Norma Legal Oficial del día 15 de Abril del año 2004 (15/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 15 de MORDAZA de 2004

2002-OS/CD, Resolucion OSINERG Nº 1444-2002-OS/CD, Resolucion OSINERG Nº 1472-2002-OS/CD, Resolucion Nº 105-2003-OS/CD; asi como en sus respectivas modificatorias. Articulo 6º.- Toda la regulacion de transmision secundaria contenida en la presente resolucion, con excepcion de la establecida en el Articulo 2º y en los numerales 1.5 y 1.6 del Articulo 3º, es de aplicacion a todos los consumidores finales pertenezcan o no al Servicio Publico de Electricidad. Articulo 7º.- Todos los ingresos originados por efecto de los factores de perdidas y los peajes de transmision y transformacion, que se determinen por aplicacion de la presente resolucion, seran transferidos como compensacion por transmision a los concesionarios titulares de las correspondientes instalaciones de transmision. Articulo 8º.- En caso existieran acuerdos contractuales de compensacion por el uso de las instalaciones secundarias de transmision, anteriores a la expedicion de la Ley Nº 27239, estos prevaleceran hasta la terminacion de dichos contratos. Articulo 9º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA del ano 2004. Articulo 10º.- Deroguese las disposiciones que se opongan al cumplimiento de la presente resolucion. Articulo 11º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo EXPOSICION DE MOTIVOS DE LAS RESOLUCIONES DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 070-2004-OS/CD, OSINERG Nº 071-2004-OS/CD Y OSINERG Nº 072-2004-OS/CD Conforme lo dispone el Articulo 43º, literal b), de la Ley de Concesiones Electricas aprobada por Decreto Ley Nº 25844, estan sujetas a regulacion de precios las Tarifas y Compensaciones a titulares de Sistemas de Transmision. La determinacion de las Compensaciones por el uso de las redes del Sistema MORDAZA de Transmision (en adelante "SST"), corresponde al OSINERG, tal como lo senala el Articulo 62º de la referida Ley. Mediante Ley Nº 27838 Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, de fecha 4 de octubre de 2002, se aprobaron mecanismos adicionales a los ya establecidos en la normatividad especial, con el objeto de garantizar la mayor transparencia en el MORDAZA de fijacion de tarifas reguladas, fijandose, especificamente, un procedimiento de determinacion de tarifas. En cumplimiento de tal obligacion se cumplio, para el MORDAZA del ano 2004, con las etapas para el procedimiento de fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision, establecido en el Anexo B de la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados", aprobada mediante Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD y que, a su vez, contempla los distintos procedimientos regulatorios que lleva a cabo el OSINERG a traves de su Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, en concordancia con la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Ley Nº 27838. Dentro del citado contexto, se presentaron dos casos perfectamente diferenciados: a) Aquellos en que los titulares de SST presentaron estudios tecnico economicos en los plazos establecidos por el procedimiento; b) Aquellos que incluyen los casos correspondientes a la liquidacion de los contratos de concesion, contratos BOOT, los relacionados a las instalaciones de transmision secundaria de responsabilidad compartida entre la generacion y la demanda y aquellos otros en

que las empresas no presentaron propuestas. La regulacion de los casos mencionados se efectua por resolucion de oficio. Los valores resultantes de la regulacion efectuada por el OSINERG quedan consignados en resolucion complementaria, con el fin de que los agentes interesados encuentren en un solo documento las tarifas y compensaciones de todos los SST. En cumplimiento de su obligacion regulatoria, y siguiendo los pasos establecidos en el Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision, el OSINERG realizo los analisis correspondientes, publico las propuestas presentadas, realizo las audiencias publicas establecidas, formulo las observaciones correspondientes y analizo la absolucion de las mismas. Asimismo, el OSINERG cumplio con publicar los proyectos de resolucion que fijan las Tarifas y Compensaciones pertinentes y la relacion de la informacion que las sustenta. Finalmente, conforme a los pasos procedimentales preestablecidos, se procedio a la recepcion y analisis de las opiniones y sugerencias presentadas por los interesados sobre los proyectos prepublicados, habiendose recogido en las resoluciones definitivas aquellas sugerencias encontradas procedentes. Los valores y precios se encuentran debidamente sustentados en los informes OSINERG-GART/DGT Nº 011A-2004; OSINERG-GART/DGT Nº 012A-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 013A-2004, OSINERG-GART/ DGT Nº 014A-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 015A2004; OSINERG-GART/DGT Nº 016A-2004, OSINERGGART/DGT Nº 017A-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 018A-2004 y OSINERG-GART/DGT Nº 019A-2004, Anexos de las citadas resoluciones. En aplicacion de la funcion normativa del OSINERG, se procede a publicar las presentes resoluciones, correspondientes al periodo MORDAZA 2004 a MORDAZA 2005, las mismas que, en aplicacion del Articulo 141º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas y el item j) del Anexo B de la MORDAZA "Procedimiento para Fijacion de Precios Regulados", deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, 15 dias calendario MORDAZA de su vigencia el 1 de MORDAZA de 2004. Asi mismo, deberan ser consignadas junto con sus Anexos en la pagina web del OSINERG www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 07262

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 032-2004/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 31 de marzo de 2004 Visto el Expediente Nº 005-2004/SBN-JAR correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno denominado Parcela B de 56 750,29 m2, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el in-

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