Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez Titular del MORDAZA Juzgado Penal de la provincia de Chiclayo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 139-2004-CE-PJ
MORDAZA, 23 de MORDAZA del 2004 VISTAS: Las solicitudes presentadas por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del MORDAZA Juzgado Penal de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA, actualmente Vocal Provisional de la Sala Mixta de MORDAZA, con certificacion de firma ante la Secretaria Administrativa de dicha Corte Superior; y, CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula renuncia al cargo de Juez Titular del MORDAZA Juzgado Penal de la provincia de Chiclayo, comprension de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 1 de agosto del ano en curso, para el que fue nombrado por Resolucion Suprema Nº 416-84-JUS de fecha 20 de noviembre de 1984; Que, mediante Oficio Nº 4443-2004-GD-OCMA-FTCJM, la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial informa que ante ese Organo de Control se encuentran en tramite la Investigacion Nº 80-2004 y la Queja ODICMA Nº 371-2004-Lambayeque, seguidas contra el recurrente; Que, asimismo, el Consejo Nacional de la Magistratura por Oficio Nº 1453-2004-P-CNM informa que de los Registros de la Secretaria Tecnica de Procesos Disciplinarios, no obra denuncia, investigacion preliminar, ni MORDAZA disciplinario seguido contra el Magistrado MORDAZA MORDAZA Correa; Que, tambien, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite la certificacion expedida por la Asistente de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de dicha Corte Superior, informando que el Magistrado recurrente registra las Quejas Nºs. 35-04, 40-04 y 158-04; Que, en tal sentido, y sin perjuicio de los informes mencionados, la aceptacion de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno exoneracion de responsabilidad por cualquier hecho materia de investigacion que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Magistrado de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Que, el articulo 245º, inciso 3), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, establece que termina el cargo de Magistrado, entre otros, por renuncia, desde que es aceptada; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a un evento oficial, y el senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Juez Titular del MORDAZA Juzgado Penal de la provincia de Chiclayo, comprension de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 1 de agosto del ano en curso; sin perjuicio de lo expuesto en el MORDAZA considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Su-

perior de Justicia de MORDAZA y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 14081

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Aprueban formatos estandarizados de la Factura Conformada
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
RESOLUCION CONASEV Nº 077-2004-EF/94.10 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Memorandum Nº 2859-2004-EF/94.20 de fecha 19 de MORDAZA de 2004, presentado por la Gerencia de Asesoria Juridica, asi como las comunicaciones remitidas por la Camara de Comercio de MORDAZA y la Asociacion de Bancos del Peru. CONSIDERANDO: Que, la Ley de Titulos Valores aprobada por Ley Nº 27287 dispone en su MORDAZA Disposicion Final que la Superintendencia de Banca y Seguros y la CONASEV "estan facultadas a aprobar los modelos y formatos estandarizados de los titulos valores que las camaras y asociaciones gremiales les propongan, observando que reunan los requisitos formales esenciales que la presente Ley u otras disposiciones establezcan, con excepcion de aquellos modelos o formularios cuya aprobacion se MORDAZA delegado en otra autoridad"; Que en virtud de la MORDAZA invocada, la Camara de Comercio de MORDAZA y la Asociacion de Bancos del Peru, proponen la aprobacion de los formatos estandarizados de Factura Conformada, adecuados a la reciente modificacion de dicho titulo valor dispuesta por la Ley Nº 28203, formatos que cumplen con los requisitos establecidos en la MORDAZA citada Ley y en la Ley Nº 27287, por lo que corresponde aprobar los formatos en mencion a efectos de recomendar su uso en las transacciones comerciales efectuadas con dichos titulos valores; Estando a lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 27287, el Articulo 11º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional reunido en sesion de fecha 19 de MORDAZA de 2004. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los formatos estandarizados de la factura conformada, conforme a los anexos que se adjuntan a la presente Resolucion, precisandose que en el caso del formato que se utilice como MORDAZA adicional del comprobante de pago, debera indicarse en el anverso de dicho documento, el termino "Factura Conformada" y el texto "Copia no valida para efecto tributario". Articulo 2º.- Precisar que los formatos estandarizados que se aprueban segun el articulo anterior, no son de uso obligatorio. Los mismos pueden ser adecuados a la naturaleza y condiciones de las transacciones especificas de las que se originen, observando la Ley de Titulos Valores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidente

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