Norma Legal Oficial del día 22 de Abril del año 2004 (22/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2004

MSS, MORDAZA que prorrogo el plazo de vigencia establecido en el articulo 1º de la Ordenanza Nº 146-MSS, dispositivo que suspende el otorgamiento de autorizaciones municipales de elementos generadores de impacto visual negativo y/o contaminacion luminosa. Articulo 2º.- Prorrogar, hasta el 30.ABR.2004, el plazo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 146-MSS. Articulo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza al Gerente Municipal. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 07786

senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR la condonacion de los factores de actualizacion de intereses y moras de los siguientes tributos: - Impuesto Predial - Arbitrios Municipales - Multas Tributarias 1994 al 2003 1994 al 2003 1994 al 2003(solo en casos de no haber sido fiscalizado)

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban condonar factores de actualizacion de intereses y moras de diversos tributos desde 1994 a 2003
ORDENANZA Nº 146 MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 1 de MORDAZA del 2004. EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 1.ABRIL.2004, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores regidores Dr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre Beneficios Tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, modificado por la Ley Nº 27335, establece que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme a la MORDAZA parte del Articulo 41º del Codigo Tributario, se establece que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respectivas de los tributos que administra; Que, existe el pedido de diversas Organizaciones Vecinales y contribuyentes que desean acogerse a beneficios tributarios que les permita regularizar sus adeudos de anos anteriores, lo que es atendible, como tambien lo es expresar el reconocimiento del Concejo a los contribuyentes que desean cumplir oportunamente con cancelar sus obligaciones tributarias; Que, el Concejo Municipal a traves de las Ordenanzas Nº s. 118, sobre Declaracion Jurada Masiva Gratuita; 122, sobre condonacion de pago en el derecho de tramite administrativo de Regularizacion de Habilitacion Urbana; 137, sobre vencimiento de pago de impuesto predial y arbitrios municipales 2004 y 138 sobre Declaracion Jurada - 2004 de permanencia en el giro autorizado, ha establecido beneficios que es necesario unificar y prorrogar segun los casos; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 8), 40º y 47º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776; con el MORDAZA Mayoritario de los

Articulo Segundo.- La condonacion indicada en el Articulo Primero sera del 100% si el pago es al contado, a excepcion de las personas naturales y/o juridicas que a la fecha se les hubiera iniciado los procesos de fiscalizacion tributaria y si la deuda no es mayor de 1 (una) UIT. Si el pago es fraccionado, la condonacion indicada sera del 80% para las personas naturales y/o juridicas que a la fecha tengan deuda pendiente de pago y que no se les hubiera iniciado los procesos de fiscalizacion tributaria. Articulo Tercero.- Los beneficios establecidos en los ar ticulos precedentes sera de alcance de los contribuyentes y/o deudores que se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva, asi como de los contribuyentes responsables e infractores que a la fecha gozaran del beneficio extraordinario de fraccionamiento de pago (BEFP), por el saldo de la deuda; asimismo a los contribuyentes que hubieran perdido el beneficio. Articulo Cuarto.- Ademas de los descuentos de las moras e intereses senalados se aplicara el siguiente regimen de incentivos: a) ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA: 100% de condonacion del tributo insoluto para los Ejercicios Fiscales: 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998, siempre y cuando se pague al contado los tributos correspondientes a los Ejercicios 2003 y 2004. b) ARBITRIOS DE SERENAZGO: 70% de condonacion del tributo insoluto de los Ejercicios Fiscales 1999, 2000 y 2001, siempre y cuando se pague al contado los tributos correspondientes a los Ejercicios 2003 y 2004. c) TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: 100% de condonacion del tributo insoluto de los Ejercicios Fiscales 1994, 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999, siempre y cuando se pague al contado el Impuesto Predial de los anos 2003 y 2004. d) MULTAS ADMINISTRATIVAS: Las personas naturales o juridicas que tengan deudas pendientes de pago por concepto de Multas Administrativas aplicadas hasta el 30 de diciembre del 2003, siempre y cuando no excedan del valor de Una (1) Unidad Impositiva Tributaria (S/. 3,200.00), podran cancelar las mismas con el beneficio de rebaja del 70% sobre el importe de la multa si los pagos se realizan al contado y un 50% si el pago se realiza en forma fraccionada. Articulo Quinto.- En el caso de las deudas tributarias y/o administrativas que se encuentren en MORDAZA de Ejecucion Coactiva, sera requisito previa para acogerse a la presente amnistia, la cancelacion de gastos y costas procesales generados en dicho procedimiento. Articulo Sexto.- Prorrogar la vigencia del vencimiento de las Ordenanzas Municipales. siguientes: - Ordenanza Nº 118 - sobre Declaracion Jurada Masiva Gratuita. - Ordenanza Nº 122 - sobre condonacion de pago en el derecho de tramite administrativo de Regularizacion de Habilitacion Urbana. - Ordenanza Nº 137 - sobre vencimiento de pago de la primera cuota del impuesto predial y arbitrios 2004. - Ordenanza Nº 138 - sobre declaracion jurada-2004 de permanencia en el giro autorizado. Articulo Setimo.- La vigencia de duracion de la presente Ordenanza Municipal sera hasta el dia 30 de MORDAZA del presente ano. Articulo Octavo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion Municipal, Direccion de Desarrollo MORDAZA, Oficina de Rentas, Agencias Muni-

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