Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2004 (22/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA
Cancelan procesos de adjudicacion de menor cuantia convocados para adquisicion de dispositivos firewall y de equipos de conectividad
RESOLUCION DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL CONSEJO NACIONAL DE INTELIGENCIA Nº 014-2004-CNI/AT Chorrillos, 16 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Informe Nº 001-2004-CNI-CE, el Memorandum Nº 033-2004-UPPTO-OGPPA-CNI, el Informe Nº 059-2004DIAJU-CNI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27479 - "Ley del Sistema de Inteligencia Nacional" (SINA), se crea el Consejo Nacional de Inteligencia (CNI) como organo rector del mas alto nivel del SINA, que orienta, coordina, controla e integra las actividades de inteligencia y contrainteligencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-PCM, se fusiono el Consejo Nacional de Inteligencia con la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica, correspondiendole al primero en su condicion de organo de direccion del Sistema de Inteligencia Nacional, la condicion de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2004-PCM, se declaro en reorganizacion el Consejo Nacional de Inteligencia, con el objeto de adecuarlo a la realidad y a la necesidad de seguridad nacional, estableciendose un regimen de temporal de administracion, para que asuma las funciones asignadas al Consejo Nacional de Inteligencia; Que, por Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 235-2003-CNI, de fecha 12 de diciembre de 2003, se declaro en situacion de urgencia la adquisicion de dispositivos firewall y equipos de conectividad, exonerandose tales adquisiciones de los procesos de seleccion que correspondian y autorizando a la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion a realizar las mismas, bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 023-2004-CNI, de fecha 17 de febrero de 2004, se declaro la nulidad de los procesos de seleccion para la adquisicion de dispositivos firewall - adjudicacion de menor cuantia Nº 12.03.1.787 - y para la adquisicion de equipos de conectividad - adjudicacion de menor cuantia Nº 12.03.1.788-, retrotrayendo en el primer caso el MORDAZA a la etapa de elaboracion de las Bases y en el MORDAZA a la etapa de calificacion de propuestas; Que, como consecuencia de la declaratoria de nulidad MORDAZA senalada, el Comite Especial designado para llevar a cabo ambos procesos de seleccion, acordo continuar con los mismos, sin embargo, efectuadas las consultas correspondientes, la Unidad de Presupuesto mediante Memorandum Nº 033-2004-UPPTO-OGPPA-CNI, informa que en el Presupuesto Institucional aprobado por el Consejo Nacional de Inteligencia del ano 2004, no existe la disponibilidad presupuestal en la Generica 7 Otros Bienes de Capital, que permita llevar adelante tales procesos; Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelar el mismo, por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado, tenga que destinarse a otros propositos de emergencia, declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En este caso, la Entidad debera reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido; Que, en el caso de los procesos de seleccion materia del presente acto resolutivo, se ha presentado una hecho

excepcional ocasionado por motivos de caso fortuito o fuerza mayor, tomando en cuenta que para el presente ano no existe disponibilidad de fondos y que los recursos previstos para la adquisicion de los bienes en cuestion durante el ano 2003; ya no pueden ser reprogramados para el presente ejercicio presupuestal, motivo por el cual resulta imposible continuar con ambos procesos de seleccion, situacion que determina la necesidad de cancelarse los mismos, de conformidad con lo previsto en el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, teniendo en cuenta los hechos expuestos, mediante Informe Nº 059-2004-DIAJU-CNI, la Direccion de Asesoria Juridica, considera necesario segun lo previsto en el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la expedicion de un acto resolutivo, por medio del cual se cancelen los referidos procesos de seleccion y se disponga poner en conocimiento de lo resuelto al Comite Especial, a fin que este proceda al reintegro del pago efectuado por los postores para la adquisicion de las Bases Administrativas; Estando al visto de la Secretaria General, de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Administracion, de la Direccion de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27479 Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y su modificatoria Ley Nº 27589, el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 026-2004-PCM y la Resolucion Suprema Nº 103-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CANCELAR el MORDAZA de seleccion Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 12.03.1.787 - convocado para la adquisicion de dispositivos firewall, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- CANCELAR el MORDAZA de seleccion Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 12.03.1.788 - convocado para la adquisicion de equipos de conectividad, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Poner en conocimiento del Comite Especial encargado de llevar a cabo ambos procesos de seleccion, la expedicion de la presente Resolucion, a fin que este se encargue, en el plazo de un dia, de comunicar lo resuelto, a los adquirentes de las Bases Administrativas, con el objeto que se proceda a efectuarles el reintegro respectivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. RAYGADA MORDAZA Administrador Temporal 07659

FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratar servicio de seguridad respecto de inmuebles transferidos por el CONEMINSA mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 47-SE-2004 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Memorandum Nº 463-2004-GAP de fecha 12 de MORDAZA de 2004, de la Gerencia de Administracion y Presupuesto y el Memorando Nº 135-2004-OAJ del 19 de MORDAZA del 2004, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de MORDAZA de 2004, la Gerencia de Administracion y Presupuesto, mediante Memorandum Nº 4632004-GAP, el Informe Tecnico que sustenta la necesidad de llevar a cabo un MORDAZA de menor cuantia exonerada

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