Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2004 (22/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

suscitado, estas se someten expresamente a la competencia de los jueces y tribunales del Distrito Judicial de MORDAZA, salvo que, mediante documento privado, MORDAZA Partes hubieren acordado someter sus discrepancias a un arbitraje de derecho de acuerdo a las leyes de la Republica del Peru. DECIMA PRIMERA.- DOMICILIO 11.2 Las Partes se comprometen a senalar un domicilio en la MORDAZA de Lima-Peru, para los efectos de las comunicaciones derivadas de este Contrato. ANEXO II CLAUSULAS APLICABLES A ORGANISMOS INTERNACIONALES PRIMERA El presente Anexo es de aplicacion exclusiva a EL EMISOR que tenga la calidad de organismo internacional, entendiendose como tal a aquella persona juridica internacional de Derecho Publico, de indole financiera, cuya existencia emane de acuerdos internacionales obligatorios para el Peru. MORDAZA En este contexto, las partes declaran y acuerdan lo siguiente: a) No es de aplicacion a EL EMISOR el numeral 6.4 de la clausula sexta del presente Contrato. b) Precisar que lo establecido en el presente Contrato no puede constituir una renuncia de EL EMISOR a los privilegios e inmunidades que se le han concedido en los Convenios que MORDAZA suscrito o suscriba con la Republica del Peru. CLAUSULA SEGUNDA: EL CONTRATO se mantiene plenamente vigente en todo aquello no modificado expresamente por este documento. Conformes las partes con el contenido del presente documento, lo suscriben en dos (2) ejemplares de igual tenor, en MORDAZA, a los _________ (_____) dias del mes de ___________ de 200_. _________________ CAVALI 07113 ___________________ EMISOR

Que, en concordancia con la citada ley, el articulo 26º del Reglamento de Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 031-99-EF/94.10 y sus modificatorias, establece que CONASEV aprueba los reglamentos internos de las instituciones de compensacion y liquidacion de valores, asi como sus modificaciones, en forma previa a su aplicacion; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 057-2002-EF/ 94.10, publicada el 1 de diciembre de 2002, se aprobo el Reglamento Interno de CAVALI ICLV S.A.; Que, para fines de la aprobacion de los reglamentos internos o sus modificaciones, las instituciones de compensacion y liquidacion de valores deben acompanar a su solicitud MORDAZA del acuerdo del directorio y deben evidenciar que su proyecto de modificacion ha sido difundido entre los participantes, adjuntando las opiniones que hayan recibido al respecto; Que, mediante Cartas GG.040.04 y GG.043.04 del 27 de febrero y 2 de marzo de 2004, respectivamente, CAVALI ICLV S.A. solicito la modificacion de los incisos z) y aa) del articulo 6º del Capitulo II del Reglamento Interno denominado "De los Participantes"; Que, la modificacion del inciso z) del citado articulo 6º constituye una adecuacion de dicho Reglamento Interno a las disposiciones de la Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera - Peru, Ley Nº 27693 y su Reglamento; en tanto que la eliminacion del inciso aa) del mencionado articulo 6º deja sin efecto la obligacion que recaia en los participantes de CAVALI ICLV S.A. que hayan aceptado recibir el servicio de la cuenta que dicha institucion mantiene en otros depositos del exterior, de identificar a las personas naturales o juridicas sancionadas por la autoridad extranjera bajo cuya regulacion se encuentra sujeto el deposito en mencion; Que, la solicitud de aprobacion de la modificacion del Reglamento Interno de CAVALI ICLV S.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 2º inciso a) y el articulo 11º inciso b) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision reunido en sesion de fecha 13 de MORDAZA de 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el MORDAZA texto del inciso z) y derogar el inciso aa) del articulo 6º "Obligaciones", del Capitulo II "De los Participantes", del Reglamento Interno de CAVALI ICLV S.A., aprobado por Resolucion CONASEV Nº 057-2002-EF/94.10, conforme a la propuesta de modificacion presentada por CAVALI ICLV S.A., en los terminos siguientes: Articulo 6º.- Obligaciones ... z. Implementar una politica que tenga por objeto prevenir y detectar el MORDAZA de dinero o activos a traves de CAVALI por parte de los Usuarios o terceros, conforme lo establecen las disposiciones legales vigentes, la Ley Nº 27693, su reglamento Decreto Supremo Nº 163-2002-EF, normas complementarias y modificatorias. ...

Modifican articulo del Capitulo II "De los Participantes" del Reglamento Interno de CAVALI ICLV S.A.
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION CONASEV Nº 037-2004-EF/94.10 MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2004 VISTOS:

aa. (Derogado) El Expediente Nº 2004006156 presentado por CAVALI ICLV S.A. y el Informe Nº 0112-2004-EF/94.45 de fecha 1 de MORDAZA de 2004, presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores, con la opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, el articulo 228º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Supremo Nº 093-2002EF, establece que CONASEV aprueba los estatutos y reglamentos internos y sus modificaciones, asi como controla y supervisa las actividades de las mencionadas instituciones; ... Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a CAVALI ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSSIO GARGUREVICH Vicepresidente 07399

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