Norma Legal Oficial del día 24 de Abril del año 2004 (24/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2004

Asimismo, precisase que los miembros indicados en los numerales 3.1. y 3.2., por su propia naturaleza, son miembros permanentes" "Articulo 5º.- Del Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de Miraflores La Gerencia de Participacion Vecinal sera la responsable de abrir el denominado "Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil del distrito de Miraflores", en el cual deberan estar inscritas las diferentes organizaciones interesadas en participar en el desarrollo de la presente gestion, dentro del MORDAZA y atribuciones que para tal fin establecen los dispositivos legales vigentes. La mencionada Gerencia, asimismo, sera la encargada de la tenencia, custodia, mantenimiento y actualizacion del referido Libro" "Articulo 8º.- MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital 8.1. La convocatoria a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, la realizara el MORDAZA de Miraflores, mediante Decreto de Alcaldia que se cenira a lo establecido por el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades. 8.2. Podran participar en calidad de observadores instituciones especializadas en procesos electorales de nivel nacional e internacional, incluyendo a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). 8.3. La Gerencia de Participacion Vecinal, responsable, segun el articulo 5º de esta Ordenanza, del Libro de Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil, publicara el padron electoral en un diario de mayor circulacion, dentro de los 10 dias de emitido el Decreto de Alcaldia de convocatoria a elecciones. 8.4. Pueden presentarse impugnaciones debidamente fundamentadas ante la Municipalidad de Miraflores, dentro de los dos dias habiles posteriores a la publicacion, resolviendose dichas impugnaciones dentro de los dos dias habiles posteriores a la MORDAZA de la impugnacion. 8.5. La resolucion final es expedida por la Gerencia de Participacion Vecinal previo informe del Comite Electoral, y es de caracter irrecurrible". "Articulo 9º.- De las Candidaturas Los delegados-electores presentaran sus candidaturas al Comite Electoral con anticipacion al dia de la eleccion" "Articulo 10º.- Del Acto Electoral en si

11.5. Los acuerdos que adopte el Consejo de Coordinacion Local Distrital se obtendran mediante votacion entre sus integrantes. El presidente del Consejo de Coordinacion Local Distrital tiene MORDAZA dirimente. 11.6. El Consejo de Coordinacion Local Distrital, de estimarlo pertinente, puede solicitar la intervencion o asesoramiento de profesionales o entidades especializadas en los asuntos encomendados. 11.7. Los representantes vecinales del Consejo de Coordinacion Local Distrital en ningun caso percibiran dietas, viaticos, u otro MORDAZA de asignacion por parte de la Municipalidad Distrital de Miraflores. 11.8. La Gerencia competente sera la encargada de elaborar las actas, preparar las agendas y coordinar con los miembros del Consejo de Coordinacion Local Distrital, a fin de asegurar la efectiva asistencia de los mismos a las sesiones" Articulo 3º.- Texto del articulo incorporado a la Ordenanza Nº 129 El articulo 12º, incluido segun el articulo 1º de esta Ordenanza, tiene el siguiente tenor literal: "Articulo 12º.- Del Comite Electoral El Comite Electoral tiene a su cargo el manejo integral del MORDAZA llevado a cabo para elegir a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, descrito en articulos precedentes, participando MORDAZA, durante y despues del acto electoral, evento puntual que forma parte del MORDAZA electoral en si. Esta conformado por tres funcionarios de la municipalidad, nombrados mediante Resolucion de Alcaldia, y divididos en: Presidente, Relator y Secretario, asumiendo asi la conduccion del MORDAZA electoral arriba detallado. El Comite Electoral debe iniciar sus funciones dentro de un plazo que no excedera de diez dias, contados a partir de la convocatoria a elecciones, ejerciendo sus funciones en coordinacion plena con la Gerencia de Participacion Vecinal Las funciones del Comite Electoral culminaran una vez entregada al MORDAZA Distrital, mediante informe, la relacion de los representantes electos ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores" Articulo 4º.- Vigencia La presente MORDAZA entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

10.1. Cada candidato sera identificado con un numero asignado por sorteo e indicado por el Comite Electoral. 10.2. El Comite Electoral procedera a llamar uno a uno a los representantes -electores presentes para emitir su voto. 10.3. Los candidatos que hubieren obtenido la mayor cantidad de votos, dentro de la distribucion establecida por el articulo 3º de la presente Ordenanza, seran proclamados ganadores. 10.4. El Comite Electoral informara al MORDAZA Distrital de manera inmediata, adjuntando las actas correspondientes, la relacion de los representantes electos ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores" "Articulo 11º.- Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital 11.1 El Consejo de Coordinacion Local Distrital se instalara cuando asi lo convoque el MORDAZA Distrital, o el MORDAZA MORDAZA en caso de delegacion. 11.2. El Consejo de Coordinacion Local Distrital se reune ordinariamente dos veces al ano y en forma extraordinaria cuando asi lo convoque el MORDAZA Distrital, o el MORDAZA MORDAZA en caso de Delegacion. 11.3. Asimismo, en sesion ordinaria una vez al ano, el Consejo de Coordinacion Local Distrital se reune para coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertado y el Presupuesto Participativo Distrital. 11.4. El quorum de las sesiones se establece con la mitad mas uno de sus miembros. En caso de no alcanzarse el quorum reglamentario, se realizara una MORDAZA convocatoria en los siguientes treinta minutos, iniciandose la sesion con los integrantes que estuvieren presentes.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07837

Regulan adecuacion de las edificaciones ubicadas en el distrito a los parametros establecidos para su uso por personas con discapacidad
ORDENANZA Nº 151 Miraflores, 20 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO: El Concejo de Miraflores, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.6.2. del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, otorga a las Municipalidades Distritales la funcion especifica exclusiva de normar, regular, y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de la construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica;

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