Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2004 (22/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

para la contratacion del servicio de vigilancia en los inmuebles transferidos por CONEMINSA, solicitando la emision de un Informe Legal y la proyeccion de la respectiva Resolucion de exoneracion por causal de urgencia, en aplicacion del literal c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Informe Tecnico elaborado por la Gerencia de Administracion y Presupuesto contenido en el Memorandum Nº 463-2004-GAP, sustenta la necesidad de la contratacion del servicio de seguridad en los locales transferidos por CONEMINSA por causal de urgencia, senalando expresamente que "los contratos con las empresas que brindan seguridad en los locales transferidos por CONEMINSA se vienen venciendo; poniendo en riesgo la continuidad del servicio y por lo tanto la seguridad de los inmuebles". Asimismo, dicha Gerencia senala que se encuentra procesando el Concurso Publico para la contratacion del servicio de seguridad, siendo que la organizacion y ejecucion del programa requiere un minimo de 10 semanas estipulados por la norma; tiempo en el cual la totalidad de contratos de seguridad en los locales transferidos se habrian vencido; Que, respecto a los criterios de economia (costos y la oportunidad) de la contratacion del servicio de vigilancia, segun el citado Informe Tecnico, el precio para la contratacion de dicho servicio en los inmuebles: (i) CCHH Limatambo - San Borja; (ii) CCHH MORDAZA MORDAZA - Carabayllo; (iii) CCHH MORDAZA MORDAZA de MORDAZA - Ventanilla; (iv) CCHH MORDAZA MORDAZA - Callao; (v) CCHH MORDAZA IV Etapa Mz N-2 - Trujillo; (vi) CCHH Talara III- Piura; (vii) CCHH Paucarbamba - Huanuco; (viii) CCHH MORDAZA Mendivil Cusco; (ix) CCHH Los Tallanes B. MORDAZA, y (x) CCHH Miraflores - Piura; asciende en total a la suma de S/. 187,356.00 (Ciento Ochenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos. En el informe se indica que "los montos estipulados por cada inmueble han sido calculados en funcion a los montos mensuales que actualmente se viene pagando a cada proveedor por los servicios de seguridad"; Que, el Informe Tecnico senala que el periodo de la contratacion del servicio de seguridad en los locales transferidos por CONEMINSA sera en su mayoria de 3 meses, comprendido entre el 1 de MORDAZA al 31 de MORDAZA del 2004; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del Articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM se encuentran exoneradas del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de urgencia declarados de conformidad con la Ley; Que, el articulo 21º de la Ley indica que se considera a una situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 108º del Reglamento de la Ley, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001PCM senala que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal, emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la contratacion y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia tales como los costos y la oportunidad; Que, el Informe Tecnico elaborado por la Gerencia de Administracion y Presupuesto ha sustentado la necesidad de la exoneracion por urgencia del MORDAZA de concurso publico para contratacion del servicio de seguridad de los locales transferidos por CONEMINSA, en aplicacion del literal c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contratacio-

nes y Adquisiciones del Estado, al considerar que la ausencia del servicio de seguridad en dichos locales pone en riesgo la seguridad de los mismos; Que, el Informe Legal contenido en el Memorandum Nº 135-2004-OAJ de fecha 19 de MORDAZA del 2004, concluye que de conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento resulta procedente autorizar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico para la contratacion del servicio de vigilancia respecto de los inmuebles transferidos por CONEMINSA senalados en los considerandos precedentes; Que, de acuerdo a los informes citados, la contratacion del servicio de seguridad en los inmuebles transferidos por CONEMINSA, se ajusta a la causal establecida en el literal c) del Articulo 19º de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, segun lo dispuesto en el inciso a) del articulo 20º de la Ley, las adquisiciones o contrataciones exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa se realizaran mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; De conformidad con los Articulos 19º y 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los articulos 108º y 113º de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM sus normas modificatorias y complementarias y, la Resolucion Nº 118-2001CONSUCODE/PRE; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo; En uso de las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Fondo MIVIVIENDA del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para la contratacion del servicio de seguridad respecto de los inmuebles transferidos por CONEMINSA, y autorizar la contratacion respectiva a traves de la modalidad de adjudicacion de menor cuantia, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: servicios. b. Descripcion del servicio, monto a contratar y tiempo que se requiere contratar servicio: Servicio de seguridad de los siguientes inmuebles:
Inmueble CCHH Limatambo - San Borja. CCHH MORDAZA MORDAZA - Carabayllo CCHH MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Ventanilla CCHH MORDAZA MORDAZA - Callao CCHH MORDAZA IV Etapa MZ N-2 - MORDAZA CCHH Talara III - MORDAZA CCHH Paucarbamba - MORDAZA CCHH MORDAZA Mendivil - MORDAZA CCHH Los Tallanes B - MORDAZA CCHH Miraflores - MORDAZA Periodo a contratar 3 meses 3 meses 3 meses 3 meses 3 meses 3 meses 3 meses 3 meses 2 meses + 24 dias 2 meses + 24 dias Monto a contratar S/. 8,955.00 17,907.00 26,871.00 17,913.00 12,633.00 11,514.00 11,769.00 23,979.00 33,489.00 22,326.00

Monto Total a contratar: S/. 187,356.00

c. Monto referencial total: S/. 187,356.00 (Ciento Ochenta y Siete Mil Trescientos Cincuenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles) incluido impuestos. d. Fuente de financiamiento: recursos propios e. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto. f. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Administracion y Presupuesto, de conformidad con el articulo 137º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de contratar el servicio indicado en el numeral precedente segun el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia.

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