Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO prorroga o suspension.

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

2.-

1 y 3 del Codigo Civil (25/07/1984); 172º y 176º de la Ley 26702 (09/12/ 1996); 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP-SN (23/07/2001); 110º y 111º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP-SN (21/11/2003); 1º del Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03)

3.-

rechos de calificacion y 0.75/1000 del monto de la hipoteca, si este no supera los S/. 35,000, o 1.5/1000 cuando supera dicho monto, por derechos de inscripcion.

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

4.5.Diario Registrador Publico

suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura publica o formulario registral con firmas legalizadas notarialmente, segun corresponda, que contenga la declaracion unilateral del acreedor levantando la hipoteca. Excepcionalmente, podra presentarse documento privado con firmas legalizadas por Notario, para cancelar hipotecas que de conformidad con disposiciones especiales se hubieran constituido e inscrito en merito a documentos privados. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

8

Caducidad del asiento de inscripcion de hipoteca

1.-

Tribunal Registral

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

Articulos 3º de la Ley 26639 (27/06/1996); 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP-SN (23/07/2001); 111º, 112º,113º y 115º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP-SN (21/11/2003); 1º del Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03) 35 dias salvo prorroga o suspension. Diario Registrador Publico

3.-

0.81% de UIT por derechos de calificacion y 0.75/1000 del monto de la hipoteca, si este no supera los S/. 35,000, o 1.5/1000 cuando supera dicho monto, por derechos de inscripcion.

4.5.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Declaracion jurada del interesado con firmas certificadas por fedatario o notario, en el que expresamente se indique la fecha del asiento de MORDAZA que origino la inscripcion y el tiempo transcurrido. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

9

Caducidad de la inscripcion de otros gravamenes

1.2.-

Tribunal Registral

NORMAS LEGALES

Articulos 3º de la Ley Nº 26639 (27/06/ 1996); 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 112º, 113º, 116º, 119º y 120º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003SUNARP-SN (21/11/2003); 1ºdel D.S. Nº 017-2003-JUS (18/09/03)

3.-

4.5.-

Formato de solicitud debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Declaracion jurada del interesado con firmas certificadas por fedatario o notario, en el que expresamente se indique la fecha del asiento de MORDAZA que origino la inscripcion y el tiempo transcurrido. No procede la caducidad de: autos y sentencias que declaran o constituyen derechos que tengan la calidad de cosa juzgada, las garantias reales constituidas a favor de empresas del Sistema Financiero, gravamenes y restricciones a las facultades del titular que por su naturaleza no caducan. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. 35 dias salvo prorroga o suspension. Diario

0.81% de UIT por derechos de calificacion y 0.75/1000 del monto del gravamen, si este no supera los S/. 35,000, o 1.5/1000 cuando supera dicho monto, por derechos de inscripcion. Si el gravamen es invalorado pagara 0.16% de la UIT por derecho de inscripcion

10

Renovacion de asiento de inscripicion

1.2.-

Registrador Publico

Tribunal Registral

Articulos 3º de la Ley 26639 (27/06/1996); 15º, 17º, 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN (23/07/2001); 118º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003SUNARP/SN (21/11/2003); 1º del D.S. Nº 017-2003-JUS (18/09/03)

3.-

0.81% de UIT por derechos de calificacion y 0.16 % de UIT por derechos de inscripcion.

4.5.-

Formato de solicitud debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Documento privado con firma legalizada, otorgado por el acreedor, en el que conste su declaracion jurada en el sentido que la obligacion garantizada no se ha extinguido. La renovacion solo procede cuando no ha operado la caducidad del asiento. La renovacion del asiento de inscripcion de demandas, sentencias y demas resoluciones a que se refiere el art. 3º de la Ley 26639, requiere mandato judicial expreso. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

11

Renovacion de anotacion de medidas cautelares

1.2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

Diario

Registrador Publico

Tribunal Registral

Pag. 2749

Articulos 2º de la Ley 26639 (27/06/ 1996); 15º, 17º, 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP-SN (23/07/2001);118º y 129º del Reglamento de Inscripciones del

3.-

Formato de solicitud debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Parte judicial que debe contener la resolucion que dispone la renovacion de la medida cautelar y el oficio del Juez.

0.81% de UIT por derechos de calificacion y 0.16 % de UIT por derechos de inscripcion.

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