Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

(05/06/2004) Diario Registrador Publico Tribunal Registral

7.-

Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

2

Pag. 2736

Habilitacion a) Inscripcion de Habilitacion MORDAZA (Primera etapa: Aprobacion de la Habilitacion) 35 dias salvo prorroga o suspension.

1.-

2.-

3.-

1.94 % de UIT por derechos de calificacion y 0.26 % de la UIT por derechos de inscripcion. Adicionalmente, por cada partida que se genere, 0.32% UIT

4.-

Articulos 15º, 17º y 176 del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 30º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003); 2010º y 2011º Codigo Civil (25/07/84); Titulo II del Reglamento Nacional de Construcciones aprobado por D.S. Nº 039-70-VI (1/08/1970) y D.S. Nº 063-70-VI (15/12/1970); 4º de la Ley 26878 (20/11/1997); 8º y 16º del TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 0011-98-MTC (05/06/1998); 73º, 79º inc. 1.2, 3.6, 159º y 160º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (27/05/03); Decreto Supremo Nº 0172003-JUS (18/09/03) Diario Registrador Publico

5.6.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Resolucion de la municipalidad provincial que ratifica la aprobacion de la municipalidad distrital o la Resolucion de la municipalidad provincial que aprueba la habilitacion, tratandose del Cercado. Si la resolucion provincial ratificatoria no contiene los datos del ultimo parrafo del articulo 30º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, se acompanara resolucion de la municipalidad distrital. Plano de Lotizacion georeferenciado a la Red Geodesica Nacional y proyeccion de coordenadas oficiales, aprobado por la resolucion que aprueba la habilitacion. Recibo de pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

1.-

Tribunal Registral

b) Inscripcion de Habilitacion MORDAZA por Silencio Administrativo Positivo (Primera etapa: Aprobacion de la Habilitacion)

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

3.-

NORMAS LEGALES

4.-

1.94 % de UIT por derechos de calificacion y 0.26 % de la UIT por derechos de inscripcion. Adicionalmente, por cada partida que se genere, 0.32% UIT

5.-

6.-

Articulos 15º, 17º y 176 del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 31º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003); 2010º y 2011º Codigo Civil; Titulo II del Reglamento Nacional de Construcciones aprobado por D.S. Nº 039-70-VI (1/08/1970) y D.S.Nº 063-70-VI (15/12/1970), 4º de la Ley 26878 (20/11/1997); 14º y 16º del TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 001198-MTC (05/06/1998); 73º(a), 79º inc. 1.2, 3.6, 159º y 160º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades (27/05/03); Decreto Supremo Nº 0172003-JUS (18/09/03) Diario

7.8.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. MORDAZA certificada de la resolucion de la municipalidad distrital que aprueba la habilitacion, salvo que la municipalidad provincial actue como primera y unica instancia. Plano de lotizacion georeferenciado a la Red Geodesica Nacional y proyeccion de coordenadas oficiales, aprobado por la resolucion que aprueba la habilitacion. MORDAZA certificada del oficio con la MORDAZA de recepcion de la Municipalidad Provincial, que acredite la fecha de presentacion. MORDAZA emitida por la municipalidad respectiva certificando la falta de pronunciamiento. Pago de derechos registrales Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

1.-

Registrador Publico

Tribunal Registral

c) Inscripcion de Habilitacion Urbana. (Segunda Etapa: Recepcion de obras de habilitacion)

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

3.-

4.-

1.94 % de UIT por derechos de calificacion y 3/1000 del valor de las obras por derechos de inscripcion. Adicionalmente, por cada partida que se genere 0.32% de UIT, sino se hubieran independizado con anterioridad.

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

Articulos 15º, 17º y 176 del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 11º, 41º y 42º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP/SN (21/11/2003); 2010º y 2011º del Codigo Civil (25/07/1984); Titulo II del Reglamento Nacional de Construcciones aprobado por D.S. Nº 039-70-VI (11/08/1970) y D.S. Nº 063-70-VI (15/12/1970); 4º de la Ley 26878 (20/11/1997); 20º y 22º del TUO del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por De-

5.6.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Resolucion de la Municipalidad Distrital, salvo que el proyecto hubiera sufrido modificaciones, en cuyo caso se presentara la resolucion provincial que la ratifica. Documento privado con firmas legalizadas en la que se consigne el valor de la obra, salvo que la Resolucion contenga dicha valorizacion. Pago de derechos registrales. Otros, segun calilficacion registral y disposiciones vigentes.

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