que modifico el Decreto Legislativo Nº 854 sobre Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo y/o regulado en el articulo 25º del presente Reglamento". Articulo 3º.- Plazo para habilitar el lugar de nombrada Las Entidades Administradoras de Puertos deberan habilitar el lugar de nombramiento de los trabajadores portuarios en un plazo que no exceda a los treinta (30) dias calendario desde la entrada en vigencia del presente Reglamento, salvo que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 10º de la Ley Nº 27866, los empleadores portuarios habiliten un lugar comun cercano al recinto portuario. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 5º.- Vigencia El presente Reglamento entrara en vigencia desde el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- De la Comision Tecnica Una Comision Tecnica conformada por Resolucion Ministerial del Sector de Trabajo y Promocion del Empleo e integrada por dos representantes de la autoridad de trabajo, uno de los cuales la presidira, dos representantes de la autoridad portuaria, dos representantes de los trabajadores portuarios y dos representantes de los empleadores portuarios, sera la encargada de determinar los medios electronicos idoneos para realizar la nombrada, asi como los lineamientos tecnicos que esta debera seguir, en un plazo no mayor a ciento veinte (120) dias desde la vigencia del presente Decreto Supremo. Dado en MORDAZA, en la MORDAZA de Gobierno, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 07278

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 262-2004-MTC/02 MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones

Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Aero Continente S.A., con Carta ACQ JINST 246-2004, del 22 de marzo del 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 727, en la MORDAZA de Miami, a sus tripulantes tecnicos MORDAZA de la MORDAZA y MORDAZA Feldmuth, durante los dias 16 al 17 de MORDAZA del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 1044 y 1045, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 0464-2004-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para realizar chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 727 al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero Continente S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 16 al 17 de MORDAZA del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 0464-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 16 al 17 de MORDAZA del 2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 1044 y 1045, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 440.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

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