Norma Legal Oficial del día 27 de Abril del año 2004 (27/04/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 267390

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de MORDAZA de 2004

comendar la sancion de SUSPENSION TEMPORAL sin goce de remuneraciones por 30 dias al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comprendido en la comision de falta de caracter disciplinario previsto en el articulo 28º inc. a) de la Ley acotada; concordantes ambos con el articulo 21º inciso a) y d) del mismo cuerpo de leyes y en cumplimiento del Articulo 150º y siguientes del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Por las consideraciones expuestas, conforme al numeral 6 y numeral 22 articulos 20º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sancionar con DESTITUCION de la MORDAZA administrativa al servidor publico SR. FROEVEL MORDAZA ARGUELLES MORDAZA, y con SUSPENSION TEMPORAL de 30 dias sin goce de remuneraciones al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Recursos Humanos el cumplimiento de la presente Resolucion y anexe MORDAZA de la misma en los legajos personales de los servidores publicos indicados en el articulo precedente. Articulo Tercero.- Encargar a Secretaria General remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General, a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08034

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de leche evaporada entera para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-2004/MDSM
MORDAZA MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2004 VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, en la fecha, en atencion al Informe Nº 011-2004-CEP/MDSM, del Comite Especial Permanente, y el Informe Nº 052-2004-DAJ/MDSM, de la Direccion de Asesoria Juridica, relacionados a "Declarar en Situacion de Urgencia el Suministro del producto alimenticio, Leche Evaporada Entera, al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico, y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional ­ Ley Nº 27680; Que, el Comite Especial Permanente, con informe de visto, recomienda se declare en Situacion de Urgencia el suministro del productos alimenticio, Leche Evaporada Entera, al PVL, ante el inminente riesgo de quedar desabastecido de este producto, consecuencia de haberse declarado Desierto el item I: Leche Evaporada Entera, del MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva No 0001-2004-CEP/ MDSM, debiendose adoptar acciones inmediatas que permitan asegurar la continuidad del funcionamiento del mismo, dada las serias implicancias que conllevaria su paralizacion o interrupcion para la salud de los MORDAZA de ninos, madres gestantes y demas beneficiarios del citado Programa;

Que, asimismo, el Comite Especial Permanente, encargado de conducir el MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva No 001-2004-CEP/MDSM ­ MORDAZA Convocatoria, item I: Leche Evaporada Entera, senala que el cronograma de ejecucion de este MORDAZA culminara aproximadamente a fines del mes de MORDAZA, concluyendose por tal razon procedente se declare en Situacion de Urgencia la adquisicion del producto alimenticio Leche Evaporada Entera al Programa del Vaso de Leche. Que el Inc. c) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, precisa que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las Adquisiciones y Contrataciones que se realicen en situaciones de urgencia, declaradas conforme a Ley; Que, el Art. 21º de la Ley MORDAZA acotada establece, "Se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion y contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, el Art. 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece, "Las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, requieren obligatoriamente informe tecnico legal previo emitido por las areas tecnica y de Asesoria Juridica de la Entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion; y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad"; Que, el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con lo dispuesto en los Arts. 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, establecen "....Todas las exoneraciones se aprobaran, c)Mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, los que se publicaran en el Diario Oficial El Peruano; la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la contratacion o adquisicion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y su complejidad, envergadura y sofisticacion"; Que, mediante los informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar tecnica y legalmente la justificacion de la adquisicion y de la necesidad de la exoneracion fundamentando la necesidad de "Declarar en Situacion de Urgencia al Suministro del producto alimenticio Leche Evaporada Entera al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia la Adquisicion del Producto Alimenticio Leche Evaporada Entera al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA por el lapso de 60 dias. Articulo Segundo.- Encargar al Comite Especial Permanente la ejecucion del MORDAZA de seleccion de Menor Cuantia por el periodo que dure la Situacion de Urgencia declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a S/.14,300.00, que sera financiado con la fuente de financiamiento de Transferencia del Gobierno Central para el Programa del Vaso de Leche, segun detalle: ITEM I PRODUCTO UNID. CANT. MONTO (S/.) Leche Evaporada Entera Lata 7,944.44 14,300.00

Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los Diez (10) dias habiles de adoptado el presente acuerdo, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica, MORDAZA del Acuerdo y del informe tecnico ­ legal, que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. ESTUPINAN DEMUTTI MORDAZA 08065

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.