Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

8.-

salvo que el acuerdo se MORDAZA adoptado en junta universal. En caso de aporte de titulos valores, debe insertarse en la escritura publica correspondiente, el documento expedido por la entidad financiera o bancaria nacional en el que conste el abono de fondos en la cuenta de la sociedad. 9.- En caso de capitalizacion de prestamos, se debe contar con el asentimiento del acreedor y el informe favorable del direc torio o de la gerencia del ser el caso. 10.- En caso de existir derecho de suscripcion preferente, se deben acompanar las publicaciones indicadas en el articulo 211º de la Ley y la certificacion del gerente relativa al cumplimiento de este derecho. 11.- Pago de derechos registrales. 12.- Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. 0.24% UIT por derechos de calificacion y 0.24% UIT por derechos de inscripcion 35 dias salvo prorroga o suspension. Diario Registrador Publico Tribunal Registral

9

Cancelacion de capital

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/ SN (23/07/2001); 22º, 43º, 116º y 120º de la Ley General de Sociedades - Ley Nº 26887 (09/12/1997); 35º, del Reglamento del Registro de Sociedades, aprobado por Resolucion Nº 200-2001-SUNARP/SN (27/07/2001); Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

1.-

NORMAS LEGALES

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. 2.- MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- Escritura publica que contenga el acta del acuerdo de cancelacion de capital de la sociedad, asentado en libro de actas. En caso de aporte de dinero debe insertarse el documento expedido por entidad financiera o bancaria nacional en cuenta a nombre de la sociedad. 4.- Original o MORDAZA certificada, por notario o fedatario de la entidad, de la (s) publicacion (es) del aviso de convocatoria, salvo que el acuerdo se MORDAZA adoptado en junta universal. 5.- Tratandose de inmuebles no registrados estos deben estar adecuadamente identificados, asi como debe indicarse en la escritura publica que son transferidos a la sociedad. 6.- En caso de muebles no registrados se requiere la certificacion del gerente general de haberlos recibido, los cuales deben estar debidamente identificados. 7.- En caso de conversion de creditos o de obligaciones, capitalizacion de utilidades, reservas, beneficios, primas de capital, excedentes de revaluacion u otra forma de incremento de la cuenta capital, se acompanara el asiento contable debidamente suscrito por contador publico o mercantil. Si el aumento se realiza por la conversion de creditos u obligaciones, el consentimiento del acreedor debe constar en la forma prevista por el MORDAZA parrafo del art. 65º del Reglamento del Registro de Sociedades. 8.- En caso de aporte de titulos valores, debe insertarse en la escritura publica correspondiente, el documento expedido por la entidad financiera o bancaria nacional en el que conste el abono de fondos en la cuenta de la sociedad. 9.- En caso de capitalizacion de prestamos, se debe contar con el asentimiento del acreedor y el informe favorable del direc torio o de la gerencia del ser el caso. 10.- En caso de existir derecho de suscripcion preferente, se deben acompanar las publicaciones indicadas en el articulo 211º de la Ley y la certificacion del gerente relativa al cumplimiento de este derecho. 11.- Pago de derechos registrales. 12.- Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. 0.24% UIT por derechos de 35 dias salvo prorroga o Diario

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Reduccion de capital

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aproba-

1.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito .

Registrador Publico

Tribunal Registral

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