Norma Legal Oficial del día 17 de Abril del año 2004 (17/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecucion de Obras en Bienes Culturales Inmuebles" Decreto Supremo Nº 039-70-VI y Nº 63-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Supremo Nº 017-2003ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR MONUMENTO INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al Templo de Huancasancos, ubicado en la Plaza Mayor de Huancasancos, distrito de Sancos, provincia de Huancasancos, departamento de Ayacucho. Articulo 2º.- Notificar la Resolucion Directoral Nacional correspondiente a la Municipalidad Provincial de Huancasancos y autoridades religiosas de la provincia de Huancasancos. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en los Registros Publicos la condicion de Patrimonio Cultural del Templo de Huancasancos detallado en el articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Es obligacion del propietario someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en el Monumento a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 07295

empresa JCB Profesionales en Seguridad S.A.C. para la prestacion de este servicio y con la finalidad de no afectar la continuidad del mismo, indispensable para el normal cumplimiento de las funciones asignadas a nuestra institucion; De conformidad con el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y el inciso 2) del articulo 108º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia Legal, de la Oficina de Administracion y Finanzas y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia de las instalaciones de OSINERG en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de Concurso Publico la contratacion del servicio de Seguridad y Vigilancia de las instalaciones de OSINERG en la MORDAZA de MORDAZA, el cual se llevara a cabo mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; dicha contratacion se realizara por un periodo de cuatro meses y/o hasta el inicio del servicio como consecuencia del MORDAZA de seleccion definitivo que se realice. Articulo 3º.- El valor referencial del MORDAZA sera por un monto total ascendente a S/. 196,000.00 (Ciento noventa y seis mil y 00/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley. Articulo 4º.- La fuente de financiamiento se realizara con cargo a los recursos ordinarios de OSINERG y la contratacion estara a cargo de la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnicos y Legal sustentatorios a la Contraloria General de la Republica, asi como proceder a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 07421

OSINERG
Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de las instalaciones de OSINERG en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 035-2004-OS/PRES MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Informe Tecnico Nº OAF-ALOG-006-2004, de fecha 7 de MORDAZA de 2004, de la Oficina de Administracion y Finanzas y el Informe Legal Nº 248-2004 de 12 de MORDAZA de 2004, de la Gerencia Legal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas de conformidad con la citada ley; Que, el inciso 2) del articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, la Oficina de Administracion y Finanzas de OSINERG, mediante el Informe Tecnico Nº OAF-ALOG-0062004, refiere la necesidad de efectuar la contratacion de manera urgente de una empresa que brinde el Servicio de Seguridad y Vigilancia de las instalaciones de OSINERG en la MORDAZA de MORDAZA, al haberse resuelto el contrato con la

Dejan sin efecto la Res. Nº 012-2004OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 073-2004-OS/CD MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 VISTA: La Resolucion Nº 02 de la MORDAZA Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de MORDAZA que resuelve declarar la nulidad del auto que resolvio admitir la medida cautelar innovativa solicitada por la Empresa Eteselva S.R.L. (en adelante "ETESELVA"). CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de octubre del 2003, se notifico a OSINERG la Resolucion Nº 01 del Primer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo Permanente, por la cual se admitio la Medida Cautelar Innovativa solicitada por ETESELVA, ordenandose se suspenda los efectos de las Resoluciones Administrativas OSINERG Nº 057-2003OS/CD, OSINERG Nº 096-2003-OS/CD y OSINERG Nº 099-2003-OS/CD y su fe de erratas, y que OSINERG emita una resolucion fijando provisionalmente un Peaje por Conexion para el Sistema Principal de Transmision de ETESELVA S.R.L., utilizando como Valor MORDAZA de Reemplazo US$ 31'276,981 dolares americanos y como Costo de Operacion y Mantenimiento US$ 1'172,117 dolares americanos; Que, en cumplimiento del mandato judicial, el Consejo Directivo de OSINERG emitio la Resolucion Nº 012-2004OS/CD de fecha 20 de enero de 2004, por la cual dispuso

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