Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

4.5.Diario Registrador Publico

el Auxiliar Jurisdiccional respectivo. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. Tribunal Registral

8

Hipoteca MORDAZA

1.-

2.-

0.24% UIT por derechos de calificacion y 1.5/1000 del monto de la hipoteca por derechos de inscripcion.

35 dias salvo prorroga o suspension.

3.-

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

4.5.-

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/ SN (23/07/2001); 1097º y siguientes del Codigo Civil (25/07/1984); 196º del Reglamento de Inscripciones aprobado por Resolucion de la Corte Suprema de fecha 17/12/1936; Vigesima MORDAZA Disposicion Final y Complementaria de la Ley Nº 26702(09/12/96); 3º y 4º de la Ley de Hipoteca MORDAZA Nº 2411 (Diciembre de 1916); Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994) Diario Registrador Publico

6.-

7.8.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura Publica de constitucion de hipoteca, constituida por el propietario o el autorizado conforme a ley. Que el propietario tenga dominio inscrito. Que el monto de la hipoteca sea por una cantidad determinada. Que la hipoteca recaiga sobre inmuebles especificamente determinados. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

9

Cancelacion de Gravamenes

1.-

Tribunal Registral

2.-

0.24% UIT por derechos de calificacion y 1.5/1000 del monto de la hipoteca por derechos de inscripcion.

35 dias salvo prorroga o suspension.

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/ SN (23/07/2001); 2010º del Codigo Civil (25/07/1984); 221º del Reglamento de Inscripciones aprobado por Resolucion de Corte Suprema de fecha 17/12/1936; D.S. Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

3.-

4.5.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Escritura Publica de cancelacion y levantamiento de hipoteca otorgada por el acreedor o parte judicial que contenga copias de la resolucion que ordena la cancelacion del gravamen y de la que la declara consentida o ejecutoriada y el oficio dirigido al registrador. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. Diario

10

Cierre de partida por cancelacion de matricula del buque

1.-

Registrador Publico

Tribunal Registral

NORMAS LEGALES

2.-

0.24% UIT por derechos de calificacion y 0.24 % de la UIT, por derechos de inscripcion

35 dias salvo prorroga o suspension.

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/ SN (23/07/2001); 215ºy 224º del Reglamento de Inscripciones aprobado por Resolucion de la Corte Suprema de fecha 17/12/1936; C10420 y C10422 del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las actividades maritimas, fluviales y lacustres, aprobado por D.S. Nº 028-DEMGP(02.06.01); Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

3.-

4.5.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. MORDAZA certificada de la resolucion de cancelacion de matricula emitida por la autoridad competente, de conformidad con las disposiciones C010420 y C010422 del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las actividades ma ritimas, fluviales y lacustres. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

11

Otros actos inscribibles

1.-

Diario

Registrador Publico

Tribunal Registral

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

3.-

0.24% UIT por derechos de calificacion y 3/1000 o 1.5/1000 del del valor del acto, segun corresponda o, 0,24% de la UIT, por dererechos de inscripcion.

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/ SN (23/07/2001); Codigo Civil (25/07/1984); Reglamento de Inscripciones aprobado por Resolucion de Corte Suprema de fecha 17/12/1936; Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las actividades maritimas, fluviales y lacustres, aprobado por D.S. Nº 028-DE-MGP (02.06.01); demas disposiciones modificatorias y conexas; Decreto Supremo Nº 37-94-JUS (07/07/1994)

4.5.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Instrumento publico que contenga el acto o derecho materia de inscripcion. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes.

4.4

EMBARCACIONES PESQUERAS
3 % de UIT por derechos de calificacion y 35 dias salvo prorroga o Diario Registrador Publico Tribunal Registral

Pag. 2759

1

Primera Inscripcion de dominio

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos,

1.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito.

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